Mi duda es la siguiente, si una de las partes requeridas en un juicio por divorcio contencioso, hiciera caso omiso, a la citación para ir a declarar, y no justificara de modo alguno su ausencia, podría ser declarado en rebeldia? que conlleva exactamente ser declarado en rebeldia?
muchas gracias de antemano!
Te hablo por propia experiencia: En un juicio en el que mi ex no asistió, el juicio se celebró igualmente, expliqué lo sucedido, y en la sentencia dijeron que mi versión era consistente, y evidentemente ella perdió el juicio.
Resumiendo: si una parte no asiste, la que asiste es la que tiene razón. Que alguien me corrija si me equivoco.
muschísimas gracias por responder a mi pregunta!! espero que en este caso, suceda igual y la parte que si declaró, y demandó la injusticia, gane el pelito!
un saludo y nuevamente gracias amigo!!