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derecho a la intimidad

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Derecho a la intimidad
02/08/2009 00:49
Estimados compañeros:

No hace mucho me consultaron si iba en contra del art. 18 de la Constitución el que una empresa de creditos faciles y rapidos( pero que luego se aprovechan del cliente cobrandoles igual un TAE desproporcionado) al no contactar con el cliente en cuestion, conseguian los datos de familiares y contactaban con ellos acosandoles telefonicamente como a los primeros. A mi parecer esto es una materia que no esta regulada pero creo que se podría interponer denuncia ante la Agencia Española de Proteccion de datos. No se que opinan ustedes pero a mi esto me parece increible. Unas personas que no deben nada y nada tiene que ver con los asuntos de un familiar etc, les acosan como si fueran ellos los que deben. Eso a mi entender va claramente en contra del art. 18 de la CE que protege la intimidad de las personas y contar la ley de proteccion de datos de caracter personal.

En fin, se necesita una regulacion legal en la materia, al igual que con lo que pasa con los cobradores del frac.

Un saludo