Hola a todos, tengo mi primer juicio de faltas la proxima semana. y agradecería alguien me guiara acerca de como se desarrollara (si hay tramite de conclusiones, si puedo citar a testigos....)
- Léete el art. 969 Lecrim. - Sí puedes citar testigos (tienes q llevarlos tú y te los tiene q admitir el juez "a quo"). - Sí hay trámite de conclusiones. - No te preocupes, pues es el juez quien dirige el debate y quien otorga el uso de la palabra. - Suerte¡