Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Derecho sobre ilustraciones

2 Comentarios
 
Derecho sobre ilustraciones
20/10/2004 15:49
Hola,

Acabo de comenzar en esto de la ilustración profesional y me encuentro con mi primer encargo. Resulta que una editorial quiere que realice algunas ilustraciones para usar en sus productos.

Me surgen varias dudas (en realidad son un montón, pero trataré de sintetizarlas):
- ¿Debo registrar esas imágenes como propiedad mía de alguna manera? ¿Y cuánto me podría costar?
- Si me compran las ilustraciones, ¿pierdo la autóría de las mismas?
- Si esta editorial tiene beneficios explotando mis imágenes, ¿obtengo yo algo a cambio?

Por último. Esta editorial es nueva y de gente joven y me dicen que están pensando en alguna manera de usar mis imágenes pero que de momento no me podrían pagar más que una parte y el resto una vez que se obtengan los beneficios, ¿qué garantías tienen ese tipo de contratos? ¿son legales?

Bueno, por ahora creo que ya está. Muchas gracias por su atención.

David
21/10/2004 18:42
David,

De entrada lo que te aconsejamos es que registres esas ilustraciones en el Registro de la Propiedad Intelectual, el coste es muy bajo y así darás publicidad del registro por parte del autor en una fecha determinado, es una prueba más de que tú y solo tú eres el autor. La publicidad a terceros de tu autoría es a nivel mundial.

Tú la autoría no puedes perderla NUNCA, al ley de propiedad intelectual dice que el autor lo es desde el momento que crea su obra hasta siempre, en imprescriptible ese derecho, por mucho que yo ceda la autoría de este texto a alguien, seguiré siendo el autor, sería nula por tanto una cesión de autoría en ese sentido.

Lo que sí se puede ceder (y creo que a eso te refieres) son los derechos de explotación de tu obra, tú cederás, deduzco, a la editorial la explotación de tu obra durante un cierto tiempo, durante un territorio en concreto, y en unas determinadas condiciones económicas.

En principio la participación del autor en una cesión de ese tipo es a porcentaje en royalties, de cada copia que se venda un porcentaje irá para retribuir al ilustrador, lo más seguro es que recibas un adelanto de royalties.

Es un tema un tanto complejo ya que la editorial pueden hacerte firmar cláusulas que te vinculen de por vida, así que habría que mirarlo con lupa para asegurarte que no se aprovechan de ti.

Te informo que en virtud de un acuerdo de colaboración alcanzado con PORTICOLEGAL ofrecemos asesoría telefónica gratuita a los visitantes de su página web o en persona en nuestro despacho de Barcelona, así que llámanos y te asesoraremos.

Informa a la secretaria que llamas vía PORTICOLEGAL.

Esperamos haberte ayudado y quedamos a tu entera disposición.

Atentamente

José Coll & Pablo Castells
Abogados
ASESORÍA JURÍDICA DE LAS ARTES
Tel: 93 366 39 90
Mail: propiedadintelectual@pique-aa.com
21/10/2004 21:55
Muchas gracias por la respuesta, ahora estoy más informado y más intranquilo (es cierto eso de que la ignorancia da la felicidad).

Ahora mi pregunta es, ¿qué es exactamente eso de los royalties?