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Derecho de adquisición preferente

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Derecho de adquisición preferente
22/04/2005 12:18
Compañeros tengo una duda de urgente respuesta!:

El Derecho de adquisició preferente regulado en el artículo 25 de la LAU, se entiende también que lo tiene el cónyuge o la persona que hubiera convivido con el arrendatario en análoga relación de afectividad, por aplicación por analogía del art. 12 de la misma Ley?
Muchísimas gracias.