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Demanda de ejecución: ¿acción frente administrador?

26 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 26 comentarios
24/11/2005 18:29
Pide una nota simple informativa
Si ves que no te aparece inscrita entonces pide una certificación

SALVO MEJOR CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
ICAM
24/11/2005 17:19
Buena observación, la verdad es que no, aunque lo dudo.

Como podría cerciorarme?, pues en este caso la responsabilidad es solidaria entre los socios y estos responderán con el patrimonio propio como si de una sociedad colectiva se tratara.
24/11/2005 13:22
Y no te has planteado que estes ante una sociedad irregular (falta de inscripcion en el registro) y plantear por ahi la ampliacion de responsabilidad?

SALU2
SALVO MEJOR CRITERIO
SAMPLERKING
ICAM
23/11/2005 17:54
Vaya, pues ahí me has pillado.

Te cuento, yo andaba detrás de una ejecución, en su día interesé que se libraran determinados oficios a entidades bancarias. Pues bien, una vez habiendo resultado los mismos negativos, consulté una página web (Asexor.com) por curiosidad que saca sus datos directamente del RM, mi sorpresa fue que ni la denominación ni el CIF correspondían a ningún tipo de sociedad u autónomo, por lo que deduje (a lo mejor y, por lo que me dices, equivocádamente) que había sido disuelta y liquidada sin haber hecho frente al pago de la deuda que mantiene con mi cliente.

Me imagino que en cualquiera de los dos casos podré ir diréctamente contra el administrador no?

Gracias por vuestra atención y mayor sabiduría.
23/11/2005 09:16
¿Baja, pero como? ¿con disolución y liquidación?
¿o lo único que le han hecho en el RM es cerrar la hoja por falta de deposito de cuentas anuales?

SALVO MEJOR CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
ICAM
22/11/2005 18:52
Una pregunta, supongamos que he estado intentando, sin éxito, una ejecución contra una SL, y resulta que me acabo de enterar que ya ni suiquiera existe, se ha dado de baja en el RM, ¿podría ir a por el administrador o a por el liquidador?
14/11/2005 12:22
¿y cual es esa pagina?
10/11/2005 09:56
En la pagina web del juzgado de lo mercantil de murcia hay una sent. De la ap donde se afirma que las ac. De resp. De los ad. Es de es de este juzgado
09/11/2005 18:16
En conclusión que para gustos los criterios de las Audiencias.
A ver si hay suerte y alguien puede plantear un recurso de casación para unificación de doctrina y ya salimos de dudas.

SALVO MEJOR CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
ICAM
09/11/2005 08:51
Sentencia de la Sección 8ª de la Audiencia Provincial de Alicante, de 18 de octubre de 2005, Ponente don Luis Antonio Soler Pascual. Deniega la acumulación de la reclamación de cantidad contra la sociedad y de responsabilidad contra los administradores sociales.
08/11/2005 13:00
¿Y qué pasa en ese caso con el plazo de prescripción de cuatro años? ¿Cómo podría salvarse? ¿Podría entenderse que constantemente se reactiva el plazo al estar inmerso en causa de disolución de forma continuada?
28/10/2005 18:32
Pide certificaciones de las cuentas anuales al registro mercantil a fin de acreditar que las mismas no se han presentado. Primera pregunta respondida.

Respecto a la segunda cuestión no es la única posiblidad, a verr.... un ejemplo que se me ocurre es que se haya constituido una sociedad irregular, o que la misma no tenga adaptados sus estatutos, la LRSL, o LSA, es un poco cuestión de imaginación y de tirar del reglamento del registro mercantil y de la LSRL y LSA

SALVO MEJOR CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
ICAM
26/10/2005 19:43
¿Como podría yo demostrar que una S.L. activa está incurriendo en una causa de disolución, por ejemplo, por paralización de los órganos sociales o por falta de actividad durante tres años, si se da la circunstancia de que no se han presentado en los últimos 5 años las cuentas en el R.Mercantil?,

¿sería esta la única posibilidad de imputar al administrador único de la S.L la responsabiliadd solidaria del título ejecutivo?

Muchas gracias
14/10/2005 08:39
No creo que la ejecución de una Sentencia del Jdo. de lo Social contra una sociedad por impago de deudas laborales que se amplie a los administradores por R.C. de deudas sociales haya de substanciarse en los jdos. de lo mercantil.
Tambien he localizado el Auto de la Audiencia de Zamora. Los razonamientos me parecen rigurosos. Lástima que la Jurisprudencia que he encontrado mayoritariamente se incline por la no ampliación de la ejecución, aferrandose al criterio de que son personas distintas.
14/10/2005 05:56
Que sí, que me parece muy bien; tengo todas las resoluciones, o eso creo, publicadas hasta la fecha al respecto, unas a favor, otras en contra; pero la cosa ha cambiado, se ha modificado la LOPJ, así que...
13/10/2005 13:02
De nada, para eso estamos.

Salvo mejor criterio
salu2
samplerking
icam

13/10/2005 11:37
Hola de nuevo.
He encontrado la sentencia con la ref. EDJ que facilitó Samplerking, tambien AUTO en el mismo sentido AP ZAMORA 32/ 2.002, DE 28 DE MAYO.
REFERENCIA ARANZADI: AC 20021596.

Gracias de nuevo y
salu2. Urb
10/10/2005 14:02
Estamos hablando de una acción de responsabilidad contra el administrador societario por las deudas sociales, acción recogida en la legislación sobre sociedades, y, por lo tanto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 86 ter 2.a), es competente el Juzgado de lo Mercantil.
10/10/2005 12:54
De nuevo, muchas garcias a todos, especialmente a Samperkling, si encuentro más jurisprudencia la poetearé.

Salu2
10/10/2005 10:37
No estoy de acuerdo, Hm, en que la acción contra Administrador la deba conocer el Jdo. de lo Merc. Dependerá del procedimiento y la "causa petendi".
Gracias, SAMPLERKING por tus precisiones. Si bien no he localizado la Sentencia que citas, estoy -estamos- en ello.
Si alguien dispone de más jurisprudencia del Sentido apuntado, agradecería la compartiera.
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24/11/2005 18:29
Pide una nota simple informativa
Si ves que no te aparece inscrita entonces pide una certificación

SALVO MEJOR CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
ICAM
24/11/2005 17:19
Buena observación, la verdad es que no, aunque lo dudo.

Como podría cerciorarme?, pues en este caso la responsabilidad es solidaria entre los socios y estos responderán con el patrimonio propio como si de una sociedad colectiva se tratara.
24/11/2005 13:22
Y no te has planteado que estes ante una sociedad irregular (falta de inscripcion en el registro) y plantear por ahi la ampliacion de responsabilidad?

SALU2
SALVO MEJOR CRITERIO
SAMPLERKING
ICAM
23/11/2005 17:54
Vaya, pues ahí me has pillado.

Te cuento, yo andaba detrás de una ejecución, en su día interesé que se libraran determinados oficios a entidades bancarias. Pues bien, una vez habiendo resultado los mismos negativos, consulté una página web (Asexor.com) por curiosidad que saca sus datos directamente del RM, mi sorpresa fue que ni la denominación ni el CIF correspondían a ningún tipo de sociedad u autónomo, por lo que deduje (a lo mejor y, por lo que me dices, equivocádamente) que había sido disuelta y liquidada sin haber hecho frente al pago de la deuda que mantiene con mi cliente.

Me imagino que en cualquiera de los dos casos podré ir diréctamente contra el administrador no?

Gracias por vuestra atención y mayor sabiduría.
23/11/2005 09:16
¿Baja, pero como? ¿con disolución y liquidación?
¿o lo único que le han hecho en el RM es cerrar la hoja por falta de deposito de cuentas anuales?

SALVO MEJOR CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
ICAM
22/11/2005 18:52
Una pregunta, supongamos que he estado intentando, sin éxito, una ejecución contra una SL, y resulta que me acabo de enterar que ya ni suiquiera existe, se ha dado de baja en el RM, ¿podría ir a por el administrador o a por el liquidador?
14/11/2005 12:22
¿y cual es esa pagina?
10/11/2005 09:56
En la pagina web del juzgado de lo mercantil de murcia hay una sent. De la ap donde se afirma que las ac. De resp. De los ad. Es de es de este juzgado
09/11/2005 18:16
En conclusión que para gustos los criterios de las Audiencias.
A ver si hay suerte y alguien puede plantear un recurso de casación para unificación de doctrina y ya salimos de dudas.

SALVO MEJOR CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
ICAM
09/11/2005 08:51
Sentencia de la Sección 8ª de la Audiencia Provincial de Alicante, de 18 de octubre de 2005, Ponente don Luis Antonio Soler Pascual. Deniega la acumulación de la reclamación de cantidad contra la sociedad y de responsabilidad contra los administradores sociales.
08/11/2005 13:00
¿Y qué pasa en ese caso con el plazo de prescripción de cuatro años? ¿Cómo podría salvarse? ¿Podría entenderse que constantemente se reactiva el plazo al estar inmerso en causa de disolución de forma continuada?
28/10/2005 18:32
Pide certificaciones de las cuentas anuales al registro mercantil a fin de acreditar que las mismas no se han presentado. Primera pregunta respondida.

Respecto a la segunda cuestión no es la única posiblidad, a verr.... un ejemplo que se me ocurre es que se haya constituido una sociedad irregular, o que la misma no tenga adaptados sus estatutos, la LRSL, o LSA, es un poco cuestión de imaginación y de tirar del reglamento del registro mercantil y de la LSRL y LSA

SALVO MEJOR CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
ICAM
26/10/2005 19:43
¿Como podría yo demostrar que una S.L. activa está incurriendo en una causa de disolución, por ejemplo, por paralización de los órganos sociales o por falta de actividad durante tres años, si se da la circunstancia de que no se han presentado en los últimos 5 años las cuentas en el R.Mercantil?,

¿sería esta la única posibilidad de imputar al administrador único de la S.L la responsabiliadd solidaria del título ejecutivo?

Muchas gracias
14/10/2005 08:39
No creo que la ejecución de una Sentencia del Jdo. de lo Social contra una sociedad por impago de deudas laborales que se amplie a los administradores por R.C. de deudas sociales haya de substanciarse en los jdos. de lo mercantil.
Tambien he localizado el Auto de la Audiencia de Zamora. Los razonamientos me parecen rigurosos. Lástima que la Jurisprudencia que he encontrado mayoritariamente se incline por la no ampliación de la ejecución, aferrandose al criterio de que son personas distintas.
14/10/2005 05:56
Que sí, que me parece muy bien; tengo todas las resoluciones, o eso creo, publicadas hasta la fecha al respecto, unas a favor, otras en contra; pero la cosa ha cambiado, se ha modificado la LOPJ, así que...
13/10/2005 13:02
De nada, para eso estamos.

Salvo mejor criterio
salu2
samplerking
icam

13/10/2005 11:37
Hola de nuevo.
He encontrado la sentencia con la ref. EDJ que facilitó Samplerking, tambien AUTO en el mismo sentido AP ZAMORA 32/ 2.002, DE 28 DE MAYO.
REFERENCIA ARANZADI: AC 20021596.

Gracias de nuevo y
salu2. Urb
10/10/2005 14:02
Estamos hablando de una acción de responsabilidad contra el administrador societario por las deudas sociales, acción recogida en la legislación sobre sociedades, y, por lo tanto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 86 ter 2.a), es competente el Juzgado de lo Mercantil.
10/10/2005 12:54
De nuevo, muchas garcias a todos, especialmente a Samperkling, si encuentro más jurisprudencia la poetearé.

Salu2
10/10/2005 10:37
No estoy de acuerdo, Hm, en que la acción contra Administrador la deba conocer el Jdo. de lo Merc. Dependerá del procedimiento y la "causa petendi".
Gracias, SAMPLERKING por tus precisiones. Si bien no he localizado la Sentencia que citas, estoy -estamos- en ello.
Si alguien dispone de más jurisprudencia del Sentido apuntado, agradecería la compartiera.