Hola, les voy a exponer mi duda: estoy en el convenio del metal y empecé a trabajar el 2 de enero del 2006, en esa fecha todavía no estaba firmado el convenio laboral que no ha sido aprobado y publicado en el boletín oficial hasta el mes de septiembre. Mi pregunta es si tengo derecho a cobrar todos los atrasasos que se han generado durante este año 2006, es decir desde el mes de enero hasta septiembre. Muchas gracias.
normalmente los convenios aunque salgan a mitad de año establece cuál es su fecha de efectos y ésta puede ser anterior a su entrada en vigor, es decir, que se publicase en julio y que abarque desde enero del mismo año
en este caso yo entendería que sí, también podría ser que el convenio estableciera que los atrasos salariales se paguen en algún mes en concreto e incluso en enero o febrero del año siguiente