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desahuciar inquilinos

3 Comentarios
 
Desahuciar inquilinos
08/02/2005 13:28
hola, tengo un problema grave, mis padres tienen alquilado un piso a un matrimonio francés que lleva tres meses sin pagar y ha causado importantes destrozos en el piso, además han cambiado la cerradura y no abren la puerta cuando vamos, y lo peor de todo es que tienen un contrato de alquiler de 5 años pero no encontramos nuestra copia del contrato,QUE PODEMOS HACER PARA QUE SE VAYAN, POR NO PAGAR Y POR LOS DESTROZOS SI NO ENCONTRAMOS EL CONTRATO?, por favor necesito saber que pasos seguir legalmente y las opciones. gracias.
11/02/2005 12:10
Lo mejor que puedes hacer es ponerte en manos de un abogado para que estudie el tema y vea como formular la demanda. Si tuvieses el contrato, sería tan fácil como interponer un juicio de desahucio por falta de pago de la renta, en este caso los inquilinos o pagan la renta que tienen pendiente ( lo que se conoce como enervación del desahucio, que sólo se puede hacer una vez ) o de lo contrario se acordará su lanzamiento. No perdaís más tiempo, poneros en manos de un abogado, yo lo veo así.
27/02/2005 22:45
Maria G gil, y que pasa si no pueden notificarles desde el Juzgado la denuncia por desahucio, creo que termina el procedimiento.
28/02/2005 09:04
Creo que el hecho de no poder notificar una demanda no hace que el procedimiento finalice, sino más bien que habrá que tomar las medidas adecuadas para que tengan conocimiento del proceso ( lo más normal una notificación a través de edictos ). De todas formas ¿ por qué preguntas esto ? ¿ es que no es su residencia habitual la vivienda que tienes alquilada ? Los procesos de desahucio de los que he tenido conocimiento siempre se notificó la demanda en el piso que tenían alquilado.
En cuanto al desahucio ve a un abogado, si no tienes contrato porque lo has extraviado el problema que veo aquí es el siguiente: se les demanda por desahucio en precario, que es cuando no tienen contrato, pero ellos pueden excepcionar que sí tienen contrato y como no he visto ningún caso semejante no sé cómo se puede continuar. No puede ser muy difícil para alguien que lleve unos años ejerciendo, pero yo no me dedico a esto, aunque por motivos personales sí que conozco al Ley de Arrendamientos y algo de procesal.
No puedo ayudarte más y si en algo me he equivocado he contestado de la mejor manera que sé. Un saludo.
desahuciar inquilinos | PorticoLegal
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Desahuciar inquilinos
08/02/2005 13:28
hola, tengo un problema grave, mis padres tienen alquilado un piso a un matrimonio francés que lleva tres meses sin pagar y ha causado importantes destrozos en el piso, además han cambiado la cerradura y no abren la puerta cuando vamos, y lo peor de todo es que tienen un contrato de alquiler de 5 años pero no encontramos nuestra copia del contrato,QUE PODEMOS HACER PARA QUE SE VAYAN, POR NO PAGAR Y POR LOS DESTROZOS SI NO ENCONTRAMOS EL CONTRATO?, por favor necesito saber que pasos seguir legalmente y las opciones. gracias.
11/02/2005 12:10
Lo mejor que puedes hacer es ponerte en manos de un abogado para que estudie el tema y vea como formular la demanda. Si tuvieses el contrato, sería tan fácil como interponer un juicio de desahucio por falta de pago de la renta, en este caso los inquilinos o pagan la renta que tienen pendiente ( lo que se conoce como enervación del desahucio, que sólo se puede hacer una vez ) o de lo contrario se acordará su lanzamiento. No perdaís más tiempo, poneros en manos de un abogado, yo lo veo así.
27/02/2005 22:45
Maria G gil, y que pasa si no pueden notificarles desde el Juzgado la denuncia por desahucio, creo que termina el procedimiento.
28/02/2005 09:04
Creo que el hecho de no poder notificar una demanda no hace que el procedimiento finalice, sino más bien que habrá que tomar las medidas adecuadas para que tengan conocimiento del proceso ( lo más normal una notificación a través de edictos ). De todas formas ¿ por qué preguntas esto ? ¿ es que no es su residencia habitual la vivienda que tienes alquilada ? Los procesos de desahucio de los que he tenido conocimiento siempre se notificó la demanda en el piso que tenían alquilado.
En cuanto al desahucio ve a un abogado, si no tienes contrato porque lo has extraviado el problema que veo aquí es el siguiente: se les demanda por desahucio en precario, que es cuando no tienen contrato, pero ellos pueden excepcionar que sí tienen contrato y como no he visto ningún caso semejante no sé cómo se puede continuar. No puede ser muy difícil para alguien que lleve unos años ejerciendo, pero yo no me dedico a esto, aunque por motivos personales sí que conozco al Ley de Arrendamientos y algo de procesal.
No puedo ayudarte más y si en algo me he equivocado he contestado de la mejor manera que sé. Un saludo.