Les planteo una duda procesal social, que me gustaría que me ayudasen a resolverla.
Un trabajador presenta dos demandas: una solicitando el reconocimiento de la existencia de relación laboral por cuenta ajena, pues considera que estuvo trabajando como "falso autónomo" y, otra solicitando el despido de la empresa cuando dejó de prestar servicios para la misma.
Las demandas caen en dos Juzgados de lo Social distintos y hemos sido citados, en primer lugar, para el pleito en reconocimiento del despido y, en segundo lugar, para el reconocimiento de la declaración de relación laboral por cuenta ajena.
¿Debería suspenderse el primer pleito por cuanto se estaría ante la antesala de cosa juzgada? ¿Habría litispendencia?
Si en la primera sentencia (la del despido) se declara que había relación laboral, ¿tiene efectos sobre el segundo de los pleitos?