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26 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 26 comentarios
12/07/2006 10:30
Mucha suerte. Ya nos contarás.
12/07/2006 10:22
Ok, muchas gracias lo voy a presentar y que sea lo que Dios quiera. Muchisimas gracias a los 2 por todo.
12/07/2006 10:20
Presenta un escrito, solicitando se requiera a la contarria para que aporte, el día de la vista, los documentos acreditativos de sus pretensiones.

Digo yo, no sé.
12/07/2006 10:18
Pues como dije ayer, no estoy en plazo, asi es que no se lo que voy a hacer, ni como voy a pedir esa documentación. Muchas gracias.
12/07/2006 10:14
Estimada Evita:

El plazo es de 10 días hábiles, tal y como te contestó Ana. (Mira el Art. 770.2ª de la LEC).

Por lo tanto, la única que sabe si estas en plazo eres tú.

Un cordial saludo.
12/07/2006 10:13
Yo diría que 10.
12/07/2006 10:01
¿Pero estoy en plazo para contestar? ¿son 20 dias o 10 dias?
11/07/2006 21:10
Hola:

Yo contestaría por escrito la reconvención y solicitaría se requiriese a la demandada reconvinente para que aportara a la vista aquellos documentos que nos interesen.(328 LEC)

Un saludo.
11/07/2006 20:31
Quizá puedas solicitar, mediante un escrito, que se requiera a la demandada para que aporte los documentos al acto de la Vista; por probar, no pierdes nada.

Aunque espera otras opiniones.
11/07/2006 20:28
A principios de Octubre.
11/07/2006 20:18
¿Cuándo es la Vista?
11/07/2006 20:15
Supongo que, si el Juez lo considera conveniente, en el acto de la Vista requerirá (si no, lo solicitas tú) que aporte, en plazo no superior a 30 días, los documentos justificativos de sus ingresos.

No estoy segura, así que vamos a esperar.
11/07/2006 20:09
Perdona, no había leído tus últimos mensajes.

Pues supongo que se ventilará todo en el acto de la Vista.

Espera más opiniones. Nunca he llevado estos asuntos. Lo siento. Suerte. Plantéalo también en Familia.
11/07/2006 20:06
Lo único que quiero es solicitar que ella aporte unos documentos a la vista ¿como lo hago? ¿es obligatorio contestar a la Reconvención cuando el Juzgado no te lo ha solicitado?
11/07/2006 20:05
No es de separacion y divorcio, los padres no han estado casados, es solo de los hijos.
11/07/2006 20:05
Bien, pues si estás en plazo, te opones a la Reconvención, alegando lo que tengas que alegar acerca de los ingresos, gastos, etc. de tu representado. Y solicitas que ella, para el acto de la Vista, acuda acompañada de los documentos que justifiquen sus ingresos y con los que tú opinas puede hacer frente a la manutención de los menores, en mayor medida, haciendo un reparto más acorde con los ingresos de cada uno de los progenitores.

No sé, algo así. A ver si aparece alguien más....
11/07/2006 20:02
No

Hoy me han comunicado la fecha de la vista
11/07/2006 20:00
Art. 770 LEC: 10 días

¿Estás o no en`plazo?
11/07/2006 20:00
Se reclama pensión para los hijos, no para ella.
11/07/2006 19:58
Si aún estás en plazo, contesta, opniéndote, alegando que tienes constancia de que los ingresos que percibe posibilitan un mejor reparto en la manutención de los hijos, y que no la hacen a ella acreedora a pensión alguna, Que aporte a la Vista justificantes de sus ingresos.

No se me ocurre nada más. A ver si alguien puede ayudarte.
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12/07/2006 10:30
Mucha suerte. Ya nos contarás.
12/07/2006 10:22
Ok, muchas gracias lo voy a presentar y que sea lo que Dios quiera. Muchisimas gracias a los 2 por todo.
12/07/2006 10:20
Presenta un escrito, solicitando se requiera a la contarria para que aporte, el día de la vista, los documentos acreditativos de sus pretensiones.

Digo yo, no sé.
12/07/2006 10:18
Pues como dije ayer, no estoy en plazo, asi es que no se lo que voy a hacer, ni como voy a pedir esa documentación. Muchas gracias.
12/07/2006 10:14
Estimada Evita:

El plazo es de 10 días hábiles, tal y como te contestó Ana. (Mira el Art. 770.2ª de la LEC).

Por lo tanto, la única que sabe si estas en plazo eres tú.

Un cordial saludo.
12/07/2006 10:13
Yo diría que 10.
12/07/2006 10:01
¿Pero estoy en plazo para contestar? ¿son 20 dias o 10 dias?
11/07/2006 21:10
Hola:

Yo contestaría por escrito la reconvención y solicitaría se requiriese a la demandada reconvinente para que aportara a la vista aquellos documentos que nos interesen.(328 LEC)

Un saludo.
11/07/2006 20:31
Quizá puedas solicitar, mediante un escrito, que se requiera a la demandada para que aporte los documentos al acto de la Vista; por probar, no pierdes nada.

Aunque espera otras opiniones.
11/07/2006 20:28
A principios de Octubre.
11/07/2006 20:18
¿Cuándo es la Vista?
11/07/2006 20:15
Supongo que, si el Juez lo considera conveniente, en el acto de la Vista requerirá (si no, lo solicitas tú) que aporte, en plazo no superior a 30 días, los documentos justificativos de sus ingresos.

No estoy segura, así que vamos a esperar.
11/07/2006 20:09
Perdona, no había leído tus últimos mensajes.

Pues supongo que se ventilará todo en el acto de la Vista.

Espera más opiniones. Nunca he llevado estos asuntos. Lo siento. Suerte. Plantéalo también en Familia.
11/07/2006 20:06
Lo único que quiero es solicitar que ella aporte unos documentos a la vista ¿como lo hago? ¿es obligatorio contestar a la Reconvención cuando el Juzgado no te lo ha solicitado?
11/07/2006 20:05
No es de separacion y divorcio, los padres no han estado casados, es solo de los hijos.
11/07/2006 20:05
Bien, pues si estás en plazo, te opones a la Reconvención, alegando lo que tengas que alegar acerca de los ingresos, gastos, etc. de tu representado. Y solicitas que ella, para el acto de la Vista, acuda acompañada de los documentos que justifiquen sus ingresos y con los que tú opinas puede hacer frente a la manutención de los menores, en mayor medida, haciendo un reparto más acorde con los ingresos de cada uno de los progenitores.

No sé, algo así. A ver si aparece alguien más....
11/07/2006 20:02
No

Hoy me han comunicado la fecha de la vista
11/07/2006 20:00
Art. 770 LEC: 10 días

¿Estás o no en`plazo?
11/07/2006 20:00
Se reclama pensión para los hijos, no para ella.
11/07/2006 19:58
Si aún estás en plazo, contesta, opniéndote, alegando que tienes constancia de que los ingresos que percibe posibilitan un mejor reparto en la manutención de los hijos, y que no la hacen a ella acreedora a pensión alguna, Que aporte a la Vista justificantes de sus ingresos.

No se me ocurre nada más. A ver si alguien puede ayudarte.