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Deducción complemento en nómina por baja por covid-19

1 Comentarios
 
Deducción complemento en nómina por baja por covid-19
05/05/2022 23:21
Me han descontado un complemento de la nómina de marzo de 2022, aludiendo a la SENTENCIA 106/2021 del 13/05/2021 de la Audiencia Nacional en la que se determina que la empresa no debe cubrir el 100% de baja del trabajador si esta está causada por COVID-19 y no esta especificado literalmente en el Convenio Colectivo.
Mi Convenio Colectivo es el del Comercio del Metal de Barcelona que contempla que la empresa debe complementar el pago de nómina en IT por accidente laboral o enfermedad común hasta el 100% , pero no refiere a que esto también es aplicable si se trata de COVID-19 porque su ultima edición (con vigencia para 2020-2021) se firmó en Diciembre de 2019 y aún no se había declarado la Pandemia como tal.
¿tiene derecho la empresa a hacer esta deducción si en el Convenio no se especifica que se incluye la IT por Covid-19 por no estar actualizado/vigente en 2022?.
Por otro lado, la referida Sentencia habla de que no procede el pago de este complemento por razón de periodos de aislamiento, contagio o restricción en las salidas del municipio donde tengan el domicilio las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19, pero ¿y en caso de hospitalización y secuelas posteriores? (como es mi caso).
Agradeceré su asesoramiento y ayuda en este caso.
Gracias y saludos,
08/05/2022 12:47
inmagm
Hola. Como en el artículo 34 del convenio del comercio de metal de Barcelona señala que duratne los 12 proemeros meses de baja se cobra el 100 %, tanto si es por accidente laboral como si es por enfermedad común tienes derecho a cobrar el 100 % con independencia del motivo de la baja.
Te envío el convenio:
https://cnc.extranet.gencat.cat/treball_cnc/fitxers/upload/catala/08002821/07052021%20Comerc%20metall.pdf
Saludos
Deducción complemento en nómina por baja por covid-19 | PorticoLegal
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Deducción complemento en nómina por baja por covid-19
05/05/2022 23:21
Me han descontado un complemento de la nómina de marzo de 2022, aludiendo a la SENTENCIA 106/2021 del 13/05/2021 de la Audiencia Nacional en la que se determina que la empresa no debe cubrir el 100% de baja del trabajador si esta está causada por COVID-19 y no esta especificado literalmente en el Convenio Colectivo.
Mi Convenio Colectivo es el del Comercio del Metal de Barcelona que contempla que la empresa debe complementar el pago de nómina en IT por accidente laboral o enfermedad común hasta el 100% , pero no refiere a que esto también es aplicable si se trata de COVID-19 porque su ultima edición (con vigencia para 2020-2021) se firmó en Diciembre de 2019 y aún no se había declarado la Pandemia como tal.
¿tiene derecho la empresa a hacer esta deducción si en el Convenio no se especifica que se incluye la IT por Covid-19 por no estar actualizado/vigente en 2022?.
Por otro lado, la referida Sentencia habla de que no procede el pago de este complemento por razón de periodos de aislamiento, contagio o restricción en las salidas del municipio donde tengan el domicilio las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19, pero ¿y en caso de hospitalización y secuelas posteriores? (como es mi caso).
Agradeceré su asesoramiento y ayuda en este caso.
Gracias y saludos,
08/05/2022 12:47
inmagm
Hola. Como en el artículo 34 del convenio del comercio de metal de Barcelona señala que duratne los 12 proemeros meses de baja se cobra el 100 %, tanto si es por accidente laboral como si es por enfermedad común tienes derecho a cobrar el 100 % con independencia del motivo de la baja.
Te envío el convenio:
https://cnc.extranet.gencat.cat/treball_cnc/fitxers/upload/catala/08002821/07052021%20Comerc%20metall.pdf
Saludos