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Delito penal?

4 Comentarios
 
Delito penal?
05/05/2006 20:57
LOs hechos son: se me imputan unos hechos falsos en la empresa por parte de un superior , y además por escrito. Las preguntas son dos: ¿es susceptible de ser delito por injurias ? (creo que sí) y; más peliaguda, si lo denuncio a quien le toca demostrar su versión: a él, por imputar unos hechos que a especificado incluso por escrito, o a mí por el hecho de acusarlo. Este punto es clave puesto que la demostración de cualquiera de las versiones sería complicada, salvo por una llamada de teléfono que él dice que efectuó que, pero no sé si esto tiene sificiente peso para demostrar que miente también en lo demás.
Espero alguna orientación aunque somera,
gracias
05/05/2006 21:53
En nuestro ordenamiento jurídico rige el principio de que quien acusa, prueba, demuestra. En otras palabras, se presume la inocencia de las personas hasta que se demuestra lo contrario (art. 24 de la Constitución:.. todos tienen derecho al Juez ordinario .. a la defensa .. asistencia letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia).
Por consiguiente, si usted plantea una querella por injurias, deberá demostrarlas. Usted deberá valorar si las posibles pruebas que posee y puede presentar tienen, o no, fundamento, peso.

06/05/2006 10:20
Gracias, creo que me ha quedado bastante claro. En cualquier caso, hay alguna otra vía donde yo no tenga que demostrar algo difícilmente demostrable?Y de ser así ¿qué plazos tengo para denunciar?
El caso es que aquí si yo me querello he de demostrar que es mentira lo que dice, pero yo lo enfoco como que el que acusa (y consta por escrito) es él, de unos hechos que él debería tener que probar, no yo. Cómo lo puedo enfocar?
Gracias.
06/05/2006 13:32
Jurisdiccionalmente lo que plantea es "inenfocable". Pero moral o socialmente es otra cosa. Ahí sí puede acusarlo de lo que quiera, pero valore siempre el riesgo de que esa persona pueda probar lo que dice, en el caso de que pueda acusarle judicialmente de algo.
Además, tenga siempre presente, también, de que existe lo que denomina "denuncia falsa"
(1.Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, serán sancionados ....
2.No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada. Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda tb perseguirse previa denuncia del ofendido)
06/05/2006 13:53
Gracias DP,
es muy útil la información
un saludo
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05/05/2006 20:57
LOs hechos son: se me imputan unos hechos falsos en la empresa por parte de un superior , y además por escrito. Las preguntas son dos: ¿es susceptible de ser delito por injurias ? (creo que sí) y; más peliaguda, si lo denuncio a quien le toca demostrar su versión: a él, por imputar unos hechos que a especificado incluso por escrito, o a mí por el hecho de acusarlo. Este punto es clave puesto que la demostración de cualquiera de las versiones sería complicada, salvo por una llamada de teléfono que él dice que efectuó que, pero no sé si esto tiene sificiente peso para demostrar que miente también en lo demás.
Espero alguna orientación aunque somera,
gracias
05/05/2006 21:53
En nuestro ordenamiento jurídico rige el principio de que quien acusa, prueba, demuestra. En otras palabras, se presume la inocencia de las personas hasta que se demuestra lo contrario (art. 24 de la Constitución:.. todos tienen derecho al Juez ordinario .. a la defensa .. asistencia letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia).
Por consiguiente, si usted plantea una querella por injurias, deberá demostrarlas. Usted deberá valorar si las posibles pruebas que posee y puede presentar tienen, o no, fundamento, peso.

06/05/2006 10:20
Gracias, creo que me ha quedado bastante claro. En cualquier caso, hay alguna otra vía donde yo no tenga que demostrar algo difícilmente demostrable?Y de ser así ¿qué plazos tengo para denunciar?
El caso es que aquí si yo me querello he de demostrar que es mentira lo que dice, pero yo lo enfoco como que el que acusa (y consta por escrito) es él, de unos hechos que él debería tener que probar, no yo. Cómo lo puedo enfocar?
Gracias.
06/05/2006 13:32
Jurisdiccionalmente lo que plantea es "inenfocable". Pero moral o socialmente es otra cosa. Ahí sí puede acusarlo de lo que quiera, pero valore siempre el riesgo de que esa persona pueda probar lo que dice, en el caso de que pueda acusarle judicialmente de algo.
Además, tenga siempre presente, también, de que existe lo que denomina "denuncia falsa"
(1.Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, serán sancionados ....
2.No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada. Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda tb perseguirse previa denuncia del ofendido)
06/05/2006 13:53
Gracias DP,
es muy útil la información
un saludo