Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Derechos en Cliente

0 Comentarios
 
Derechos en cliente
11/01/2011 12:22
Ante todo gracias.

Necesito ayuda para aclararme respecto a algunos conceptos.

Este es mi caso detallado.

La empresa de la que ahora formo parte ganó un concurso de 'Asistencia Técnica' para la administración.

Contactaron conmigo ofreciendome el horario del cliente, 7 horas con 'posibilidad' de 6 horas en verano, la pega, sueldo acorde al horario... Acepté.

Cuando firme el contrato ví que ponía 40 horas semanales, así se lo hize ver al responsable de recursos humanos, me dijo que era el estandar y que así sería mas facil una posible reubicación una vez finalizada la obra, soy una persona bien pensada, firmé.

Contrato por obra y servicio, 40 horas semanales, convenio estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública.

Cuando comenze a trabajar, el cliente me preguntó como íbamos a manejar las horas de intervenciones fuera de horario, le dije que hablaría con mis jefes, me sorprendio que no lo tuvieran cerrado.

Primera sorpresa, mi jefe me dice que como no llego al computo anual de horas dentro del convenio no tengo derecho a cobrar o disfrutar como descanso las horas extras, pero que tengo que hacerlas porque así se ha acordado con el cliente, el contrato con el cliente es una bolsa de horas a ejecutar en dos años.

Segunda sorpresa, mi jefe me dice que no tengo derecho a la jornada reducida porque el cliente tiene horario flexible, y al estar las oficinas abiertas puedo realizar las siete horas que mi empresa pacto con el cliente como horario normal. Además sigo sin llegar a las 1800 horas que marca el convenio.

Yo no dije nada porque acabo de llegar al cliente, donde estoy integrado en un equipo de personal del cliente, y todavia no me he hecho mi hueco y soy prescindible y sigo en perido de prueba en contrato.

Llegan navidades, el cliente tiene como festivos el 24 y el 31, mando mi parte de vacaciones indicandoles que esos dos días son festivos para que lo tengan en cuenta. Me responden que al ser festivos en cliente, pero no en empresa, tengo que tomarlos como vacaciones.

Les respondo que no me parece una actitud razonable por su parte, les indico que teniendo en cuenta a todo lo que he renunciado, jornada reducida, horas extras, aunque no tenga derecho a esos días, deberían dármenlos.

Me responden otra vez con el computo de horas anual no cubierto, pero que teniendo en cuenta que ellos tienen media jornada esos días, solo me contaran como un dia de vacaciones. Es navidad, vuelvo a tragar.

He buscado información sobre el tema, pero no encuentro nada claro, de hecho encuentro información contradictoria.

Tengo serias dudas en los siguientes puntos:

1 - Horas extras. No se si lleva razón mi empresa respecto al computo de las 1800, o todo lo que salga del horario del cliente debería considerarse hora extra.

2 - Jornada reducida. Creo que me corresponde, sobre todo por estar integrado en un equipo del cliente que la disfruta. Pero no lo sé seguro.

3 - Calendario. No tengo claro si el calendario que me aplica debería ser el del cliente, que es mi centro de trabajo, o el de mi empresa.

En caso que mis dudas sean fundadas, ¿cuál es la mejor forma de revindicar estos derechos?
Derechos en Cliente | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Derechos en Cliente

0 Comentarios
 
Derechos en cliente
11/01/2011 12:22
Ante todo gracias.

Necesito ayuda para aclararme respecto a algunos conceptos.

Este es mi caso detallado.

La empresa de la que ahora formo parte ganó un concurso de 'Asistencia Técnica' para la administración.

Contactaron conmigo ofreciendome el horario del cliente, 7 horas con 'posibilidad' de 6 horas en verano, la pega, sueldo acorde al horario... Acepté.

Cuando firme el contrato ví que ponía 40 horas semanales, así se lo hize ver al responsable de recursos humanos, me dijo que era el estandar y que así sería mas facil una posible reubicación una vez finalizada la obra, soy una persona bien pensada, firmé.

Contrato por obra y servicio, 40 horas semanales, convenio estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública.

Cuando comenze a trabajar, el cliente me preguntó como íbamos a manejar las horas de intervenciones fuera de horario, le dije que hablaría con mis jefes, me sorprendio que no lo tuvieran cerrado.

Primera sorpresa, mi jefe me dice que como no llego al computo anual de horas dentro del convenio no tengo derecho a cobrar o disfrutar como descanso las horas extras, pero que tengo que hacerlas porque así se ha acordado con el cliente, el contrato con el cliente es una bolsa de horas a ejecutar en dos años.

Segunda sorpresa, mi jefe me dice que no tengo derecho a la jornada reducida porque el cliente tiene horario flexible, y al estar las oficinas abiertas puedo realizar las siete horas que mi empresa pacto con el cliente como horario normal. Además sigo sin llegar a las 1800 horas que marca el convenio.

Yo no dije nada porque acabo de llegar al cliente, donde estoy integrado en un equipo de personal del cliente, y todavia no me he hecho mi hueco y soy prescindible y sigo en perido de prueba en contrato.

Llegan navidades, el cliente tiene como festivos el 24 y el 31, mando mi parte de vacaciones indicandoles que esos dos días son festivos para que lo tengan en cuenta. Me responden que al ser festivos en cliente, pero no en empresa, tengo que tomarlos como vacaciones.

Les respondo que no me parece una actitud razonable por su parte, les indico que teniendo en cuenta a todo lo que he renunciado, jornada reducida, horas extras, aunque no tenga derecho a esos días, deberían dármenlos.

Me responden otra vez con el computo de horas anual no cubierto, pero que teniendo en cuenta que ellos tienen media jornada esos días, solo me contaran como un dia de vacaciones. Es navidad, vuelvo a tragar.

He buscado información sobre el tema, pero no encuentro nada claro, de hecho encuentro información contradictoria.

Tengo serias dudas en los siguientes puntos:

1 - Horas extras. No se si lleva razón mi empresa respecto al computo de las 1800, o todo lo que salga del horario del cliente debería considerarse hora extra.

2 - Jornada reducida. Creo que me corresponde, sobre todo por estar integrado en un equipo del cliente que la disfruta. Pero no lo sé seguro.

3 - Calendario. No tengo claro si el calendario que me aplica debería ser el del cliente, que es mi centro de trabajo, o el de mi empresa.

En caso que mis dudas sean fundadas, ¿cuál es la mejor forma de revindicar estos derechos?