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Descanso entre jornadas laborales

17 Comentarios
 
Descanso entre jornadas laborales
25/10/2018 00:34
En mi actual empresa no se respetan las 12 horas entre una jornada laboral y otro. ¿Qué puede sucederle a la empresa y a mi si lo denuncio? ¿Y si lo denunciara después de ser despedido?
25/10/2018 11:41
Trabajador74
Si ya no trabaja lo normal es que la inspección no haga nada. Si esta trabajando a la empresa la obligaran a cumplir con el descanso entre jornadas y al trabajador no debería pasarle nada, en ppio la empresa no debe saber quien denuncia.
25/10/2018 12:26
jamgpreve
¿Y en el momento del despido es posible solicitar algún tipo de compensación económica?
25/10/2018 13:25
Trabajador74
Porqué?"por no haber respetado el descanso entre jornadas? En un despido hay dcho a una indemnización pero solo por el despido y la clasificación de éste, es decir según sea procedente o improcedente y si es disciplinario procedente habría habría indemnización.
25/10/2018 15:02
Trabajador74
¿Es usted abogado laboralista? Claro. Es un derecho de los trabajadores recogido en el artículo 34 del Estatuto de los trabajadores.
25/10/2018 16:18
Trabajador74
No, no soy abogado laboralista pero tengo mucho mas claro que usted como funciona la legislación laboral y un incumplimiento empresarial puede dar opción a sancion por parte de inspección pero a demanda por reclamacion de cantidad en concepto de indemnización ni flipado.
Hala acoja usted artículos del ET din saber a que hacen referencia.
SMO
25/10/2018 16:54
Trabajador74
Saludos. Pero debería hablar sabiendo más las cosas.
25/10/2018 18:12
Trabajador74
Pero qué es lo que según usted no se?
Quiere reclamar que le indemnicen por un incumplimiento empresarial?
Si le imponen un incumplimiento como es no respetar el descanso entre jornadas puede denunciarlo y la inspección deberá intervenir y obligar al empresario a cumplir y la forma de obligarle será por medio de sanción pero eso no repercute en ninguna indemnización para el trabajador, a ver en qué me equivoco?
25/10/2018 18:21
Trabajador74
Habla usted sin experiencia profesional, con lo cual puede no ser como usted dice. Y, pasa sé que la empresa no le pasa nada a que puede recibir una sanción.
Venga, gracias y saludos.
25/10/2018 21:57
Trabajador74
Que quiere decir que al no ser abogado no tengo conocimientos de dcho laboral? Que no tengo experiencia? Si le parecen poco 28 años como delegado de personal y tratando con los delegados del sindicato no tengo experiencia.
Y usted que persigue sancion a la empresa, eso ya le he dicho que si, mientras este en activo si causa baja en la empresa, por experiencia le digo que la inspección no hará nada, si esta en activo y denuncia entonces si pero será un aviso para que respeten la jornada y en un segundo caso aplicarían sancion PERO INDEMNIZACIÓN PARA EL TRABAJADOR COMO USTED PRETENDE NI HARTO GRIFA
26/10/2018 07:44
jamgpreve
Pues en éste tribunal se deben haber tomado de lo que usted dice.
***
Saludos.
26/10/2018 14:58
Trabajador74
Y porqué no nos dice qué Juzgado y Qué sta se trata? Porque leyendo la misma podríamos comprobar sobre que trata y que argumentos dan pie a esa sta y cual es el tallo, como no hay manera de que usted nos aclare algo....
26/10/2018 15:29
Trabajador74
Venga. La perra gorda para usted. Creo que la sentencia deja muy claro que no todos los casos son como usted dice. Hay que ser un poco más humilde y aceptar cuando uno no sabe algo y menos dar opiniones como un profesional si no se es.
Saludos.
26/10/2018 17:48
Trabajador74
Pero a qué sts se refiere? Porqué esa fijación de hablar de la sts sin decirnos cual es? Yo puedo estar equivocado en muchas cosas y puede haber multitud de sta basándose en argumentos o por ej. Que se pierden por estar mal planteadas y eso solo podemos verlo en la sta, usted no deja de divagar pero no nos aporta la informacion necesaria, no se a que tiene miedo o qué pretende ocultar.
17/12/2019 14:30
Trabajador74
hola quería saber si se pueden echar 8.5 horas de trabajo al día y otros días menos, porque en mi empresa han cambiado el horario a 8.5 horas de lunes a jueves, con una hora para comer en medio (9-15-16-18.30h), y los viernes 6 horas (9-15 h). Al final son 40 horas semanales como indica el contrato, pero lo quería consultar, como siempre escucho lo de 8 horas diaria.
Gracias
17/12/2019 15:04
Alvareli
El ET reconoce una jornada máxima diaria de 9 h/día pero esa decisión tuvo que ser acordada con los trabajadores por medio del Comité de Empresa, de otra forma, como decisión unilateral por parte de la empresa sería una modif, Susy, de las condiciones laborales (ser 41 ET), lo que habilita al trabajador a reaccionar contra esa jornada establecida por la empresa y tomar medidas del art (41.3 ET), ojo si es acuerdo con el Comité el trabajador no puede hacer nada, ya que quien representa ante la empresa a los trabajadores es el Comité de Empresa.
18/12/2019 10:03
Jamgrrhh28
gracias por su respuesta.no hay comité de empresa, somos pocos trabajadores, pero hemos estado de acuerdo en ese horario.Lo que quería saber es si era correcto ese horario, que no supone horas extras por superar las 8 horas, y si el descanso de una hora para comer es correcto.
Gracias
18/12/2019 20:32
Alvareli
Como ya dije se pueden hacer hasta 9 h e incluso, si así lo pactasen todos los trabajadores hasta 12, de esta forma descansaría mucho más.
En cuanto a 1 h para comer es el mínimo.