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Declarar sueldos atrasados.

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Declarar sueldos atrasados.
05/04/2019 12:33
Hola buenas.
Si alguien entiende bastante del tema,me gustaría que alguien arrojara algo de luz al asunto y seguro que ayudará a más gente.
He leído respuestas a casos parecidos que directamente sin comprobar el litigio, asumen que hay que declarar los sueldos atrasados que te han pagado este año,por ejemplo, en el año en que hay sentencia ,en vez de hacer complementaria del año en el que debían haberse cobrado.

En 2018 recibo el pago por parte del FOGASA en concepto de salarios no abonados por la empresa en 2012.

Este proceso se alargó tanto porque en principio iba a pagar la empresa pero entonces entró en concurso de acreedores y al final tuvimos que recurrir al FOGASA.

Ubo una demanda judicial con sentencia de primera instancia con fecha 15/7/2015 y otra firme de TSJ con fecha 14/2/2016 en la que la empresa entró en concurso de acreedores.(vamos que todo fué porque la empresa no podía pagar) y demandamos por nuestro salario que teníamos que haber cobrado en 2012.

Si incluyo el pago en año 2016 salgo MUY PERJUDICADO porque en ese año no estaba obligado a hacer la declaración y me tocaba pagar bastante si la hacía.

Si lo incluyo en el ejercicio del 2012. Ni me sale nada de información en la web de hacienda ni recuerdo si hice o no la declaración por estar o no obligado a hacerla ni recuerdo los datos fiscales de ese año y tampoco sé si la empresa incluyó esas nóminas en rendimiento de trabajo de ese año sin haberlas pagado.

He leído consultas vinculantes y comentarios que dicen que se tiene que incluir en el año en el que hay sentencia firme.
Pero esto puede o no puede ser aplicable???... y me explico:

Cuando tú denuncias unas rentas en las que en un juicio se juzga y sentencia si te corresponden o no, por ejemplo; yo soy encargado en mi empresa y estoy cobrando como peón y reclamo mi derecho a cobrar como encargado.

Otro ejemplo: Por convenio debe la empresa subir el sueldo X dinero al mes y no lo han hecho. Entonces yo lo reclamo porque no lo han hecho en 6 meses. Juzgan y sentencian a mi favor.

En mi caso corresponde a una SIMPLE FALTA DE PAGO.
Que no es más que los salarios estipulados según convenio, es decir que ya sabía la empresa de su obligación de pagar y la cantidad que es.

¿Estoy equivocado? ¿Donde incluyo el pago de mis salarios que trabajé en 2012 y no me pagaron en su día?.
Sería injusto incluir por ejemplo:los salarios brutos de 6meses de otro año en un año en el que ni tenias obligación de declarar (2016 , por lo de sentencia firme) pues sería totalmente desorbitados los resultados a pagar y en resumidas cuentas hubiera sido mejor ni denunciar en su día.