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Derecho fundamental de acceso a la información pública

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Derecho fundamental de acceso a la información pública
23/11/2018 11:59
El Artículo 10 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, ratificado por España, establece el derecho fundamental de libre expresión y circulación de información.

En Társaság a Szabadságjogokért v. Hungary de 14 abril 2009 y Kenedi v. Hungary, 26 mayo 2009 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos establece que el derecho fundamental a la información abarca un derecho de acceso a la información pública.

El artículo 15 del Estatuto de Autonomía de Cataluña establece que:

"1. Los ciudadanos de Cataluña son titulares de los derechos y deberes reconocidos por las normas a que se refiere el artículo 4.1."

El correspondiente art.4.1 reza lo siguiente:

"Los poderes públicos de Cataluña deben promover el pleno ejercicio de las libertades y los derechos que reconocen el presente Estatuto, la Constitución, la Unión Europea, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y los demás tratados y convenios internacionales suscritos por España que reconocen y garantizan los derechos y las libertades fundamentales."

Significa eso que la la ley autonómica de Cataluña configura el derecho de acceso a la información pública como un derecho fundamental, o solamente que los ciudadanos de Cataluña son titulares de este derecho, sin reconocer que se tiene que tratar como un como derecho fundamental?