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Derecho a seguridad social

2 Comentarios
 
Derecho a seguridad social
21/04/2006 14:06
Hola a todos.
Mi pregunta es la siguiente.
?Una persona cuando está en el paro tiene derecho a seguridad social (medico, urgencias, etc). La pregunta es debido a que hoy me he acercadio a la seguridad social para sacarme la tarjeta sanitaria de desplazado (me voy a Inglaterra unos meses a buscar trabajo) y me encuentro con que no me la dan por estar en el paro... y me dicen que a los 90 días de dejar de cobrar la indenmización del paro dejo de tener derecho a seguridad social... que debo sacarme la tarjeta como beneficiario de alguien (cuando lo mas cercano que tengo es un tio que hace años que no veo!!!).

Por favor.. ¿alguien me puede explicar esto?

Millones de gracias.
21/04/2006 18:55
Hola.

Efectivamente, una vez que dejas de cobrar el desempleo o de trabajae, tienes un llamemosle "periodo de gracia" de 90 dias durante los cuales has de "solucionar" tu situacion con la Seguirdad Social, ya sea entrando como beneficiario en la cartilla de un familiar (padre, madre, hermano cuñado, primo...) o bien, al ser universal en España tal derecho, como persona carete de rentas a traves de los servicios de asistencia social de tu cominidad o ayuntamiento.

De todos modos, no dberias estar demasiado preocupada, estas a tiempo de figurar como beneficiario en la cartilla de cualquier familiar y tendras todos los derechos farmaceuticos y sanitarios que pue4da tener cualquier trabajdor en activo.

Lo mas triste es que Doña Administración, tan ágil y pizpireta para informar de autenticas majaderias y propaganda del ministro de turno, no informe de estas situaciones a los trabajadores, que se supone no son técnicos en el materia.

Saludos.

Saludos.
21/04/2006 19:18
El derecho a los 90 días de prórroga no es para todos los casos, depende del tiempo trabajado anterior.
Bien, pero no es el asunto. Efectivamente tienes derecho como titular, como beneficiario o como persona sin recursos. No todo el mundo, como se cree, pues si no trabajas y no dependes de nadie y tienes rentas hasta un nivel, te pagas tu mismo los médicos.
En tu caso. Vete al ambulatorio, solicita un modelo F6 y los anexos, los cubres, los devuelves, y te dan ellos de alta como persona sin recursos. Entonces vas al INSS y ya te hacen la tarjeta sanitaria europea. Todo tardará unos días.
Derecho a seguridad social | PorticoLegal
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Derecho a seguridad social
21/04/2006 14:06
Hola a todos.
Mi pregunta es la siguiente.
?Una persona cuando está en el paro tiene derecho a seguridad social (medico, urgencias, etc). La pregunta es debido a que hoy me he acercadio a la seguridad social para sacarme la tarjeta sanitaria de desplazado (me voy a Inglaterra unos meses a buscar trabajo) y me encuentro con que no me la dan por estar en el paro... y me dicen que a los 90 días de dejar de cobrar la indenmización del paro dejo de tener derecho a seguridad social... que debo sacarme la tarjeta como beneficiario de alguien (cuando lo mas cercano que tengo es un tio que hace años que no veo!!!).

Por favor.. ¿alguien me puede explicar esto?

Millones de gracias.
21/04/2006 18:55
Hola.

Efectivamente, una vez que dejas de cobrar el desempleo o de trabajae, tienes un llamemosle "periodo de gracia" de 90 dias durante los cuales has de "solucionar" tu situacion con la Seguirdad Social, ya sea entrando como beneficiario en la cartilla de un familiar (padre, madre, hermano cuñado, primo...) o bien, al ser universal en España tal derecho, como persona carete de rentas a traves de los servicios de asistencia social de tu cominidad o ayuntamiento.

De todos modos, no dberias estar demasiado preocupada, estas a tiempo de figurar como beneficiario en la cartilla de cualquier familiar y tendras todos los derechos farmaceuticos y sanitarios que pue4da tener cualquier trabajdor en activo.

Lo mas triste es que Doña Administración, tan ágil y pizpireta para informar de autenticas majaderias y propaganda del ministro de turno, no informe de estas situaciones a los trabajadores, que se supone no son técnicos en el materia.

Saludos.

Saludos.
21/04/2006 19:18
El derecho a los 90 días de prórroga no es para todos los casos, depende del tiempo trabajado anterior.
Bien, pero no es el asunto. Efectivamente tienes derecho como titular, como beneficiario o como persona sin recursos. No todo el mundo, como se cree, pues si no trabajas y no dependes de nadie y tienes rentas hasta un nivel, te pagas tu mismo los médicos.
En tu caso. Vete al ambulatorio, solicita un modelo F6 y los anexos, los cubres, los devuelves, y te dan ellos de alta como persona sin recursos. Entonces vas al INSS y ya te hacen la tarjeta sanitaria europea. Todo tardará unos días.