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denuncia por insulto a un agente

17 Comentarios
 
Denuncia por insulto a un agente
27/02/2006 18:05
yo estaba con 3 amigos en la calle y cuando pasaron dos agentes de la policia local uno de mis amigos le insulto (hijos de puta). los policias dijeron que nos iban a denunciar y yo queri saber q me puede pasar (multa economica o nose )

gracias
27/02/2006 18:28
Art. 634 del Código pena:.
"Los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren levemente, cuando ejerzan sus funciones, serán castigados con la pena de multa de diez a sesenta días".

Lo que no comprendo es por qué, si sólo insultó uno, dices que os denuncian a todos.
27/02/2006 19:01
no entiendo lo de diez a sesenta dias

no se lo q quiere decir
27/02/2006 19:17
Lo de diez a sesenta días quiere decir que, en caso de condena, ésta puede consistir en un mínimo de diez días y un máximo de 60.

Y la multa puede ser de 2 a 400 euros diarios. Es decir, que, si hay condena, el mínimo sería de 20 euros (2euros diarios x 10 dias) y el máximo de 24.000.- euros.

Y dentro de ese mínimo y ese máximo, el Tribunal apreciará en función de los hechos.


Lo de que si solo insultó uno y los denuncian a todos está claro= los agentes no saben quien ha sido y los meten a todos en el saco.
27/02/2006 19:20
La pena de multa se impone por el sistema de días-multa:

Consiste en señalar una duración temporal, entre un mínimo y un máximo, de días -multa y fijar unos límites mínimo y máximo de la cuantía del día-multa. Se fijará, en atención a las circunstancias de la infracción, el número de días-multa y, en atención a la situación económica del condenado, la cuantía del día-multa.

La cuota diaria puede oscilar entre 2 y 400 €.

Los días oscilarán, en vuestro caso, entre diez y sesenta, y la cúoita diaria según vuestra fortuna.

No sé si ha quedado claro. Un saludo.
27/02/2006 19:21
Disculpe, Optio, nos hemos cruzado.
28/02/2006 01:26
No es por nada por supuesto sin ánimo de agitar a nadie, pero al hilo de la cuestión....alguien ha reparado en que la pena del 634 es la misma que la del maltrato de animales del 632.
Lo digo porqué en numerosas ocasiones (por no decir la mayoría) el acto de propinar un puñetazo a un policía se enjuicia como falta del 634 y no como atentado a agente de la Autoridad. Ante esto me pregunto:
¿Se trata de que la protección legal nos asemeja a los animales? ¿prestamos el mismo servicio a la sociedad que las mascotas doméstica u otras cualesquiera?. Pues que bien, viva este sistema
perfil HHH
28/02/2006 09:50
Comprendo su malestar, amigo KEKO, pero ya sabemos que el sistema no es perfecto. Y el código penal, menos.
Un saludo.
28/02/2006 10:04
Lo que pasa es que dicha circunstancia se compensa (aunque no se justifica, claro) con la presunción de veracidad que dan los Tribunales a los agentes de la Autoridad y del mal uso que a veces se da a esa veracidad cuando la circunstancia es a la inversa. Y sálvese el que pueda.
28/02/2006 13:20
¿No se resolveria este asunto, declarnado "luismirs", anta la policia, quien fue el verdadero autor del insulto?.
perfil JMP
28/02/2006 20:25
Y, sin querer polemizar (o si), como se enjuicia el puñetazo de un agente a un ciudadano de a pie. ¿Acaso tiene menor desvalor la acción?. O, digo yo, ¿no sería cuando menos tan repochable el puñetazo de un ciudsadano a un agente como el de un agente a un ciudadano?.
perfil dp
28/02/2006 20:56
Al hilo de lo dicho por el forista Keko (al que entiendo y comprendo por motivos que no vienen al caso), yo me pregunto ¿por qué tienen que ser denunciados los 3 individuos si sólo uno es el "insultador"?
Al margen, hablando de proporcionalidades: por ejemplo, en mi ciudad hace un tiempo 2 agentes de la policía local fueron grabados por una cámara de vigilancia de un parking abriendo coches y robando sus pertenencias, y la condena final fue de una suspensión de empleo y sueldo por 30 días y una multa pecuniaria (el ayuntamiento ni ejerció la acusación particular). Actualmente siguen prestando servicio, denunciando y gozando de su presunción de veracidad al menos en las infracciones de tráfico (en el resto de ámbitos también existe aunque muchos no lo reconozcan y ciertamente varíe según lugares y órganos jurisdiccionales). ¿Es esto proporcional? ¿No debería decretarse automáticamente la expulsión del cuerpo en el mismo momento de la sentencia firme? ¿Qué cree que pasa en un trabajo cualquiera en el sector privado? No hablamos de que un policía robe, sino de que lo haga estando de servicio, con la impunidad que eso implica.
El sistema está muy mal montado. La injusticia abunda y siempre pagan justos por pecadores, pero eso ocurre en "ambos bandos" (aunque personalmente creo que en uno más que en el otro).
Sin acritud personal. Espero.
01/03/2006 11:11
Sr. JMP, supongo que estará de acuerdo conmigo en que debe tener mayor reproche penal agredir a un agente de la autoridad o una autoridad en el ejercicio de sus funciones que a un particular.
Hasta aquí, bien. Sé que no es eso lo que ud. ha dicho.
En cuanto al reproche que debe tener el puñetazo de un agente de la autoridad a un particular, abusando de su cargo y sin estar, por ello, justificado, ud. sabe muy bien que muchas conductas típicas del Código Penal conllevan una pena más dura para los policías o autoridades que las realizan abusando de su cargo que para el ciudadano normal. Concretamente, en el delito de lesiones no se especifica una mayor agravación de la pena por la condición del sujeto activo, es cierto, pero sí recoge el CP el art. 177, que tal vez se pudiera aplicar a alguna situación en la que un agente de la autoridad golpea injustificadamente y abusando de su cargo a un ciudadano. En este caso comprobará que la pena asociada al tipo no es sólo equiparable a la que correspondería al ciudadano particular, sino que es más grave.

Salvo mejor opinión, un saludo.
perfil JMP
01/03/2006 18:33
Pato, creo que los dos sabemos que por un puñetazo, sin resultado lesivo, el agente sería enjuiciado por una falta de maltrato de obra.

Salvo mejor opinión.
01/03/2006 19:02
Tendras una multa acorde con tus ingreso yo acabo de tener un caos igual, mi cliente les llamó maricones aunos agentes y su sueldo era de 800 euro, le condenaron a una multa de 45 Euros.
perfil dp
01/03/2006 20:02
Eso, JMP, en el caso de que se llegue a celebrar juicio.
01/03/2006 21:10
Le reconozco que estoy de acuerdo con ud., Sr. JMP. En un caso como éste probablemente así sería.
Un saludo.
02/03/2006 00:27
Sí, sería denunciado el agente por un maltrato de obra, pero le aseguro que la cuantía del día-multa sería muy superior.
No voy a entrar a defender conductas indefendibles pero vuelvo a aprovechar la situación para revindicar algunas reformas, tanto disciplinarias como penales. Para mí, el ejemplo de los policías forzando vehículos merece el mayor reproche penal y administrativo, al menos la inhabilitación absoluta, hay una intencionalidad clara y un ánimo de lucro. Pero, por favor, comparar eso con una detención ilegal de los tipos que han sido objeto de condena ultimamente, que sin embargo han sido mucho más duramente condenados...me parece una incongruencia y una barbaridad.
Además, es gracioso, desconozco otras localidades, pero les aseguro que en temas de faltas, en las localidades que conozco, nunca se comprobarán los ingresos reales del imputado. Por supuesto, todos son "mariscadores", "agricultores"...que salen del juzgado en sus BMW tras ser condenados a 20 Euros de multa.
Creánselo o no, pero yo lo he visto y con estas palabras: "¿30 Euros de multa? Pues Sr. Juez, aquí van otros 30 y vuelvo a cagarme en sus muertos (los del policía)".
Habría tanto, tanto de que hablar....