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Derechos sobre la vivienda familiar

6 Comentarios
 
Derechos sobre la vivienda familiar
23/08/2005 01:52
Hola a todos. Hace unos 8 años que me separe. Tras la liquidacion de gananciales solo queda en la actualidad en comun la vivienda. En ella vive mi ex mujer y mis dos hijos (22-12) y mi pregunta es ¿que derechos tengo yo sobre la vivienda?¿puedo exigir que me de la mitad del valor de la vivienda y de los enseres?. Muchas gracias y un saludo.
24/08/2005 11:04
Por lo que entiendo, vosotros ya liquidasteis en su momento los gananciales y supongo que teneis cada uno un 50% de la vivienda y tu mujer tendrá atribuído el uso por sentencia judicial.Respecto a los enseres normalmente se reparten a la mitad en el momento de liquidar los gananciales, si no se hizo así en principio sí podrías exigirle el reparto al 50%.en cuanto a la casa lo mejor es que llegues a un acuerdo con ella para que se tase de comun acuerdo por ambos y se venda, reaprtiéndose después el precio, o que ella te compense si se la quiere quedar(de ahí puede que haya que descontar la hipoteca que reste por pagar y dependiendo si también os habeis adjudicado la deuda hipotecaria uno o ambos) Te digo que es mucho mejor el acuerdo porque la casa es un bien indivisible y como tal, si no hay acuerdo en el reparto, puede llegar a venderse y repartir el precio entre ambos por mandato judicial, es decir mediante subasta judicial después del procedimiento correspondiente.como verás esto es peor para la economía de ambos y sólo lo aconsejo si no hay ninguna otra manera de hacerlo porque el precio de venta suele ser muy inferior.Lo que sí puedes hacer si ella se niega, es presionarla con la posibilidad de la subasta,ya que podría hacerse aunque se mantenga su derecho de uso sobre la casa, supongo hasta q los hijos sean independientes economicamente. Suerte!!
24/08/2005 12:20
Muchas gracias Sofia: Efectivamente la liquidacion de gananciales se efectuó en su momento estableciendose en el convenio regulador correspondiente que se hará conforme a Ley. Tambien quedó reflejado en el convenio que el use y disfrute de la vivienda conyugal asi como el ajuar domestico sera de la madre e hijos menores (en la actualidad uno de ellos es ya independiente). Por otra parte, la vivienda No tiene ninguna carga (prestamo hipotecario). En el convenio regulador no se especifica nada sobre la liquidacion de la vivienda, solo lo que te he remarcado antes, que la sociedad de gananciales se liquidara conforme a ley y en este sentido desconozco que dice la ley sobre el tema de la vivienda.
Yo le he propuesto vender la vivienda pero no lo acepta. Tambien le he propuesto que compre mi parte pero me pone logicamente (por su parte) un precio bajisimo por no decir de risa. Evidentemente no acepto sus condiciones porque por la misma regla de tres y segun el precio que ella fija, le propongo que le compro su parte y categoricamente no acepta. Mientras tanto, yo he de vivir con mi madre (a mis años) por no tener posibilidad de adquirir otra vivienda. Es por ello que desconozco hasta que punto tengo algun derecho sobre la vivienda (ya me has despejado algunas dudas) y cuando podria hacer efectivo ese derecho. ¿Tengo que esperar a que mis hijos se emancipen?.
Respecto al ajuar, afirma que eso pertenece a la vivienda y que por lo tanto en el momento que haya que negociar un reparto del valor de la misma, eso no se computa, que no tendria que darme nada. Y yo me pregunto: ¿el ajuar propiamente dicho, electrodomesticos, mobiliario, lamparas, etc, etc.. no es un 50% de cada uno de nosotros?. Asegura que con el tiempo hay utensilios que se han ido deteriorando y que ha tenido que reponerlos y que son exclusivamente de ella.
Por todo ello, ¿qué puedo hacer y a qué me puedo acoger?. Muchas gracias y un saludo.
24/08/2005 13:18
Hay algunas cosas que me cuentas que son distintas a lo que pensé en principio.
1º el ajuar doméstico se le atribuyó a ella en convenio, pero sólo el uso o la propiedad? la verdad es que lo que cuenta es el uso en el caso de electrodomésticos, muebles, así que si pactaste eso libremente, poco puedes reclamarle de esos muebles, a menos que haya algo muy valioso y que se pueda vender sin que se haya depreciado en este tiempo.
2º por lo q dices en el convenio posiblemente liquidasteis los gananciales pero sin adjudicar, o sea que para adjudicarse cada uno el 50%de la casa habría que o bien redactar una adjudicación de gananciales formalmente y llevarla al Notario(esto si es por las buenas) o por las malas acudir al proceso del 806 y siguientes de la LEC para de momento adjudicar a cada uno la mitad, y luego podría hacerse lo que te comento de la subasta pero no es recomendable.
Yo le requeriría a ella por escrito( Burofax y si lo hace un Abogado mejor) para ofrecerle la posibilidad de que se tase la vivienda oficialmente y una vez los dos esteis de acuerdo con el valor, se venda por ese precio, o q os la quedeis uno de los dos y se compense al otro por lamitad del valor.se le advierte a ella que si no existe acuerdo puedes acudir al proceso que te digo y puede acabar con la venta en pública subasta, perjudicandoos ambos, y ello a pesar de que tenga atribuído el uso por sentencia, que sí se mantendría sobre la casa.
Además seguro que sabes que ultimamente proliferan empresas que se dedican a comprar casas aunque sea por una mitad y con alguien viviendo en ella, aunque primero deberías tener adjudicado formalmente tu 50%.

Espero haberte aclarado un poco.Un saludo.
24/08/2005 14:00
Muchas gracias Sofia:
Me ha quedado todo bastante claro gracias a tu informacion. Solo me queda matizarte lo que me preguntas respecto a los enseres o ajuar.
En el punto tercero de mi convenio regulador literalmente dice: "Se atribuye a la esposa es hijos menores que quedan en su compañia (la madre) el uso y disfrute de la vivienda conyugal y ajuar domestico. El esposo podrá retirar del domicilio conyugal sus efectos y enseres personales".
Por lo tanto y a tenor de esta clausula se podria valorar todo el contenido de los enseres y yo solicitar el 50% de su valor?.
Perdona mi torpeza y te agradezco enormemente tu ayuda.
25/08/2005 10:24
Parece que en el Convenio se atribuye el uso y disfrute del ajuar domestico a la esposa, es decir tendría la propiedad de un 50% por ley pero del otro 50% eres tú propietario aunque ella lo disfrute.En base a esto puedes intentar valorar lo que hay y pedirle el 50%(aunque realmente entiendo q no sería este porcentaje porque si tiene atribuído uso esa cantidad se deprecia)No sé aunque suene pesado lo mejor es que lo hableis tranquilamente si podeis, y llegar a un acuerdo satisfactorio para los dos.Suerte y ánimo!!!
25/08/2005 15:48
SOFIA, muchas gracias por tu ayuda. Sin duda me has despejado todas mis dudas y gracias igualmente por tus animos, relamente que los necesito.
Un saludo muy cordial.
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23/08/2005 01:52
Hola a todos. Hace unos 8 años que me separe. Tras la liquidacion de gananciales solo queda en la actualidad en comun la vivienda. En ella vive mi ex mujer y mis dos hijos (22-12) y mi pregunta es ¿que derechos tengo yo sobre la vivienda?¿puedo exigir que me de la mitad del valor de la vivienda y de los enseres?. Muchas gracias y un saludo.
24/08/2005 11:04
Por lo que entiendo, vosotros ya liquidasteis en su momento los gananciales y supongo que teneis cada uno un 50% de la vivienda y tu mujer tendrá atribuído el uso por sentencia judicial.Respecto a los enseres normalmente se reparten a la mitad en el momento de liquidar los gananciales, si no se hizo así en principio sí podrías exigirle el reparto al 50%.en cuanto a la casa lo mejor es que llegues a un acuerdo con ella para que se tase de comun acuerdo por ambos y se venda, reaprtiéndose después el precio, o que ella te compense si se la quiere quedar(de ahí puede que haya que descontar la hipoteca que reste por pagar y dependiendo si también os habeis adjudicado la deuda hipotecaria uno o ambos) Te digo que es mucho mejor el acuerdo porque la casa es un bien indivisible y como tal, si no hay acuerdo en el reparto, puede llegar a venderse y repartir el precio entre ambos por mandato judicial, es decir mediante subasta judicial después del procedimiento correspondiente.como verás esto es peor para la economía de ambos y sólo lo aconsejo si no hay ninguna otra manera de hacerlo porque el precio de venta suele ser muy inferior.Lo que sí puedes hacer si ella se niega, es presionarla con la posibilidad de la subasta,ya que podría hacerse aunque se mantenga su derecho de uso sobre la casa, supongo hasta q los hijos sean independientes economicamente. Suerte!!
24/08/2005 12:20
Muchas gracias Sofia: Efectivamente la liquidacion de gananciales se efectuó en su momento estableciendose en el convenio regulador correspondiente que se hará conforme a Ley. Tambien quedó reflejado en el convenio que el use y disfrute de la vivienda conyugal asi como el ajuar domestico sera de la madre e hijos menores (en la actualidad uno de ellos es ya independiente). Por otra parte, la vivienda No tiene ninguna carga (prestamo hipotecario). En el convenio regulador no se especifica nada sobre la liquidacion de la vivienda, solo lo que te he remarcado antes, que la sociedad de gananciales se liquidara conforme a ley y en este sentido desconozco que dice la ley sobre el tema de la vivienda.
Yo le he propuesto vender la vivienda pero no lo acepta. Tambien le he propuesto que compre mi parte pero me pone logicamente (por su parte) un precio bajisimo por no decir de risa. Evidentemente no acepto sus condiciones porque por la misma regla de tres y segun el precio que ella fija, le propongo que le compro su parte y categoricamente no acepta. Mientras tanto, yo he de vivir con mi madre (a mis años) por no tener posibilidad de adquirir otra vivienda. Es por ello que desconozco hasta que punto tengo algun derecho sobre la vivienda (ya me has despejado algunas dudas) y cuando podria hacer efectivo ese derecho. ¿Tengo que esperar a que mis hijos se emancipen?.
Respecto al ajuar, afirma que eso pertenece a la vivienda y que por lo tanto en el momento que haya que negociar un reparto del valor de la misma, eso no se computa, que no tendria que darme nada. Y yo me pregunto: ¿el ajuar propiamente dicho, electrodomesticos, mobiliario, lamparas, etc, etc.. no es un 50% de cada uno de nosotros?. Asegura que con el tiempo hay utensilios que se han ido deteriorando y que ha tenido que reponerlos y que son exclusivamente de ella.
Por todo ello, ¿qué puedo hacer y a qué me puedo acoger?. Muchas gracias y un saludo.
24/08/2005 13:18
Hay algunas cosas que me cuentas que son distintas a lo que pensé en principio.
1º el ajuar doméstico se le atribuyó a ella en convenio, pero sólo el uso o la propiedad? la verdad es que lo que cuenta es el uso en el caso de electrodomésticos, muebles, así que si pactaste eso libremente, poco puedes reclamarle de esos muebles, a menos que haya algo muy valioso y que se pueda vender sin que se haya depreciado en este tiempo.
2º por lo q dices en el convenio posiblemente liquidasteis los gananciales pero sin adjudicar, o sea que para adjudicarse cada uno el 50%de la casa habría que o bien redactar una adjudicación de gananciales formalmente y llevarla al Notario(esto si es por las buenas) o por las malas acudir al proceso del 806 y siguientes de la LEC para de momento adjudicar a cada uno la mitad, y luego podría hacerse lo que te comento de la subasta pero no es recomendable.
Yo le requeriría a ella por escrito( Burofax y si lo hace un Abogado mejor) para ofrecerle la posibilidad de que se tase la vivienda oficialmente y una vez los dos esteis de acuerdo con el valor, se venda por ese precio, o q os la quedeis uno de los dos y se compense al otro por lamitad del valor.se le advierte a ella que si no existe acuerdo puedes acudir al proceso que te digo y puede acabar con la venta en pública subasta, perjudicandoos ambos, y ello a pesar de que tenga atribuído el uso por sentencia, que sí se mantendría sobre la casa.
Además seguro que sabes que ultimamente proliferan empresas que se dedican a comprar casas aunque sea por una mitad y con alguien viviendo en ella, aunque primero deberías tener adjudicado formalmente tu 50%.

Espero haberte aclarado un poco.Un saludo.
24/08/2005 14:00
Muchas gracias Sofia:
Me ha quedado todo bastante claro gracias a tu informacion. Solo me queda matizarte lo que me preguntas respecto a los enseres o ajuar.
En el punto tercero de mi convenio regulador literalmente dice: "Se atribuye a la esposa es hijos menores que quedan en su compañia (la madre) el uso y disfrute de la vivienda conyugal y ajuar domestico. El esposo podrá retirar del domicilio conyugal sus efectos y enseres personales".
Por lo tanto y a tenor de esta clausula se podria valorar todo el contenido de los enseres y yo solicitar el 50% de su valor?.
Perdona mi torpeza y te agradezco enormemente tu ayuda.
25/08/2005 10:24
Parece que en el Convenio se atribuye el uso y disfrute del ajuar domestico a la esposa, es decir tendría la propiedad de un 50% por ley pero del otro 50% eres tú propietario aunque ella lo disfrute.En base a esto puedes intentar valorar lo que hay y pedirle el 50%(aunque realmente entiendo q no sería este porcentaje porque si tiene atribuído uso esa cantidad se deprecia)No sé aunque suene pesado lo mejor es que lo hableis tranquilamente si podeis, y llegar a un acuerdo satisfactorio para los dos.Suerte y ánimo!!!
25/08/2005 15:48
SOFIA, muchas gracias por tu ayuda. Sin duda me has despejado todas mis dudas y gracias igualmente por tus animos, relamente que los necesito.
Un saludo muy cordial.