Trabajo en un supermercado unide market, y en el convenio cita que tenemos derecho a descuento en compras: Art. 29. Descuento en compras.Los trabajadores afectados por el presente convenio tendrán derecho en las compras que realicen en la propia empresa al adquirir los artículos a precio de costo, incrementado con los gastos generales, siempre que los artículos adquiridos se destinen a uso personal y al de sus familiares que con él convivan y estén a su cargo.
Buenas tardes, así a bote pronto, es considerado salario en especie, y por analogía digamos, cuando no cobra una cantidad monetaria la reclama a la empresa primero y si no, pues presenta una demanda por reclamación de cantidad con el 10% de mora correspondiente ante juzgados, en este caso, tendría que ir coleccionando los tickets y tendría que saber el coste del producto y el precio de venta para obtener la cuantía que le están cobrando demás. Es lo que se me ha ocurrido más razonablemente, si no se establece ningún requisito más para dicho descuento, no sé, quizá un importe mínimo de compras u otro requisito, le corresponde a todos los trabajadores, casi sería mejor una solicitud conjunta de reclamación de derecho al descuento y si no atienden dicha petición, demanda conjunta de todos, lo que haría más fuerza que señalándose un sólo trabajador. smo.