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Delegados sindicales

23 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 23 comentarios
Delegados sindicales
15/06/2004 08:25
En una empresa con 5 representantes del comité de empresa, uno de ellos de CCOO. ¿pueden los afiliados a este sindicato, revocar a su representante porque lo esta haciendo rematadamente mal? ¿que se puede hacer para quitarlo del comité?¿podríamos convocar una asamblea y forzarlo a que dimita?
15/06/2004 16:54
Creo que con una asamblea de afiliados y con el voto mayoritario de ésta, lo podréis quitar fácilmente.

Adiós
17/06/2004 05:47
No me había dado cuenta de este spot, mañana o pasado tratare de añadir algo más de información.
17/06/2004 08:24
Según entiendo (por ser delegada en mi empresa) si se hace una asamblea de trabajadores (no necesariamente afiliados) y votan en contra tendrá que dimitir, sobre todo si ha sido elegido con elecciones sindicales.
Miráte el art. 67 del estatuto de los trabajadores, que dice más o menos: 3. sólo podrán ser revocados durante su mandato, por decisión de los trabajadores que los hayan elegido, mediante asamblea convocad al efecto a instancia de un tercio, como minimo, de los electores y por mayoría absoluta de éstos . Esta revocación no puede hacerse cuando se negocia un convenio ni en los 6 meses posteriores.
Espero haberte ayudado
17/06/2004 12:27
TINANET te ha dado la respuesta correcta.
Hemos de diferenciar entre Delegado Sindical que es aquel que representa a los afiliados a un sindicato en la empresa y tiene presencia en el comité de empresa.
Miembro del Comité de empresa, que representa a todos los trabajadores sin excepción y que puede o no puede estar afiliado a un sindicato.
17/06/2004 13:43
A este lo que le pasa es que está del lado de la empresa y le estorba el delegado de CCOO. ¿Porque los otros 4 de quien son? Pues de UGT o Fetico.

No me irás a decir que los de UGT o Fetico son más guerreros que el de CCOO. No, porque a otro con ese cuento. Es al contrario, los de UGT o Fetico te bailan el agua y el de CCOO no. Pues lo vas a tener MUY difícil, porque la policía no es tonta y si vas a fastidiar tienes todas las de perder.
17/06/2004 13:53
El de CCOO está en minoría, por tanto no puede estorbarle a nadie. El comité puede tomar cualquier decisión sin su voto. Si fuera verdad que lo hace mal (o sea, que no hace nada), los trabajadores podrían acudir al pleno del comité y hacer lo que quisieran: huelgas, conflictos colectivos, etc.. O sea, que es imposible que un tio que está en minoría en el comité le pueda perjudicar a los trabajadores

Es al reves. Un tio que está en minoría sí que puede perjudicar a la empresa todo lo que quiera, porque tiene su protección antidespido por ser delegado. Como delegado puede exigir legalmente todo tipo de documentación a la empresa, y como empleado puede poner todas las denuncias que quiera ante la inspección, ante los juzgados, ante donde le apetezca.

Lo que el amiguete está planeando es sacarlo del comité para poderlo despedir.

Pues eso, que no te pase na...
17/06/2004 18:26
Veo que eres un lince Quiensera, y como es habitual en ti, pues siempre la cagas.
Por ejemplo:

"A este lo que le pasa es que está del lado de la empresa y le estorba el delegado de CCOO. ¿Porque los otros 4 de quien son? Pues de UGT o Fetico. "

TCHAN! Respuesta equivocada. Por si no lo sabes, que supongo que no lo sabras porque no tienes ni idea de nada, hay un sindicato caracterizado por su lucha , un poco idealista eso si, pero luchador al fin y al cabo que se llama CGT, te lo repito CGT (www.cgt.es) por si te quieres pasar.
Pues bien ,yo soy de ese sindicato y el único que nos estorba es el de CCOO que precisamente está a favor de la empresa, lo que pasa es que es el amigo del jefe, y la empresa está compuesta de muchos amigos del jefe y unos cuantos como nosotros que estamos en contra. Como CCOO ( lease ce-ce-o-o) está a favor de su jefe, o deberia decir, de su cuñado, y sus amigos le apoyan tambien pues queriamos saber que podemos hacer para quitarlo, teniendo en cuenta que tiene la mayoria de la gente en su bolsillo ( por la cuenta que les trae so pena de despidos). Lo digo porque este sindicaLISTO se asocia a 2 independientes que hay y nos estan cerrando todas las puertas. Por cierto los independientes los pone la empresa.
Así que como puedes ver, pepinete, has dado en el clavo como siempre.
Supongo que me dirás que denuncie al vigilante jurado de la puerta, a la portera, al vecino de enfrente, a FECSA que da luz a mi empresa, a DRAGADOS y construcciones, en fin, que no se si me va a llegar el presupuesto para poder denunciarlos a todos. En cualquier caso, dame la dirección de tu Buffette de abogados por la causa, y te llamaré en breve.
17/06/2004 18:33
De todas maneras , para no confundir tu ego, puedes decir que miento, que en realidad soy de ugt, fetico, fagsa, nissan, seat, o las siglas que quieras. Incluso puedo ser del FMI como Rato , si quieres tambien.
Solo añadir que la pregunta va en serio y si quieres la contestas y sino pues no. De todas maneras solo hay que hacer una busqueda de tus contestaciones en el buscador y ver como la cagas siempre, y tiene que salir Nando y ninfa a corregirte.
Por cierto, tambien te conozco con tu antiguo sobrenombre en el otro foro, en el que te salias de tus casillas.
Así que decirte que no tienes credibilidad alguna y no espero que me contestes porque no me sirves de nada. La pregunta , en serio, va dirigida a los foreros que saben de leyes,y no de lenguas y de darle al pico, que los charlatanes hace tiempo que dejaron de existir.
17/06/2004 20:30
Hola.

Me gustaría contestar, pero llevo tres intentos y esto falla mas que una escopeta de feria y dado que no ando sobrada de tiempo lo intentará mañana.

Saludos.
17/06/2004 21:40
Hola.

El artículo 67 del Estatuto posibilita que un miembro del comité o delegado de personal pueda ser "expulsado" como representante de los trabajadores a tra´ves de la revocación.

Dada la excepcionalidad y gravedad de la revocación se exigen una serie de formalidades, un procedimiento que de no cumplirse podría llevar a que tal decisión se considerase nula por el juzgado de lo social.

En primer lugar, para la revocacíón, se exige que la asamblea sea convocada por al menos un tercio de la plantilla, entendiendo por plantilla los trabajdores pertenecientes al colegio electoral donde fue elegido el representante, si hubiese mas de un colegio.

Los promotores de esta asamblea de revocación de cargo de representación, deberan comunicar al organismo que en la comunidad, si estan transferidas las competencias, se encargue del tema de elecciones, mediante escrito y co0n una antelacion de al menos diez dias, la voluntad de celebrar tal asamblea de revocación. Debiendo adjuntar a esta comunicación los datos personales y profesionales de los convocantes.

El comité de empresa o delegados de personal. deberan comunicar a la empresa con al menos cuarenta y ocho horas de antelación, la celebración de la asamblea , con el órden del día y los nombres de las personas no pertenecientes a la empresa que van a asistir a la misma.

La asamblea será presidia por los miembros del comité o delegados de personal incluido el que se propone como revocado de su cargo.

Se exige que la votación para la revocación sea mediante sufradio personal, libre y secreto y el resultado para que sea efectiva la revocacion tiene que ser por mayoría absoluta.

En mi opinión creo que sería conveniente que o bien a la asamblea asista un notario que levantye acta del transcurso de la misma; la votacion y los resultados, o bien se levante acta en la que firmen todos los miembros del comite o delegados de personal, asesores sindicales si asistiesen y convocantes de la asamblea.

Terminada la votación y hecho el recuento de votos. si es favorable a la revocaciçon del miembro del comité o delegado de personal, en unplazo no superior a los diez dias se deberá comunicar tal revocacion al organo encargado del registro de elecciones sindicales; a la empresa y exponerse en el tablon de anuncios.

Si la votación fuese negativa a la revocacion, no podrá convocarse nueva asamblea hasta pasados al menos seis meses.

El resultado podrá ser impugando por el /los afectados ante el juzgado de los social.

Saludos.
18/06/2004 04:28
Sólo, completar un poco la intervención de Ninfa.

El art. 67.3 ET posibilita la revocación del mandato representativo por los propios trabajadores que los han elegido y con sujeción a los siguientes requisitos formales:

-Será necesaria la convocatoria de una asamblea, a instancia de un tercio como mínimo de los trabajadores que en ese momento integran el colegio electoral, de forma que serán computados la totalidad de los trabajadores existentes en la empresa en el momento de la convocatoria de la asamblea, y no solamente los trabajadores que en su día tuvieron la condición de electores.

Ejemplo practico: en una empresa con una plantilla de 60 trabajadores y con un colegio único se celebran elecciones sindicales eligiéndose un comité de empresa de cinco miembros. Un año más tarde, un colectivo de trabajadores se plantea la posibilidad de revocar al comité y dado que la plantilla de la empresa la integran 90 trabajadores con derecho a voto, resultará que la asamblea revocatoria deberá ser convocada por un mínimo de 30 trabajadores, es decir por un tercio de los que en ese momento integran la plantilla.

-La revocación requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de los trabajadores que integran la plantilla de la empresa, y no solamente el voto de la mayoría de los que asistan a la asamblea.

Ejemplo practico: En el supuesto anterior, resultará que si asisten a la asamblea un total de 50 trabajadores y votan a favor de la revocación 40 de los asistentes, dicho número no es suficiente para que no se lleve a cabo la revocación, ya que siendo la plantilla de 90, se precisará el boto favorable de al menos 46 trabajadores.

Con independencia de los requisitos anteriormente indicados, el ET impone ciertas limitaciones al uso de este derecho por parte de los electores, y así se establece que la revocación no podrá efectuarse durante la tramitación de un convenio colectivo y tampoco podrá plantearse hasta tanto no transcurran seis meses desde la celebración de una anterior asamblea revocatoria en la que no se alcanzó la mayoría absoluta para llevar a cabo la revocación.

En el supuesto de producirse vacantes por cualquier causa, éstas se cubrirán automáticamente por el trabajador siguiente en la lista a la que pertenezca el sustituido, cuando se trate de comités de empresa. En el caso de delegados de personal, la vacante se cubrirá automáticamente por el trabajador que hubiera obtenido en la votación un número de votos inmediatamente inferior al último de los elegidos.

En el caso de sustitución, la duración del mandato del sustituto será por el tiempo que reste al mandato de los otros representantes.

Belloto, no sé de leyes pero tengo muy buena memoria, no me olvido ni de una sola coma.
18/06/2004 16:58
Hola.

Aprendiz, como se nota que erese sindicalista. No solo conoces perfectamente la teoria sino además la práctica. Muy bien explicado el tema de la revocación.

Aprovecho e insisto en mi teoriía. No hay sindicatos mas o menos combativos. Hay personas mas combativas y otra mas "maleables." con independecia del sindicato al que pertenezcan.

Los sindicatos no son un "ente " con vida propia. son un cojunto de trabajadores que se reunen para una mejor defensa de sus derechos y, en función de lo reivindicativos que sean esos componentes , resultará mas o menos duro el sindicato. sono, ¿ Por que un mismo sindicato es terrinble en una ciudad o provincia y una coña en otra.?

Saludos.
18/06/2004 17:50
Belloto, te contradices por todos los sitios:

1- Si tu CCOO se junta con los dos independientes no pasa nada. Sois 4 contra 3 y podéis hasta convocar huelgas. No les cierra en absoluto ninguna puerta al propio comité ni por tanto a los empleados.

2- Si es amigo del jefe, ¿de qué os sirve quitarlo del comité? Entrará el siguiente de la lista de CC.OO.

3- Si CC.OO. no tiene más lista se convocarán elecciones parciales para cubrir esa plaza. Seguramente la ganará otra vez CC.OO. y puede que hasta el mismo tio porque "tiene a la mayoría de la gente en su bolsillo".

4- Si ""tiene a la mayoría de la gente en su bolsillo" y la empresa está compuesta de "muchos amigos del jefe", ¿cómo esperáis quitarlo mediante una asamblea?

En resumen, que me reafirmo. Tú eres de la empresa y el que estoba a la empresa es el de CC.OO. Solo se te ha ocurrido decir lo de CGT porque diciendo la verdad (que los otros 4 son de UGT, Fetico, Fasga, CSI, USO...) no cuela eso de que el de CCOO sea el malo y los otros los buenos. Pero a mí no me la das.

Ya sé que la pregunta va en serio Y SE DE ESO MIL VECES MÁS QUE TÚ e incluso que Nando y que Ninfa. La ley la puedo leer igual que los demás. Pero este mismo mes tengo dos "revocaciones" de delegado en la práctica.
18/06/2004 20:26
Pepinete, te voy a responder para que la gente vea que no tienes ni pajolera idea, solo por eso.
Miremos tus respuestas

1)1- Si tu CCOO se junta con los dos independientes no pasa nada. Sois 4 contra 3 y podéis hasta convocar huelgas. No les cierra en absoluto ninguna puerta al propio comité ni por tanto a los empleados.

Si te lees el post de arriba, veras que en el comite somos 5 nada mas ( empresa de menos de 100 trabajadores) 1 ccoo, 2 independientes y 2 cgt. Así que primera cagada, porque somos 3 contra 2.

2- Si es amigo del jefe, ¿de qué os sirve quitarlo del comité? Entrará el siguiente de la lista de CC.OO.

Segunda cagada, porque supongo que sabrás que se puede revocar a un sindicato completo , no sólo a una persona. O igual no lo sabes.

3- Si CC.OO. no tiene más lista se convocarán elecciones parciales para cubrir esa plaza. Seguramente la ganará otra vez CC.OO. y puede que hasta el mismo tio porque "tiene a la mayoría de la gente en su bolsillo".

Correcto, de ahí viene mi pregunta a la que amablemente has dado la vuelta para llegar a una conclusión que ni se acerca a lo que has dicho.

4- Si ""tiene a la mayoría de la gente en su bolsillo" y la empresa está compuesta de "muchos amigos del jefe", ¿cómo esperáis quitarlo mediante una asamblea?

Lo mismo de antes. Eso es lo que preguntaba. Si se le puede quitar de alguna manera.

"En resumen, que me reafirmo. Tú eres de la empresa y el que estoba a la empresa es el de CC.OO. Solo se te ha ocurrido decir lo de CGT porque diciendo la verdad (que los otros 4 son de UGT, Fetico, Fasga, CSI, USO...) no cuela eso de que el de CCOO sea el malo y los otros los buenos. Pero a mí no me la das. "

Me la suda lo que realmente piensas, porque yo se la verdad. Además ya me han contestado los foreros habituales, y paso de tus respuestas, que de todas maneras no me servían para nada porque no tienes ni idea. Así que , como te he dicho antes, no tienes credibilidad alguna en el foro, y sino preguntale a ninfa, nando, etc,... que siempres te tienen que rectificar porque solo sabes animar a denunciar y eso es porque no sabes otras respuestas.

"Ya sé que la pregunta va en serio Y SE DE ESO MIL VECES MÁS QUE TÚ e incluso que Nando y que Ninfa. La ley la puedo leer igual que los demás. Pero este mismo mes tengo dos "revocaciones" de delegado en la práctica."

Jeje, así que sabes más que nando y que ninfa. Je,hje,me parto de risa. Lo que has ido a decir,. jeje. Bueno, en fin, voy a mirar tus posts en otro sitio porque seguro que te voy a tener que rectificar como hacen bien nando y cia...
Espero que te vayan bien las revocaciones. Supongo que le habrás dicho al revocado que denuncie, y al revocador tambien, que denuncie. Y de paso, denuncia tú al revocador y al revocado. Y de paso denunciame a mí también. Y denuncia al foro. En fin, que me parto.....
Que sería de estos foros sin estos personajes. La verdad es que serían bastante aburridos, si señor.




18/06/2004 21:32
HOLa a todos, menos al pepinete, quiensera o como se llame,no puedes dedicarte a ontestar y vale, le tienes que buscar la vuelta a todos,,sabras mucho pero educacion no tienes, ole por nando, se equivoco( o se malinterpreto), lo reconocio y quedo como un señor, ole por ninfa, contesta y ayuda, no lo que haces tu, deberias pensar porque estas tan resentido, esta menera de ser solo es de un resentido en la vida, por lo que se ve no puedes lograr lo que quieres y te revienta y lo pagas con los demas, buscate otro foro de psiquiatria, por ejemplo, o buscate dos piedras,.
BELLOTO, no le sigas el juego, el mismo caera por su peso.
18/06/2004 21:59
1- ESO NO LO HABÍAS DICHO ANTES.

2- "Se puede revocar a un sindicato completo". ¿¿¿¿¿¿¿¿¿Cooooooommmmooooooooorlllll?????? Por favor, explícame eso. Ya quisieran las empresas como la de Nando, por ejemplo, poder quitarse de enmedio a toda la lista de un sindicato después de las elecciones. MENUDA CAGADA. Eso si que es una cagada y no tener ni idea de lo que se habla.

Si yo me he equivocado es porque no has dado suficientes datos hasta ahora. Pero lo de "revocar a un sindicato", menudo INVENTO, se lo voy a comentaré el lunes a cierta gente pa que nos riamos un rato.

Sigo sin creerme na, tio. Un solo delegado que esté a favor de los trabajadores puede hacer prácticamente lo que quiera, aunque el comité fuera de 17 y los otros 16 fueran amarillos.

Al de CCOO, si es cierto que es un amarillo, no lo necesitais para CASI nada. Podéis poner todas las denuncias que queráis contra las ilegalidades de la empresa en inspección de trabajo, en los juzgados de lo social, acudir a la prensa, constituir una sección sindical y convocar huelgas a través de ella... Cada delegado tiene la protección antidespido que le permite hacer todo eso, no necesita al comité.

O sea, que cuando uno de un sindicato quiere echar al de otro NO ES POR DEFENDER A LOS TRABAJADORES, porque eso lo puede hacer él solo. ES POR OCUPAR SU PLAZA CON OTRO AMIGUETE o bien, lo más probable, porque precisamente es el que se quiere echar el único que está atacando a la empresa.

Por cierto, yo también te conozco de otros foros de bolsa. Que raro uno de CGT por los foros de bolsa, ¿no? Sobre todo de ciertas empresas.
18/06/2004 22:35
si señor, esos es prepotencia, lo sabes todo , verdad, quiensera, sera.
que pasa la bolsa no admite el dinero de los trabajadores, o eres tu el que no lo asimila, , cambia de color que te ira mejor
19/06/2004 04:20
Quiensera, no te metas con los de CGT, que sino entro yo también al trapo.

Los de CGT somos gente igual de seria que los sindicatos que son más conocidos.
Por cierto, en mi empresa también tengo un par de revoltosos de CCOO dándome la lata, y muy amigos de los jefes, pero los llevo a ralla. En eso tienes razón.: Si uno quiere, puede hacer maravillas.
21/06/2004 19:20
Creo que quiénsera tiene razón. El de CCOO es en este caso el que da guerra a la empresa y les molesta. Por favor agradecería a la gente de este foro, que sabe bastante de leyes, no intente decirle a quiensera, que sabe bastante más a mi modo de ver lo que es un sindicato por dentro, como funciona internanmente, como funciona éste con las empresas y éstas con éste y quizás quiensara sabe un poco menos de leyes. Alguna gente del foro se cierra demasiado en banda en la legalidad y no quiere ver más allá, por eso son incapaces de creer a quiensera; como siempre la ignorancia los confunde, que no la lógica simple de sus cerradas mentes.
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15/06/2004 08:25
En una empresa con 5 representantes del comité de empresa, uno de ellos de CCOO. ¿pueden los afiliados a este sindicato, revocar a su representante porque lo esta haciendo rematadamente mal? ¿que se puede hacer para quitarlo del comité?¿podríamos convocar una asamblea y forzarlo a que dimita?
15/06/2004 16:54
Creo que con una asamblea de afiliados y con el voto mayoritario de ésta, lo podréis quitar fácilmente.

Adiós
17/06/2004 05:47
No me había dado cuenta de este spot, mañana o pasado tratare de añadir algo más de información.
17/06/2004 08:24
Según entiendo (por ser delegada en mi empresa) si se hace una asamblea de trabajadores (no necesariamente afiliados) y votan en contra tendrá que dimitir, sobre todo si ha sido elegido con elecciones sindicales.
Miráte el art. 67 del estatuto de los trabajadores, que dice más o menos: 3. sólo podrán ser revocados durante su mandato, por decisión de los trabajadores que los hayan elegido, mediante asamblea convocad al efecto a instancia de un tercio, como minimo, de los electores y por mayoría absoluta de éstos . Esta revocación no puede hacerse cuando se negocia un convenio ni en los 6 meses posteriores.
Espero haberte ayudado
17/06/2004 12:27
TINANET te ha dado la respuesta correcta.
Hemos de diferenciar entre Delegado Sindical que es aquel que representa a los afiliados a un sindicato en la empresa y tiene presencia en el comité de empresa.
Miembro del Comité de empresa, que representa a todos los trabajadores sin excepción y que puede o no puede estar afiliado a un sindicato.
17/06/2004 13:43
A este lo que le pasa es que está del lado de la empresa y le estorba el delegado de CCOO. ¿Porque los otros 4 de quien son? Pues de UGT o Fetico.

No me irás a decir que los de UGT o Fetico son más guerreros que el de CCOO. No, porque a otro con ese cuento. Es al contrario, los de UGT o Fetico te bailan el agua y el de CCOO no. Pues lo vas a tener MUY difícil, porque la policía no es tonta y si vas a fastidiar tienes todas las de perder.
17/06/2004 13:53
El de CCOO está en minoría, por tanto no puede estorbarle a nadie. El comité puede tomar cualquier decisión sin su voto. Si fuera verdad que lo hace mal (o sea, que no hace nada), los trabajadores podrían acudir al pleno del comité y hacer lo que quisieran: huelgas, conflictos colectivos, etc.. O sea, que es imposible que un tio que está en minoría en el comité le pueda perjudicar a los trabajadores

Es al reves. Un tio que está en minoría sí que puede perjudicar a la empresa todo lo que quiera, porque tiene su protección antidespido por ser delegado. Como delegado puede exigir legalmente todo tipo de documentación a la empresa, y como empleado puede poner todas las denuncias que quiera ante la inspección, ante los juzgados, ante donde le apetezca.

Lo que el amiguete está planeando es sacarlo del comité para poderlo despedir.

Pues eso, que no te pase na...
17/06/2004 18:26
Veo que eres un lince Quiensera, y como es habitual en ti, pues siempre la cagas.
Por ejemplo:

"A este lo que le pasa es que está del lado de la empresa y le estorba el delegado de CCOO. ¿Porque los otros 4 de quien son? Pues de UGT o Fetico. "

TCHAN! Respuesta equivocada. Por si no lo sabes, que supongo que no lo sabras porque no tienes ni idea de nada, hay un sindicato caracterizado por su lucha , un poco idealista eso si, pero luchador al fin y al cabo que se llama CGT, te lo repito CGT (www.cgt.es) por si te quieres pasar.
Pues bien ,yo soy de ese sindicato y el único que nos estorba es el de CCOO que precisamente está a favor de la empresa, lo que pasa es que es el amigo del jefe, y la empresa está compuesta de muchos amigos del jefe y unos cuantos como nosotros que estamos en contra. Como CCOO ( lease ce-ce-o-o) está a favor de su jefe, o deberia decir, de su cuñado, y sus amigos le apoyan tambien pues queriamos saber que podemos hacer para quitarlo, teniendo en cuenta que tiene la mayoria de la gente en su bolsillo ( por la cuenta que les trae so pena de despidos). Lo digo porque este sindicaLISTO se asocia a 2 independientes que hay y nos estan cerrando todas las puertas. Por cierto los independientes los pone la empresa.
Así que como puedes ver, pepinete, has dado en el clavo como siempre.
Supongo que me dirás que denuncie al vigilante jurado de la puerta, a la portera, al vecino de enfrente, a FECSA que da luz a mi empresa, a DRAGADOS y construcciones, en fin, que no se si me va a llegar el presupuesto para poder denunciarlos a todos. En cualquier caso, dame la dirección de tu Buffette de abogados por la causa, y te llamaré en breve.
17/06/2004 18:33
De todas maneras , para no confundir tu ego, puedes decir que miento, que en realidad soy de ugt, fetico, fagsa, nissan, seat, o las siglas que quieras. Incluso puedo ser del FMI como Rato , si quieres tambien.
Solo añadir que la pregunta va en serio y si quieres la contestas y sino pues no. De todas maneras solo hay que hacer una busqueda de tus contestaciones en el buscador y ver como la cagas siempre, y tiene que salir Nando y ninfa a corregirte.
Por cierto, tambien te conozco con tu antiguo sobrenombre en el otro foro, en el que te salias de tus casillas.
Así que decirte que no tienes credibilidad alguna y no espero que me contestes porque no me sirves de nada. La pregunta , en serio, va dirigida a los foreros que saben de leyes,y no de lenguas y de darle al pico, que los charlatanes hace tiempo que dejaron de existir.
17/06/2004 20:30
Hola.

Me gustaría contestar, pero llevo tres intentos y esto falla mas que una escopeta de feria y dado que no ando sobrada de tiempo lo intentará mañana.

Saludos.
17/06/2004 21:40
Hola.

El artículo 67 del Estatuto posibilita que un miembro del comité o delegado de personal pueda ser "expulsado" como representante de los trabajadores a tra´ves de la revocación.

Dada la excepcionalidad y gravedad de la revocación se exigen una serie de formalidades, un procedimiento que de no cumplirse podría llevar a que tal decisión se considerase nula por el juzgado de lo social.

En primer lugar, para la revocacíón, se exige que la asamblea sea convocada por al menos un tercio de la plantilla, entendiendo por plantilla los trabajdores pertenecientes al colegio electoral donde fue elegido el representante, si hubiese mas de un colegio.

Los promotores de esta asamblea de revocación de cargo de representación, deberan comunicar al organismo que en la comunidad, si estan transferidas las competencias, se encargue del tema de elecciones, mediante escrito y co0n una antelacion de al menos diez dias, la voluntad de celebrar tal asamblea de revocación. Debiendo adjuntar a esta comunicación los datos personales y profesionales de los convocantes.

El comité de empresa o delegados de personal. deberan comunicar a la empresa con al menos cuarenta y ocho horas de antelación, la celebración de la asamblea , con el órden del día y los nombres de las personas no pertenecientes a la empresa que van a asistir a la misma.

La asamblea será presidia por los miembros del comité o delegados de personal incluido el que se propone como revocado de su cargo.

Se exige que la votación para la revocación sea mediante sufradio personal, libre y secreto y el resultado para que sea efectiva la revocacion tiene que ser por mayoría absoluta.

En mi opinión creo que sería conveniente que o bien a la asamblea asista un notario que levantye acta del transcurso de la misma; la votacion y los resultados, o bien se levante acta en la que firmen todos los miembros del comite o delegados de personal, asesores sindicales si asistiesen y convocantes de la asamblea.

Terminada la votación y hecho el recuento de votos. si es favorable a la revocaciçon del miembro del comité o delegado de personal, en unplazo no superior a los diez dias se deberá comunicar tal revocacion al organo encargado del registro de elecciones sindicales; a la empresa y exponerse en el tablon de anuncios.

Si la votación fuese negativa a la revocacion, no podrá convocarse nueva asamblea hasta pasados al menos seis meses.

El resultado podrá ser impugando por el /los afectados ante el juzgado de los social.

Saludos.
18/06/2004 04:28
Sólo, completar un poco la intervención de Ninfa.

El art. 67.3 ET posibilita la revocación del mandato representativo por los propios trabajadores que los han elegido y con sujeción a los siguientes requisitos formales:

-Será necesaria la convocatoria de una asamblea, a instancia de un tercio como mínimo de los trabajadores que en ese momento integran el colegio electoral, de forma que serán computados la totalidad de los trabajadores existentes en la empresa en el momento de la convocatoria de la asamblea, y no solamente los trabajadores que en su día tuvieron la condición de electores.

Ejemplo practico: en una empresa con una plantilla de 60 trabajadores y con un colegio único se celebran elecciones sindicales eligiéndose un comité de empresa de cinco miembros. Un año más tarde, un colectivo de trabajadores se plantea la posibilidad de revocar al comité y dado que la plantilla de la empresa la integran 90 trabajadores con derecho a voto, resultará que la asamblea revocatoria deberá ser convocada por un mínimo de 30 trabajadores, es decir por un tercio de los que en ese momento integran la plantilla.

-La revocación requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de los trabajadores que integran la plantilla de la empresa, y no solamente el voto de la mayoría de los que asistan a la asamblea.

Ejemplo practico: En el supuesto anterior, resultará que si asisten a la asamblea un total de 50 trabajadores y votan a favor de la revocación 40 de los asistentes, dicho número no es suficiente para que no se lleve a cabo la revocación, ya que siendo la plantilla de 90, se precisará el boto favorable de al menos 46 trabajadores.

Con independencia de los requisitos anteriormente indicados, el ET impone ciertas limitaciones al uso de este derecho por parte de los electores, y así se establece que la revocación no podrá efectuarse durante la tramitación de un convenio colectivo y tampoco podrá plantearse hasta tanto no transcurran seis meses desde la celebración de una anterior asamblea revocatoria en la que no se alcanzó la mayoría absoluta para llevar a cabo la revocación.

En el supuesto de producirse vacantes por cualquier causa, éstas se cubrirán automáticamente por el trabajador siguiente en la lista a la que pertenezca el sustituido, cuando se trate de comités de empresa. En el caso de delegados de personal, la vacante se cubrirá automáticamente por el trabajador que hubiera obtenido en la votación un número de votos inmediatamente inferior al último de los elegidos.

En el caso de sustitución, la duración del mandato del sustituto será por el tiempo que reste al mandato de los otros representantes.

Belloto, no sé de leyes pero tengo muy buena memoria, no me olvido ni de una sola coma.
18/06/2004 16:58
Hola.

Aprendiz, como se nota que erese sindicalista. No solo conoces perfectamente la teoria sino además la práctica. Muy bien explicado el tema de la revocación.

Aprovecho e insisto en mi teoriía. No hay sindicatos mas o menos combativos. Hay personas mas combativas y otra mas "maleables." con independecia del sindicato al que pertenezcan.

Los sindicatos no son un "ente " con vida propia. son un cojunto de trabajadores que se reunen para una mejor defensa de sus derechos y, en función de lo reivindicativos que sean esos componentes , resultará mas o menos duro el sindicato. sono, ¿ Por que un mismo sindicato es terrinble en una ciudad o provincia y una coña en otra.?

Saludos.
18/06/2004 17:50
Belloto, te contradices por todos los sitios:

1- Si tu CCOO se junta con los dos independientes no pasa nada. Sois 4 contra 3 y podéis hasta convocar huelgas. No les cierra en absoluto ninguna puerta al propio comité ni por tanto a los empleados.

2- Si es amigo del jefe, ¿de qué os sirve quitarlo del comité? Entrará el siguiente de la lista de CC.OO.

3- Si CC.OO. no tiene más lista se convocarán elecciones parciales para cubrir esa plaza. Seguramente la ganará otra vez CC.OO. y puede que hasta el mismo tio porque "tiene a la mayoría de la gente en su bolsillo".

4- Si ""tiene a la mayoría de la gente en su bolsillo" y la empresa está compuesta de "muchos amigos del jefe", ¿cómo esperáis quitarlo mediante una asamblea?

En resumen, que me reafirmo. Tú eres de la empresa y el que estoba a la empresa es el de CC.OO. Solo se te ha ocurrido decir lo de CGT porque diciendo la verdad (que los otros 4 son de UGT, Fetico, Fasga, CSI, USO...) no cuela eso de que el de CCOO sea el malo y los otros los buenos. Pero a mí no me la das.

Ya sé que la pregunta va en serio Y SE DE ESO MIL VECES MÁS QUE TÚ e incluso que Nando y que Ninfa. La ley la puedo leer igual que los demás. Pero este mismo mes tengo dos "revocaciones" de delegado en la práctica.
18/06/2004 20:26
Pepinete, te voy a responder para que la gente vea que no tienes ni pajolera idea, solo por eso.
Miremos tus respuestas

1)1- Si tu CCOO se junta con los dos independientes no pasa nada. Sois 4 contra 3 y podéis hasta convocar huelgas. No les cierra en absoluto ninguna puerta al propio comité ni por tanto a los empleados.

Si te lees el post de arriba, veras que en el comite somos 5 nada mas ( empresa de menos de 100 trabajadores) 1 ccoo, 2 independientes y 2 cgt. Así que primera cagada, porque somos 3 contra 2.

2- Si es amigo del jefe, ¿de qué os sirve quitarlo del comité? Entrará el siguiente de la lista de CC.OO.

Segunda cagada, porque supongo que sabrás que se puede revocar a un sindicato completo , no sólo a una persona. O igual no lo sabes.

3- Si CC.OO. no tiene más lista se convocarán elecciones parciales para cubrir esa plaza. Seguramente la ganará otra vez CC.OO. y puede que hasta el mismo tio porque "tiene a la mayoría de la gente en su bolsillo".

Correcto, de ahí viene mi pregunta a la que amablemente has dado la vuelta para llegar a una conclusión que ni se acerca a lo que has dicho.

4- Si ""tiene a la mayoría de la gente en su bolsillo" y la empresa está compuesta de "muchos amigos del jefe", ¿cómo esperáis quitarlo mediante una asamblea?

Lo mismo de antes. Eso es lo que preguntaba. Si se le puede quitar de alguna manera.

"En resumen, que me reafirmo. Tú eres de la empresa y el que estoba a la empresa es el de CC.OO. Solo se te ha ocurrido decir lo de CGT porque diciendo la verdad (que los otros 4 son de UGT, Fetico, Fasga, CSI, USO...) no cuela eso de que el de CCOO sea el malo y los otros los buenos. Pero a mí no me la das. "

Me la suda lo que realmente piensas, porque yo se la verdad. Además ya me han contestado los foreros habituales, y paso de tus respuestas, que de todas maneras no me servían para nada porque no tienes ni idea. Así que , como te he dicho antes, no tienes credibilidad alguna en el foro, y sino preguntale a ninfa, nando, etc,... que siempres te tienen que rectificar porque solo sabes animar a denunciar y eso es porque no sabes otras respuestas.

"Ya sé que la pregunta va en serio Y SE DE ESO MIL VECES MÁS QUE TÚ e incluso que Nando y que Ninfa. La ley la puedo leer igual que los demás. Pero este mismo mes tengo dos "revocaciones" de delegado en la práctica."

Jeje, así que sabes más que nando y que ninfa. Je,hje,me parto de risa. Lo que has ido a decir,. jeje. Bueno, en fin, voy a mirar tus posts en otro sitio porque seguro que te voy a tener que rectificar como hacen bien nando y cia...
Espero que te vayan bien las revocaciones. Supongo que le habrás dicho al revocado que denuncie, y al revocador tambien, que denuncie. Y de paso, denuncia tú al revocador y al revocado. Y de paso denunciame a mí también. Y denuncia al foro. En fin, que me parto.....
Que sería de estos foros sin estos personajes. La verdad es que serían bastante aburridos, si señor.




18/06/2004 21:32
HOLa a todos, menos al pepinete, quiensera o como se llame,no puedes dedicarte a ontestar y vale, le tienes que buscar la vuelta a todos,,sabras mucho pero educacion no tienes, ole por nando, se equivoco( o se malinterpreto), lo reconocio y quedo como un señor, ole por ninfa, contesta y ayuda, no lo que haces tu, deberias pensar porque estas tan resentido, esta menera de ser solo es de un resentido en la vida, por lo que se ve no puedes lograr lo que quieres y te revienta y lo pagas con los demas, buscate otro foro de psiquiatria, por ejemplo, o buscate dos piedras,.
BELLOTO, no le sigas el juego, el mismo caera por su peso.
18/06/2004 21:59
1- ESO NO LO HABÍAS DICHO ANTES.

2- "Se puede revocar a un sindicato completo". ¿¿¿¿¿¿¿¿¿Cooooooommmmooooooooorlllll?????? Por favor, explícame eso. Ya quisieran las empresas como la de Nando, por ejemplo, poder quitarse de enmedio a toda la lista de un sindicato después de las elecciones. MENUDA CAGADA. Eso si que es una cagada y no tener ni idea de lo que se habla.

Si yo me he equivocado es porque no has dado suficientes datos hasta ahora. Pero lo de "revocar a un sindicato", menudo INVENTO, se lo voy a comentaré el lunes a cierta gente pa que nos riamos un rato.

Sigo sin creerme na, tio. Un solo delegado que esté a favor de los trabajadores puede hacer prácticamente lo que quiera, aunque el comité fuera de 17 y los otros 16 fueran amarillos.

Al de CCOO, si es cierto que es un amarillo, no lo necesitais para CASI nada. Podéis poner todas las denuncias que queráis contra las ilegalidades de la empresa en inspección de trabajo, en los juzgados de lo social, acudir a la prensa, constituir una sección sindical y convocar huelgas a través de ella... Cada delegado tiene la protección antidespido que le permite hacer todo eso, no necesita al comité.

O sea, que cuando uno de un sindicato quiere echar al de otro NO ES POR DEFENDER A LOS TRABAJADORES, porque eso lo puede hacer él solo. ES POR OCUPAR SU PLAZA CON OTRO AMIGUETE o bien, lo más probable, porque precisamente es el que se quiere echar el único que está atacando a la empresa.

Por cierto, yo también te conozco de otros foros de bolsa. Que raro uno de CGT por los foros de bolsa, ¿no? Sobre todo de ciertas empresas.
18/06/2004 22:35
si señor, esos es prepotencia, lo sabes todo , verdad, quiensera, sera.
que pasa la bolsa no admite el dinero de los trabajadores, o eres tu el que no lo asimila, , cambia de color que te ira mejor
19/06/2004 04:20
Quiensera, no te metas con los de CGT, que sino entro yo también al trapo.

Los de CGT somos gente igual de seria que los sindicatos que son más conocidos.
Por cierto, en mi empresa también tengo un par de revoltosos de CCOO dándome la lata, y muy amigos de los jefes, pero los llevo a ralla. En eso tienes razón.: Si uno quiere, puede hacer maravillas.
21/06/2004 19:20
Creo que quiénsera tiene razón. El de CCOO es en este caso el que da guerra a la empresa y les molesta. Por favor agradecería a la gente de este foro, que sabe bastante de leyes, no intente decirle a quiensera, que sabe bastante más a mi modo de ver lo que es un sindicato por dentro, como funciona internanmente, como funciona éste con las empresas y éstas con éste y quizás quiensara sabe un poco menos de leyes. Alguna gente del foro se cierra demasiado en banda en la legalidad y no quiere ver más allá, por eso son incapaces de creer a quiensera; como siempre la ignorancia los confunde, que no la lógica simple de sus cerradas mentes.