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Derecho de un Local a tener buzon

4 Comentarios
 
Derecho de un local a tener buzon
19/09/2007 08:59
Hola somos una ONG que tenemos alquilado un local con entrada y salida a la calle.

Hemos solicitado a la comunidad que nos deje poner un buzón porque recibimos mucha correspondencia y como la entrada es una persina metalica no se puede tener buzón.

La Comunidad nos ha respondido que "como no estamos obligados a dejarte ponerlo" pues me deniegan la posiblidad... es muy fuerte ya que en verdad no les cuesta nada, nosotros pagamos el buzón.

El caso es que no sé si tengo este derecho o no. ¿Alquien lo sabe?

Saludos. bsrl
19/09/2007 17:47
Opino que cada local o vivienda perteneciente a un edificio en régimen de comunidad tiene derecho a disponer de buzón.
¿En qué se basa la contestación de la Comunidad ["como no estamos obligados a dejarte ponerlo"]? Que te den el fundamento legal de su oposición.
19/09/2007 18:14
Cielos, pues si la verdad me quedé con esa contestación y ni siquiera le pregunté lo básico -en que se basa-

Lo preguntaré esta semana y os cuento.

Por cierto, en Correos me han dicho que tiene obligación de permitírmelo pero creo que no es del todo exacto. Ellos apelan al Reglamento de Servicios Postales en el BOE 313 de 31 de Dic de 1999. Pero en el fondo aquí lo que dice es que CORREOS tiene derecho a obligarnos a Agrupar los buzones, pero también tiene el derecho de no hacer uso de su derecho. Art. 37.

Muchas gracias.
19/09/2007 19:02
Todo dependerá de lo que especifique la escritura de División Horizontal o los Estatutos, respecto al uso y cuota de las zonas comunes, en especial el portal.
Si se especifica claramente, que los locales no tienen que contribuir al mantenimiento del portal y escaleras, consecuentemente no tendrá derecho a colocar buzón.
Siempre podrá colocarlo en el exterior del local.
25/09/2007 18:59
El que no participe de los gastos de portal, no es obstaculo para que tenga derecho a poner un buzón en el portal, pues es una zona común que le pertenece, usted puede poner el buzón en el portal.
Y la normativa de correos si le obliga a tener el buzón agrupado en el portal, con el resto de las fincas del edificio.
Mandele una carta al jefe de carteria, haga las alegaciones pertinentes y verá como le dejan de repartir el correo a sus vecinos, si no agrupan los buzones. Mandele otra carta si no da resultado la enviada al jefe de carteria, al sindicalista que tenga la oficina de correos, vera los resultados