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delegada inpugnada

15 Comentarios
 
Delegada inpugnada
01/07/2004 19:30
parece que el tema que consulte ayer no teneis nada que aportar.quiero decir que me olvide de decir que la empresa tiene menos de 250 trabajadores y que el sindicato me dice que lo mio no se puede inpugnar
02/07/2004 21:43
Ahora no puedo, si no me falla la página del pórtico y se queda en blanco como me viene pasando desde estos días atrás, te aportare algo más tarde, aunque te adelanto que me da un no se que, que te has precipitado.
03/07/2004 05:13
hola a todos : presente denuncia ante la inspeccion de trabajo,por tema de contratos en fraude de ley de los trabajadoras de una empresa ,(concadenacion o cesion ilegal ) el inspector, ha tirado por la calle de enmedio, le ha dicho a la empresa que tiene que regularizar la situacion , si no lo hace pondra una sancion ,pero creo que a dado mucho tiempo para arrreglar este tema, me siento de cierta manera contenta, pues ahora tendran que hacer fija al personal , ahora la segunda parte y la mas delicada, soy delegada de la seccion sindical y la empresa no me reconoce como tal l,pese a tener yo entregado el documento y mi copia sellada ,lo han impuganado ,la denuncia la presente como delegada de seccion sindical , ellos alegan que cuando se presento el documento de mi eleccion de delegada yo estaba dada de alta por la otra empresa ,pero creo que esta claro por parte del inspector que la contratacion es irregular ,pues les a dicho que tienen que hacer un protocolo y comunicar a quienes hacen fijo en un plazo,por lo tanto soy delegada o con esta inpuganacion ya no lo sere. me imagino que lo que quieren es que pierda las garantias para poderme despedir , de momento me han dado vacaciones y cuando las termine ya veremos que pasa .
quisiera que me aportarais ideas de como actuar en casos como estos ,ademas tengo asesoramiento por parte del sindicato pero qiero mas aportes de ideas para estar prevenida ,


Hola la perla, he copiado aquí la pregunta principal por si hay algún forista que no la haya leído.

Por los datos que das tengo que suponer varias cosas y en un orden enredado, hasta para comenzar.

Aunque ya lo sepas, empezare por decirte que para tener reconocidos los derechos que la LOLS asigna a los delegados sindicales, salvo que el convenio colectivo por el que te rijas así lo tenga regulado, es necesario que el centro de trabajo tenga más de 250 trabajadores, pues siendo como cuentas inferior (-250) ya no se es delegado sino representante o portavoz de la sección sindical, QUE NO ES LO MISMO.

A la empresa se le tiene que comunicar (dices que lo has hecho, ¿pero a cual?) que se ha constituido una sección sindical, y ésta no puede negarse a reconocer a dicha sección, ni tan siquiera planteárselo.

El quid de la cuestión está en que no te reconocen como delegada sindical.

Según deduzco por lo que dices, anteriormente trabajabas en otra empresa y se ha producido una subrogación y esta nueva empresa no reconoce la condición de delegada sindical que venias ostentando. MAL ASUNTO.

Suponiendo que sea así, lo de la subrogación, habría que mirar muchas cosas, entre otras el si lo tenéis regulado por convenio, etc. No siempre una empresa está obligada a subrogarse en todo el personal ni en derechos adquiridos por estos.

También es posible que actualmente no se den las condiciones para que hayan delegados sindicales, bueno pero también dices que alegan para no reconocerte que el documento de elección se lo entregaste a la otra empresa en la que estabas dada de alta, entonces los tiros van por otro lado.

A mi entender, ya te digo suponiendo que se trate de una subrogación, lo primero que tenias que haber hecho al cambiar de empresario es, solicitarle por escrito si te reconocía o no todos los derechos adquiridos con la anterior empresa, incluidos los de delegada sindical pero por otra parte estos, si reúnes los requisitos para serla, lo único que tienes que hacer es comunicárselo.

Me da la impresión de que has actuado mal, otorgándote unos dudosos derechos que probablemente no los tenías.

También creo que has hecho mal precipitándote a denunciar sin ningún tipo de garantías, como las que tienen los delegados sindicales o los de personal.

Ideas ya me gustaría tenerlas para datarlas, pero por los datos que has dado aquí presiento que lo tienes bastante mal. Puestos en lo peor y espero que me equivoque y que todo acabe en un susto, al menos te servirá de experiencia para no dar más pasos en falso en otras relaciones para con las empresas.
03/07/2004 05:15
Esperemos que puedan y hagan un buen trabajo quien te lleve del sindicato. Te adjunto una reseña de una sentencia del Tribunal Supremo del 18 de mayo de 1992 (I.L. 846/93), cópiala y enséñasela a los del sindicato por si les sirve de algo.

“Las garantías y prerrogativas de los delegados sindicales, imponen cargas y obligaciones para el empresario, por lo que la atribución de aquéllas y su forzoso reconocimiento por éste, no puede nacer de la unilateral decisión del sindicato o de sus estructuras en la empresa , sino que ha de venir determinado por su establecimiento a través de la legalidad ordinaria –también por la negociación colectiva -, que puede ordenarlo, como lo hace el art. 10 de la LOLS, no de manera indiferenciada y con proyección general, sino subordinándolo al cumplimiento de ciertos requisitos. No es confundible las posibilidades de designar portavoz o delegado de la sección sindical, como representante de los afiliados al sindicato respectivo en el correspondiente centro de trabajo, para lo cual existe amplia libertad, pues constituyen manifestación o ejercicio de libertad interna de autoorganización del sindicato, pero con intrascendente repercusión para la empresa, para la que dicha designación carece de relevancia jurídica, con las de elegir delegado sindical, representante externo de la sección sindical, investido de facultades y derechos, pues éstos, como se ha dicho, suponen cargas y obligaciones para el empresario, por lo que, como declara la STC 61/1989, de 3 de abril, “ya no es mero ejercicio de un derecho de libertad, sino también, por así decirlo, un derecho de prestación a cargo de un tercero”.

Solo los delegados sindicales que cumplan los requisitos impuestos por el art.10 de la LOLS gozan de las garantías que consagra dicho artículo”.

Saludos
03/07/2004 08:16
avisado ,ellos me inpugnan el mismo dia que nos cita la inspeccion,no solo eso me mandan a casa de vaciones sin tenerlas solicitadas y me dejan sin trabajo efectivo despues ,ademas el inspecctor no reconoce la sesion ilegal de trabajadores ,pues dice que esto es un grupo de empresas( cosa que no lo creo ,pues por cada empresa es numero de S.S. distinto)es decir concadenacion de contratos, de ser grupo son mas de 1000 trabajadores,creo que en la inspeccion les ha ayudado a ellos bastante ,pero de eso me puedo beneficiar yo..
si la inspeccion reconoce el ffraude y ellos actuan de forma discriminatoria hacia mi sea delegada o no que pasa ,tambien ellos tienen razom
04/07/2004 22:03
La perla, lo de los contratos en fraude de ley, si no te afectan directamente mejor que los aparques momentáneamente. Lo primero es lo primero, y esto pasa por tener la certeza de que dispones de las garantías que tienen los delegados sindicales.

El que te hayan impugnado como delegada el mismo día (y no antes) que os citó la ITSS, creo que por aquello de la causa (denuncia) efecto te puede beneficiar. Lo de las vacaciones supongo que es por que, como no las tienen todas consigo y no se atreven a echarte, de momento dejan pasar el tiempo a ver que pasa, y aunque te puedes negar pues no te han preavisado con los dos meses de antelación, no sé... si es hasta mejor estar quitada de en medio.

En el caso de que todavía no hayas hablado con el abogado del sindicato, no lo dejes pasar y pide hora cuanto antes pero de urgencia. También, a los que trates habitualmente del sindicato en el que estés, coméntales que te han llegado comentarios en el sentido de que los de la competencia van diciendo por hay que con ellos esto no te fuese pasado y cosas por el estilo, hazme caso pues de la competencia entre sindicatos los primeros en aprovecharse son las empresas.

Puesto que de momento te han impugnado y como aún sigues siendo empleada de la empresa, entérate a través del abogado o de quien sea de fiar, si procede presentar un nuevo documento de comunicación de delegada sindical, o es mejor esperar a ver como se resuelve esto, o es que ni tan siquiera hace falta hacer nada pues esto no se puede impugnar de ninguna manera.

Lo de los grupos de empresas es muy muy complejo, y no todos lo son. Me interesaría por si se me ocurre algo a mi, o a algún otro forista, que nos dijeses con el orden que quieras:

Si tenéis convenio propio del grupo de empresas, de sector o por actividad de cada empresa; si has participado en negociaciones del convenio y cuando; si hay algún acuerdo o pacto que permita la movilidad dentro del grupo; si tenéis comité íntercentros; si has firmado algún documento de subrogación o de comunicación de que a partir de tal fecha os llamáis de otra forma; si trabajas en el mismo centro que antes o no y cuanto tiempo llevas así; si te has cogido alguna hora sindicales o has ejercido algún otro derecho de los que otorga la LOLS con estos últimos; si la denuncias o los comunicados van dirigidos a la empresa o al grupo y cualquier otra cosa que creas que nos puedas contar.

Lo de grupos de empresas es muy complejo, incluso hasta se podría dar el caso, de si ha habido algún “traspaso de trabajadores irregular” que tuviesen que volver a la anterior empresa del grupo.

De momento lo primero es que no te puedan quitar las garantías de ser delegada sindical, pues de lo contrario al primer estornudo vas a la calle.

Saludos
05/07/2004 00:28
gracias avisado ,pero esto trae cola,no existe convenio de grupo de empresa,la empresa sabia de mi colaboracion con el comite ,pero no participe en negociaciones,no comite intercentros, no pactos de novilidad,nada de documentos de comunicacion de cambio de empresa ni de nombre, solo contratos de duracion determinada por acumulacion de tareas,un año en una empresa y al otro año por la otra empresa y suscesivamente lo mismo,las denuncias se las hago a las empresas (pertenecientes al grupo tal...) las empresas tienen distinto numeros patronales (creo que de Grupo nada de nada ) de perder las garantias seria el despido o cualquer otra aptitud por la empresa contra mi ,conduta de represalias o discriminacion (mobbing) denunciable y otra papeleta ¿no? .
indudablemente el abogado del sindicato esta al dia de todo dice que pida vulneracion de derechos fundamentales pero que espere a ver la empresa comoactua en corto plazo .Ojo el que me quiere inpuganar es del mismo sindicato pero de distinto sector.
05/07/2004 09:01
Hola,
no voy a entrar en el fondo del asunto ya que le derecho sindical no es lo mio (aunque me interesan seguir esti tipo de cuestiones para ir aprendiendo).
Simplemente señalar, ya que es un argumento que ha aparecido repetidamente en este tema, el que, a mi entneder, no tiene más repercusión que las empresas tengan números de patronal distintos a efectos de determinar si forman grupo de empreas o no. De hecho, aún en los casos de que quede claro que las empresas forman parte de un mismo grupo empresarial, cada una de ellas tendrá su número de patronal. Es más, incluso una misma empresa puede tener a la vez varias cuentas de cotización asignadas (por ej. centros de trabajo en distintas provincias).
Un saludo.
05/07/2004 17:52
Creo que te va a pasar igual que a mí que me dejó el Sindicato tirado, más bien varios de sus cargos sindicales pertenecientes a mi comarca.
La actuación sindical en tu caso una vez que la empresa no te ha reconocido como delegada sindical y está realizando una persecución contra tí, ha de ser la siguiente:
La federación correspondiente a tu sector en su nivel provincial, es decir el Scrtio. Gral. Provincial de la federación a la cual pertenece tu sección sindial, debe por obligación hacerse cargo de tu caso; hablar con la empresa, hablar con el delegado provincial de trabajo y hablar con inspección de trabajo, presionar a todos estos organismos para que se resuelva tu caso cuanto antes.
1º A la empresa: Haciéndole entender que si toma alguna represalia contra tí, del tipo que sea, se las tendrá que ver no solo contigo, sino con todo el poder del sindicato e intentando negociar este problema junto con el de los contratos en fraude de ley con ésta de mutuo acuerdo. En el caso de que la empresa no esté por la labor, este Scrt. Gral. debe acudir a delegación provincial de trabajo( que pa eso está) y después de explicarle bien el problema al delegado provincial de trabajo, que éste convoque a la empresa para intentar negociar y de todos modos, si ésta no acude, que se levante un acta en delegación dónde se explique el problema, firmándola el delegado provincial, tu Scrt. Gral. y tu.
Los demás pasos a seguir los conoce tu Scrt. Gral., pero te voy a decir algo. Te acabo de explicar el primer paso para que sepas como se debe sindicalmente tomar tu caso, que es muy facil resolverlo( a este nivel sindical), pero creo que el sindicato te va a dejar tirada, ¡Ojalá me equivoque!., y más cuando dices que el que impugna es un compañero de sindicato de otro sector; Ahí hay algo mu raro.
05/07/2004 18:11
¿Porqué ha impugando un compañero tuyo?.- Muy sencillo, por la querra de poder dentro del sindicato. Esto es debido a que tu sindicato funciona por secciones sindicales, las cuales se unen en una federación, y quién controle una de estas secciones sindicales va a tener una cota considerable de poder, lo que supondrá para el susodicho impugnador pérdida de poder e incluso puede que hast perder el sillón(su cargo sindical).
05/07/2004 18:47
para zapata <: muchas gracias por el consejo ,el sindicato al menos hasta ahora esta muy metido en el tema,en concreto el secretario general del sector al que pertenezco,lo que ocurre con el inpugnante ,es que el es el secretario del que parte el bacalao,(el que esta con la empresa y en contra delos trabajadores)era conocedor del tema y en su mano estaba la solucion (contratos o cesion) y no ha echo nada , se le ve el plumero, y como yo lo llevado a ala inspeccion pues el me impugna.esta persona solo es un delegado de personal y para colmode la otra empresa .
tengoentendido que solo me pueden quitar de delegada de seccion sindical los trabajadores afiliados al sindicato que me votaron en asamblea ¿no es cierto?
05/07/2004 19:17
La perla, a ver si con más tiempo me puedo releer un poco más todo este tema y te puedo comentar algo más, el que haya parte del sindicato que esté contigo es muy muy muy importante. Ten en cuenta que en los sindicatos hay unos estatutos y una comisión de garantías, que la verdad en muchos casos no sirven para nada.

Lo del grupo de empresas te digo que es muy complejo y hay muchas variantes para tratarlas desde aquí, pero siendo desconocedor como soy, me inclino por lo que dice Nando.

Lo de vulneración de derechos y tutelas y todo eso si, pero lo de mobbing por lo que has contado no se da el caso.

Saludos
05/07/2004 22:44
hola mando : entonces de no pasar por cesion seria concadenacion de contratos ¿no? igualmente es una irregualridad en la contratacion .ok
06/07/2004 23:34
continua la historia: ayer a las 21:00 me llamo un jefe y me dijo que hoy no fuera a trabajar ,que me llamaria alguien de la empresa a mi casa (que fuerte) pues dado el lio en que estoy metida ,os podeis imaginar el nerviosismo y la tension que he tenidotodo el dia ,pues nadie llamo ,con ese nudo en el estomago y ese dolor de cabeza que no se quita ,palpitaciones, ganas de llorar,etc pase por mi medico y me dio la baja laboral por el estado en que encuentro,luego marche a la empresa y deje la baja, busque el sr. que me llamo ,pero que casualidad estaba de vaciones ,ayer para llamarme no, hoy si (que lastima ) tenia ganas de hablar con el,darles las gracias por quitarme de mi faena diaria y por ir dando informacion no cierta de mi a las compañeras,creo que esto se pone tiznado,pude hablar con otro jefe(el que me inpugno) ahora no se si era jefe o sindicalista y me dijo que en los trabajos hay que pasar mucho,al comentarle lo sucedido,que era normal,que en esto me he metido yo. que os parece
07/07/2004 04:38
Hola de nuevo, para acabar con el tema de grupo si grupo no, estos se rigen por el Código de Comercio, Mercado de Valores, Ley de Sociedades Anónimas y lo dejo aquí, por que no tengo ni la más puñetera idea.

En cualquier caso, conforme a la regla general (art. 217.6 LECiv), la carga de probar la existencia de grupos de empresas y sus particularidades incumbe a quien pretende hacer valer los efectos jurídico-laborales que tienen atribuidos. O sea a ellos.

Por otro lado, me acabo de perder del todo y ya no sé si estas de baja-vacaciones-trabajando-impugnada si, impugnada no; si el impugnador es un jefe o el impugnador es un sindicalista, si el mango de la sartén lo tiene cogido el delgado de personal secretario general jefe o quien.

De cualquier manera, como sé que no se suele hacer mucha publicidad de ello, para quien no tenga ninguna constancia, los sindicatos tienen aprobados unos estatutos y reglamentos de comisión de garantías y régimen disciplinario. Y en “teoría” todos los órganos de dirección están obligados a velar por el correcto cumplimiento de los mismos y a aplicarlos.

Por lo tanto, el afiliado que quiera hacer una reclamación, es preferible que lo haga con acuse de recibo para que quede constancia de la fecha en que el órgano destinatario la recibe, exactamente igual que como en cualquier otra empresa.

Para más información, preguntar en el sindicato de turno.

Saludos
07/07/2004 17:04
Hola Perla, QUE EL SINDICATO NO TE ENGAÑE, no te fies con algunas actuaciones. La forma sindical correcta de iniciar la solución de tu problema es la que te comente en mi anterior alusión, el que debe actuar en tu caso es el Scrt. Gral. Provincial de tu Federación, implicar a delegación provincial de trabajo y a inspección, salir a la prensa y convovar a tu sección sindical donde debeis decidir la convocatoria de alguna medida contra este empresario (manifestación, huelga, etc..), la que veais más oportuna, trasladar vuestra decisión en una asamblea gral. de trabajadores para pedirles su apoyo y proceder. Si tu Scrt. Gral. Provincial no hace alguna de esta medidas, estate segura de que hay gato encerrado. En cuanto la empresa vea estos movimientos y se vea en la prensa, además de que se le realize una huelga o manifestación o cualquier otra medida de este tipo, cederá y pedira negociación con tu sindicato y por consiguiente contigo.
En cuanto a quitarte de delegada sindical, pide los estatutos en tu sindicato y echales un vistazo, ahí te viene todo bien especificado.
Para los que no lo sepan....En cualquier organización sindical existe una comisión de garantías o similar cuya función es velar por es cumplimiento de los estatutos y por los afiliados, pero esta comisión de garantías normalmente está dominada por la ejecutiva de turno, al igüal que en las organizaciones políticas dónde esta comisión es su brazo armado.
Creeme Perla, SI EL SINDICATO QUIERE, TU PROBLEMA TIENE FACIL SOLUCION.
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Delegada inpugnada
01/07/2004 19:30
parece que el tema que consulte ayer no teneis nada que aportar.quiero decir que me olvide de decir que la empresa tiene menos de 250 trabajadores y que el sindicato me dice que lo mio no se puede inpugnar
02/07/2004 21:43
Ahora no puedo, si no me falla la página del pórtico y se queda en blanco como me viene pasando desde estos días atrás, te aportare algo más tarde, aunque te adelanto que me da un no se que, que te has precipitado.
03/07/2004 05:13
hola a todos : presente denuncia ante la inspeccion de trabajo,por tema de contratos en fraude de ley de los trabajadoras de una empresa ,(concadenacion o cesion ilegal ) el inspector, ha tirado por la calle de enmedio, le ha dicho a la empresa que tiene que regularizar la situacion , si no lo hace pondra una sancion ,pero creo que a dado mucho tiempo para arrreglar este tema, me siento de cierta manera contenta, pues ahora tendran que hacer fija al personal , ahora la segunda parte y la mas delicada, soy delegada de la seccion sindical y la empresa no me reconoce como tal l,pese a tener yo entregado el documento y mi copia sellada ,lo han impuganado ,la denuncia la presente como delegada de seccion sindical , ellos alegan que cuando se presento el documento de mi eleccion de delegada yo estaba dada de alta por la otra empresa ,pero creo que esta claro por parte del inspector que la contratacion es irregular ,pues les a dicho que tienen que hacer un protocolo y comunicar a quienes hacen fijo en un plazo,por lo tanto soy delegada o con esta inpuganacion ya no lo sere. me imagino que lo que quieren es que pierda las garantias para poderme despedir , de momento me han dado vacaciones y cuando las termine ya veremos que pasa .
quisiera que me aportarais ideas de como actuar en casos como estos ,ademas tengo asesoramiento por parte del sindicato pero qiero mas aportes de ideas para estar prevenida ,


Hola la perla, he copiado aquí la pregunta principal por si hay algún forista que no la haya leído.

Por los datos que das tengo que suponer varias cosas y en un orden enredado, hasta para comenzar.

Aunque ya lo sepas, empezare por decirte que para tener reconocidos los derechos que la LOLS asigna a los delegados sindicales, salvo que el convenio colectivo por el que te rijas así lo tenga regulado, es necesario que el centro de trabajo tenga más de 250 trabajadores, pues siendo como cuentas inferior (-250) ya no se es delegado sino representante o portavoz de la sección sindical, QUE NO ES LO MISMO.

A la empresa se le tiene que comunicar (dices que lo has hecho, ¿pero a cual?) que se ha constituido una sección sindical, y ésta no puede negarse a reconocer a dicha sección, ni tan siquiera planteárselo.

El quid de la cuestión está en que no te reconocen como delegada sindical.

Según deduzco por lo que dices, anteriormente trabajabas en otra empresa y se ha producido una subrogación y esta nueva empresa no reconoce la condición de delegada sindical que venias ostentando. MAL ASUNTO.

Suponiendo que sea así, lo de la subrogación, habría que mirar muchas cosas, entre otras el si lo tenéis regulado por convenio, etc. No siempre una empresa está obligada a subrogarse en todo el personal ni en derechos adquiridos por estos.

También es posible que actualmente no se den las condiciones para que hayan delegados sindicales, bueno pero también dices que alegan para no reconocerte que el documento de elección se lo entregaste a la otra empresa en la que estabas dada de alta, entonces los tiros van por otro lado.

A mi entender, ya te digo suponiendo que se trate de una subrogación, lo primero que tenias que haber hecho al cambiar de empresario es, solicitarle por escrito si te reconocía o no todos los derechos adquiridos con la anterior empresa, incluidos los de delegada sindical pero por otra parte estos, si reúnes los requisitos para serla, lo único que tienes que hacer es comunicárselo.

Me da la impresión de que has actuado mal, otorgándote unos dudosos derechos que probablemente no los tenías.

También creo que has hecho mal precipitándote a denunciar sin ningún tipo de garantías, como las que tienen los delegados sindicales o los de personal.

Ideas ya me gustaría tenerlas para datarlas, pero por los datos que has dado aquí presiento que lo tienes bastante mal. Puestos en lo peor y espero que me equivoque y que todo acabe en un susto, al menos te servirá de experiencia para no dar más pasos en falso en otras relaciones para con las empresas.
03/07/2004 05:15
Esperemos que puedan y hagan un buen trabajo quien te lleve del sindicato. Te adjunto una reseña de una sentencia del Tribunal Supremo del 18 de mayo de 1992 (I.L. 846/93), cópiala y enséñasela a los del sindicato por si les sirve de algo.

“Las garantías y prerrogativas de los delegados sindicales, imponen cargas y obligaciones para el empresario, por lo que la atribución de aquéllas y su forzoso reconocimiento por éste, no puede nacer de la unilateral decisión del sindicato o de sus estructuras en la empresa , sino que ha de venir determinado por su establecimiento a través de la legalidad ordinaria –también por la negociación colectiva -, que puede ordenarlo, como lo hace el art. 10 de la LOLS, no de manera indiferenciada y con proyección general, sino subordinándolo al cumplimiento de ciertos requisitos. No es confundible las posibilidades de designar portavoz o delegado de la sección sindical, como representante de los afiliados al sindicato respectivo en el correspondiente centro de trabajo, para lo cual existe amplia libertad, pues constituyen manifestación o ejercicio de libertad interna de autoorganización del sindicato, pero con intrascendente repercusión para la empresa, para la que dicha designación carece de relevancia jurídica, con las de elegir delegado sindical, representante externo de la sección sindical, investido de facultades y derechos, pues éstos, como se ha dicho, suponen cargas y obligaciones para el empresario, por lo que, como declara la STC 61/1989, de 3 de abril, “ya no es mero ejercicio de un derecho de libertad, sino también, por así decirlo, un derecho de prestación a cargo de un tercero”.

Solo los delegados sindicales que cumplan los requisitos impuestos por el art.10 de la LOLS gozan de las garantías que consagra dicho artículo”.

Saludos
03/07/2004 08:16
avisado ,ellos me inpugnan el mismo dia que nos cita la inspeccion,no solo eso me mandan a casa de vaciones sin tenerlas solicitadas y me dejan sin trabajo efectivo despues ,ademas el inspecctor no reconoce la sesion ilegal de trabajadores ,pues dice que esto es un grupo de empresas( cosa que no lo creo ,pues por cada empresa es numero de S.S. distinto)es decir concadenacion de contratos, de ser grupo son mas de 1000 trabajadores,creo que en la inspeccion les ha ayudado a ellos bastante ,pero de eso me puedo beneficiar yo..
si la inspeccion reconoce el ffraude y ellos actuan de forma discriminatoria hacia mi sea delegada o no que pasa ,tambien ellos tienen razom
04/07/2004 22:03
La perla, lo de los contratos en fraude de ley, si no te afectan directamente mejor que los aparques momentáneamente. Lo primero es lo primero, y esto pasa por tener la certeza de que dispones de las garantías que tienen los delegados sindicales.

El que te hayan impugnado como delegada el mismo día (y no antes) que os citó la ITSS, creo que por aquello de la causa (denuncia) efecto te puede beneficiar. Lo de las vacaciones supongo que es por que, como no las tienen todas consigo y no se atreven a echarte, de momento dejan pasar el tiempo a ver que pasa, y aunque te puedes negar pues no te han preavisado con los dos meses de antelación, no sé... si es hasta mejor estar quitada de en medio.

En el caso de que todavía no hayas hablado con el abogado del sindicato, no lo dejes pasar y pide hora cuanto antes pero de urgencia. También, a los que trates habitualmente del sindicato en el que estés, coméntales que te han llegado comentarios en el sentido de que los de la competencia van diciendo por hay que con ellos esto no te fuese pasado y cosas por el estilo, hazme caso pues de la competencia entre sindicatos los primeros en aprovecharse son las empresas.

Puesto que de momento te han impugnado y como aún sigues siendo empleada de la empresa, entérate a través del abogado o de quien sea de fiar, si procede presentar un nuevo documento de comunicación de delegada sindical, o es mejor esperar a ver como se resuelve esto, o es que ni tan siquiera hace falta hacer nada pues esto no se puede impugnar de ninguna manera.

Lo de los grupos de empresas es muy muy complejo, y no todos lo son. Me interesaría por si se me ocurre algo a mi, o a algún otro forista, que nos dijeses con el orden que quieras:

Si tenéis convenio propio del grupo de empresas, de sector o por actividad de cada empresa; si has participado en negociaciones del convenio y cuando; si hay algún acuerdo o pacto que permita la movilidad dentro del grupo; si tenéis comité íntercentros; si has firmado algún documento de subrogación o de comunicación de que a partir de tal fecha os llamáis de otra forma; si trabajas en el mismo centro que antes o no y cuanto tiempo llevas así; si te has cogido alguna hora sindicales o has ejercido algún otro derecho de los que otorga la LOLS con estos últimos; si la denuncias o los comunicados van dirigidos a la empresa o al grupo y cualquier otra cosa que creas que nos puedas contar.

Lo de grupos de empresas es muy complejo, incluso hasta se podría dar el caso, de si ha habido algún “traspaso de trabajadores irregular” que tuviesen que volver a la anterior empresa del grupo.

De momento lo primero es que no te puedan quitar las garantías de ser delegada sindical, pues de lo contrario al primer estornudo vas a la calle.

Saludos
05/07/2004 00:28
gracias avisado ,pero esto trae cola,no existe convenio de grupo de empresa,la empresa sabia de mi colaboracion con el comite ,pero no participe en negociaciones,no comite intercentros, no pactos de novilidad,nada de documentos de comunicacion de cambio de empresa ni de nombre, solo contratos de duracion determinada por acumulacion de tareas,un año en una empresa y al otro año por la otra empresa y suscesivamente lo mismo,las denuncias se las hago a las empresas (pertenecientes al grupo tal...) las empresas tienen distinto numeros patronales (creo que de Grupo nada de nada ) de perder las garantias seria el despido o cualquer otra aptitud por la empresa contra mi ,conduta de represalias o discriminacion (mobbing) denunciable y otra papeleta ¿no? .
indudablemente el abogado del sindicato esta al dia de todo dice que pida vulneracion de derechos fundamentales pero que espere a ver la empresa comoactua en corto plazo .Ojo el que me quiere inpuganar es del mismo sindicato pero de distinto sector.
05/07/2004 09:01
Hola,
no voy a entrar en el fondo del asunto ya que le derecho sindical no es lo mio (aunque me interesan seguir esti tipo de cuestiones para ir aprendiendo).
Simplemente señalar, ya que es un argumento que ha aparecido repetidamente en este tema, el que, a mi entneder, no tiene más repercusión que las empresas tengan números de patronal distintos a efectos de determinar si forman grupo de empreas o no. De hecho, aún en los casos de que quede claro que las empresas forman parte de un mismo grupo empresarial, cada una de ellas tendrá su número de patronal. Es más, incluso una misma empresa puede tener a la vez varias cuentas de cotización asignadas (por ej. centros de trabajo en distintas provincias).
Un saludo.
05/07/2004 17:52
Creo que te va a pasar igual que a mí que me dejó el Sindicato tirado, más bien varios de sus cargos sindicales pertenecientes a mi comarca.
La actuación sindical en tu caso una vez que la empresa no te ha reconocido como delegada sindical y está realizando una persecución contra tí, ha de ser la siguiente:
La federación correspondiente a tu sector en su nivel provincial, es decir el Scrtio. Gral. Provincial de la federación a la cual pertenece tu sección sindial, debe por obligación hacerse cargo de tu caso; hablar con la empresa, hablar con el delegado provincial de trabajo y hablar con inspección de trabajo, presionar a todos estos organismos para que se resuelva tu caso cuanto antes.
1º A la empresa: Haciéndole entender que si toma alguna represalia contra tí, del tipo que sea, se las tendrá que ver no solo contigo, sino con todo el poder del sindicato e intentando negociar este problema junto con el de los contratos en fraude de ley con ésta de mutuo acuerdo. En el caso de que la empresa no esté por la labor, este Scrt. Gral. debe acudir a delegación provincial de trabajo( que pa eso está) y después de explicarle bien el problema al delegado provincial de trabajo, que éste convoque a la empresa para intentar negociar y de todos modos, si ésta no acude, que se levante un acta en delegación dónde se explique el problema, firmándola el delegado provincial, tu Scrt. Gral. y tu.
Los demás pasos a seguir los conoce tu Scrt. Gral., pero te voy a decir algo. Te acabo de explicar el primer paso para que sepas como se debe sindicalmente tomar tu caso, que es muy facil resolverlo( a este nivel sindical), pero creo que el sindicato te va a dejar tirada, ¡Ojalá me equivoque!., y más cuando dices que el que impugna es un compañero de sindicato de otro sector; Ahí hay algo mu raro.
05/07/2004 18:11
¿Porqué ha impugando un compañero tuyo?.- Muy sencillo, por la querra de poder dentro del sindicato. Esto es debido a que tu sindicato funciona por secciones sindicales, las cuales se unen en una federación, y quién controle una de estas secciones sindicales va a tener una cota considerable de poder, lo que supondrá para el susodicho impugnador pérdida de poder e incluso puede que hast perder el sillón(su cargo sindical).
05/07/2004 18:47
para zapata <: muchas gracias por el consejo ,el sindicato al menos hasta ahora esta muy metido en el tema,en concreto el secretario general del sector al que pertenezco,lo que ocurre con el inpugnante ,es que el es el secretario del que parte el bacalao,(el que esta con la empresa y en contra delos trabajadores)era conocedor del tema y en su mano estaba la solucion (contratos o cesion) y no ha echo nada , se le ve el plumero, y como yo lo llevado a ala inspeccion pues el me impugna.esta persona solo es un delegado de personal y para colmode la otra empresa .
tengoentendido que solo me pueden quitar de delegada de seccion sindical los trabajadores afiliados al sindicato que me votaron en asamblea ¿no es cierto?
05/07/2004 19:17
La perla, a ver si con más tiempo me puedo releer un poco más todo este tema y te puedo comentar algo más, el que haya parte del sindicato que esté contigo es muy muy muy importante. Ten en cuenta que en los sindicatos hay unos estatutos y una comisión de garantías, que la verdad en muchos casos no sirven para nada.

Lo del grupo de empresas te digo que es muy complejo y hay muchas variantes para tratarlas desde aquí, pero siendo desconocedor como soy, me inclino por lo que dice Nando.

Lo de vulneración de derechos y tutelas y todo eso si, pero lo de mobbing por lo que has contado no se da el caso.

Saludos
05/07/2004 22:44
hola mando : entonces de no pasar por cesion seria concadenacion de contratos ¿no? igualmente es una irregualridad en la contratacion .ok
06/07/2004 23:34
continua la historia: ayer a las 21:00 me llamo un jefe y me dijo que hoy no fuera a trabajar ,que me llamaria alguien de la empresa a mi casa (que fuerte) pues dado el lio en que estoy metida ,os podeis imaginar el nerviosismo y la tension que he tenidotodo el dia ,pues nadie llamo ,con ese nudo en el estomago y ese dolor de cabeza que no se quita ,palpitaciones, ganas de llorar,etc pase por mi medico y me dio la baja laboral por el estado en que encuentro,luego marche a la empresa y deje la baja, busque el sr. que me llamo ,pero que casualidad estaba de vaciones ,ayer para llamarme no, hoy si (que lastima ) tenia ganas de hablar con el,darles las gracias por quitarme de mi faena diaria y por ir dando informacion no cierta de mi a las compañeras,creo que esto se pone tiznado,pude hablar con otro jefe(el que me inpugno) ahora no se si era jefe o sindicalista y me dijo que en los trabajos hay que pasar mucho,al comentarle lo sucedido,que era normal,que en esto me he metido yo. que os parece
07/07/2004 04:38
Hola de nuevo, para acabar con el tema de grupo si grupo no, estos se rigen por el Código de Comercio, Mercado de Valores, Ley de Sociedades Anónimas y lo dejo aquí, por que no tengo ni la más puñetera idea.

En cualquier caso, conforme a la regla general (art. 217.6 LECiv), la carga de probar la existencia de grupos de empresas y sus particularidades incumbe a quien pretende hacer valer los efectos jurídico-laborales que tienen atribuidos. O sea a ellos.

Por otro lado, me acabo de perder del todo y ya no sé si estas de baja-vacaciones-trabajando-impugnada si, impugnada no; si el impugnador es un jefe o el impugnador es un sindicalista, si el mango de la sartén lo tiene cogido el delgado de personal secretario general jefe o quien.

De cualquier manera, como sé que no se suele hacer mucha publicidad de ello, para quien no tenga ninguna constancia, los sindicatos tienen aprobados unos estatutos y reglamentos de comisión de garantías y régimen disciplinario. Y en “teoría” todos los órganos de dirección están obligados a velar por el correcto cumplimiento de los mismos y a aplicarlos.

Por lo tanto, el afiliado que quiera hacer una reclamación, es preferible que lo haga con acuse de recibo para que quede constancia de la fecha en que el órgano destinatario la recibe, exactamente igual que como en cualquier otra empresa.

Para más información, preguntar en el sindicato de turno.

Saludos
07/07/2004 17:04
Hola Perla, QUE EL SINDICATO NO TE ENGAÑE, no te fies con algunas actuaciones. La forma sindical correcta de iniciar la solución de tu problema es la que te comente en mi anterior alusión, el que debe actuar en tu caso es el Scrt. Gral. Provincial de tu Federación, implicar a delegación provincial de trabajo y a inspección, salir a la prensa y convovar a tu sección sindical donde debeis decidir la convocatoria de alguna medida contra este empresario (manifestación, huelga, etc..), la que veais más oportuna, trasladar vuestra decisión en una asamblea gral. de trabajadores para pedirles su apoyo y proceder. Si tu Scrt. Gral. Provincial no hace alguna de esta medidas, estate segura de que hay gato encerrado. En cuanto la empresa vea estos movimientos y se vea en la prensa, además de que se le realize una huelga o manifestación o cualquier otra medida de este tipo, cederá y pedira negociación con tu sindicato y por consiguiente contigo.
En cuanto a quitarte de delegada sindical, pide los estatutos en tu sindicato y echales un vistazo, ahí te viene todo bien especificado.
Para los que no lo sepan....En cualquier organización sindical existe una comisión de garantías o similar cuya función es velar por es cumplimiento de los estatutos y por los afiliados, pero esta comisión de garantías normalmente está dominada por la ejecutiva de turno, al igüal que en las organizaciones políticas dónde esta comisión es su brazo armado.
Creeme Perla, SI EL SINDICATO QUIERE, TU PROBLEMA TIENE FACIL SOLUCION.