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Derecho a los archivos y registros públicos

1 Comentarios
 
19/04/2012 16:53
Pues puedes ir directamente a ver a la persona que tramita el expediente y decirle que quieres ver el expediente. O puedes solicitar copia del mismo por escrito. En ambos casos tienes que acreditarte como interesado en el procedimiento en los términos del artículo 31 de la Ley 30/19992. Para eso basta con que le enseñes el DNI. Si es por escrito lo dirijes al instructor o al jefe superior de este ( que es lo habitual) y te contestará pero no denegando salvo que no seas el interesado.
Derecho a los archivos y registros públicos
19/04/2012 13:29
Buenos días,
Cuando se solicita a la Administración información de los documentos de un expediente administrativo según el art 35 de la Ley 30/92, ¿en qué condiciones se tienen que facilitar ? Lo que quiero es saber que estructura sigue la administración para contestar al solicitante (si tienen que hacer un escrito que relacionen los documentos que me entregan, como se redacta la contestación, etc),para poder acreditar que dichos documentos forman parte del expediente. ¿Hay alguna norma que indique concretamente cómo debe proceder la Administraciónr cuando alguien solicita copia del expediente?

Gracias.

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19/04/2012 16:53
Pues puedes ir directamente a ver a la persona que tramita el expediente y decirle que quieres ver el expediente. O puedes solicitar copia del mismo por escrito. En ambos casos tienes que acreditarte como interesado en el procedimiento en los términos del artículo 31 de la Ley 30/19992. Para eso basta con que le enseñes el DNI. Si es por escrito lo dirijes al instructor o al jefe superior de este ( que es lo habitual) y te contestará pero no denegando salvo que no seas el interesado.
Derecho a los archivos y registros públicos
19/04/2012 13:29
Buenos días,
Cuando se solicita a la Administración información de los documentos de un expediente administrativo según el art 35 de la Ley 30/92, ¿en qué condiciones se tienen que facilitar ? Lo que quiero es saber que estructura sigue la administración para contestar al solicitante (si tienen que hacer un escrito que relacionen los documentos que me entregan, como se redacta la contestación, etc),para poder acreditar que dichos documentos forman parte del expediente. ¿Hay alguna norma que indique concretamente cómo debe proceder la Administraciónr cuando alguien solicita copia del expediente?

Gracias.