vale... pues en principio si se te ha pasado el plazo de apelación no puedes hacer nada.
Lo más importante es ver si el archivo de la causa se hizo por sobreseiminto libre o por sobreseimiento provisional.
Si fue libre y se te ha pasado el plazo de apelación, lo siento, has perdido el caso ya que tiene efecto de cosa juzgada.
Pero si fue sobreseimiento provisional todavía lo puedes reactivar, aunque ya te digo que los correos electronicos tienen poca fuerza probatoria por fácil manipulabilidad, los sms si son más importantes.
Se trata de un procedimiento de instrucción en fase de diligencias previas por denuncia falsa de maltrato. Se solicitó vía exhorto la declaración de la imputada , se recibió (no declaró nada), se pasó a fiscalía, y fiscalía dijo que se archivara el procedimiento y el juez lo archivó. Recurrí el auto de archivo en reforma y subsidiariamente en apelación,en reforma se rechazó y en apelación se solicitaron pruebas objetivas para sustanciarla. Yo tengo las pruebas (sms y correos electrónicos) pero el plazo dado de 5 días para aportarlas ya ha pasado.
Anguelin, no termino de entender la pregunta, porque si lo que quieres es la apertura del juicio oral, no puede haber pasado el tiempo de apelación contra sentencia, que es lo que resuelve el juicio oral, salvo que lo que quieras apelar es una resolución interlocoturia (una decisión judicial en mitad del proceso).
¿y todo eso,aunque se haya pasado el plazo del recurso de apelación? Tengo documentación que prueba que la imputada mintió en su denuncia de maltrato. Se trata de un procedimiento penal por denuncia falsa.
En absoluto, vasta con que no haya ninguna prueba objetiva para que no te juzguen, pero en cuanto las haya se te puede juzgar aunque guardes silencio.
Se puede solicitar la apertura cuando se considera que hay pruebas objetivas o información suficiente para esclarecer lo ocurrido, o bien cuando las diligencias de investigación ya no dan más de si. Un dato importante si hay prisión preventiva es que se agote el plazo de la misma.
La apertura suele ser solicitada por el Ministerio Fiscal, aunque efectivamente puede hacerlo la parte personada.
¿qué pasa cuando un imputado se presenta a declarar, se le informa de sus derechos, incluido el de no declarar, firma el documento con toda esa información y se va sin declarar ,ni contestar a ninguna pregunta?