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desahucio inapropiado

2 Comentarios
 
Desahucio inapropiado
03/12/2008 13:03
Hola, espero que esta consulta genere un poco de debate, ya que nos hemos encontrado en una situación de extrema indefensión. En septiembre de 2007, formalizamos un contrato de arrendamiento de una vivienda. Al cabo de dos meses, el arrendatario comenzó a hacernos la vida dificil e incluso nos cortó la luz (pagando puntualmente), hecho por el que le denunciamos, aunque fue exculpado por falta de pruebas. A finales de diciembre, le enviamos un Burofax expresando la decisión de rescindir el contrato y solicitando la devolución de la fianza, asunto del que también informamos por teléfono. Este burofax caducó en lista sin recoger, y a finales de enero, y debido a la imposibilidad de comunicarnos con el casero, intentamos la entrega de llaves por mensajería. El destinatario rehusa el paquete donde se especificaba su contenido. Ante esto y sin saber que hacer, acudimos al juzgado en busca de consejo y nos aconsejan la entrega de llaves en este juzgado, donde las recogen y nos aseguran que el tema está zanjado. En ese momento ya hemos realizado la mudanza y vivimos en otra vivienda de alquiler. Meses después, ya en noviembre, recibimos una notificación judicial para comparecer por un juicio de desahucio de la citada vivienda y pago de las rentas, y ante nuestra sorpresa, la denuncia es tramitada en el mismo juzgado donde hemos entregado las llaves casi dos meses después de la entrega de estas. Recibimos el aviso 15 días antes del juicio y nos designan abogado tres días antes. Presentamos en el juicio todas las pruebas documentales (Denuncia al casero, burofax, 2 avisos de servicio de correos, justificante de envio de mensajería, albaran de incidencias donde consta que rehusa el envio, copia del justificante de entrega de llaves en juzgado, recibos del nuevo alquiler entre enero y noviembre), donde no se aceptan, al igual que el testimonio de nuestro actual arrendatario. La sentencia se dicta al día siguiente, condenándonos al pago de 3600 euros en concepto de mensualidades por la citada vivienda, sin tener en cuenta en ningún momento que no residimos allí desde antes del momento de la denuncia, los intentos realizados de rescindir el contrato amistosamente ni la mala fe deducible de los actos del arrendatario. No sabemos como reaccionar ante esta injusticia y solicitamos toda la ayuda legal que nos podais aportar
03/12/2008 17:01
Hola victimajuzgado. Por los hechos narrados deduzco que su exarrendador le demandó por incumplimiento de contrato y que el Juzgado le ha condenado al pago de X mensualidades de renta(imagino que desde Enero de 2008 hasta alguna fecha anterior a Septiembre de 2008), en concepto de daños y perjuicios.

Su arrendador estaba en su derecho de REHUSAR la devolución de las llaves y la posterior consignación judicial de las mismas únicamente es para computar el periodo de tiempo en que su exarrendador recuperó la posesión de la vivienda para poder arrendarla nuevamente, lo que, asu vez, sirve para determinar la cuantía de la indemnización(periodo de tiempo hasta que fue arrendada nuevamente).

Imagino que ante la sentencia de primera instancia habrán recurrido en Apelación en tiempo y forma. Si no lo han hecho y aún están en plazo recurra. Si ya transcurrió el plazo para recurrir, si usted no paga voluntariamente se ejecutará la sentencia.

Reciba un cordial saludo.
03/12/2008 17:05
Lamento ser suspicaz, pero no me creo que no os aceptaran esas pruebas documentales, pues llevan el sello y registro del mismo juzgado...
Si esto es realmente así, elevadlo donde haga falta, pues tenéis las de ganar. (claramente ahí habría algo raro...ya me entendéis)
desahucio inapropiado | PorticoLegal
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03/12/2008 13:03
Hola, espero que esta consulta genere un poco de debate, ya que nos hemos encontrado en una situación de extrema indefensión. En septiembre de 2007, formalizamos un contrato de arrendamiento de una vivienda. Al cabo de dos meses, el arrendatario comenzó a hacernos la vida dificil e incluso nos cortó la luz (pagando puntualmente), hecho por el que le denunciamos, aunque fue exculpado por falta de pruebas. A finales de diciembre, le enviamos un Burofax expresando la decisión de rescindir el contrato y solicitando la devolución de la fianza, asunto del que también informamos por teléfono. Este burofax caducó en lista sin recoger, y a finales de enero, y debido a la imposibilidad de comunicarnos con el casero, intentamos la entrega de llaves por mensajería. El destinatario rehusa el paquete donde se especificaba su contenido. Ante esto y sin saber que hacer, acudimos al juzgado en busca de consejo y nos aconsejan la entrega de llaves en este juzgado, donde las recogen y nos aseguran que el tema está zanjado. En ese momento ya hemos realizado la mudanza y vivimos en otra vivienda de alquiler. Meses después, ya en noviembre, recibimos una notificación judicial para comparecer por un juicio de desahucio de la citada vivienda y pago de las rentas, y ante nuestra sorpresa, la denuncia es tramitada en el mismo juzgado donde hemos entregado las llaves casi dos meses después de la entrega de estas. Recibimos el aviso 15 días antes del juicio y nos designan abogado tres días antes. Presentamos en el juicio todas las pruebas documentales (Denuncia al casero, burofax, 2 avisos de servicio de correos, justificante de envio de mensajería, albaran de incidencias donde consta que rehusa el envio, copia del justificante de entrega de llaves en juzgado, recibos del nuevo alquiler entre enero y noviembre), donde no se aceptan, al igual que el testimonio de nuestro actual arrendatario. La sentencia se dicta al día siguiente, condenándonos al pago de 3600 euros en concepto de mensualidades por la citada vivienda, sin tener en cuenta en ningún momento que no residimos allí desde antes del momento de la denuncia, los intentos realizados de rescindir el contrato amistosamente ni la mala fe deducible de los actos del arrendatario. No sabemos como reaccionar ante esta injusticia y solicitamos toda la ayuda legal que nos podais aportar
03/12/2008 17:01
Hola victimajuzgado. Por los hechos narrados deduzco que su exarrendador le demandó por incumplimiento de contrato y que el Juzgado le ha condenado al pago de X mensualidades de renta(imagino que desde Enero de 2008 hasta alguna fecha anterior a Septiembre de 2008), en concepto de daños y perjuicios.

Su arrendador estaba en su derecho de REHUSAR la devolución de las llaves y la posterior consignación judicial de las mismas únicamente es para computar el periodo de tiempo en que su exarrendador recuperó la posesión de la vivienda para poder arrendarla nuevamente, lo que, asu vez, sirve para determinar la cuantía de la indemnización(periodo de tiempo hasta que fue arrendada nuevamente).

Imagino que ante la sentencia de primera instancia habrán recurrido en Apelación en tiempo y forma. Si no lo han hecho y aún están en plazo recurra. Si ya transcurrió el plazo para recurrir, si usted no paga voluntariamente se ejecutará la sentencia.

Reciba un cordial saludo.
03/12/2008 17:05
Lamento ser suspicaz, pero no me creo que no os aceptaran esas pruebas documentales, pues llevan el sello y registro del mismo juzgado...
Si esto es realmente así, elevadlo donde haga falta, pues tenéis las de ganar. (claramente ahí habría algo raro...ya me entendéis)