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Descuento nomina-asistencia Smac

7 Comentarios
 
Descuento nomina-asistencia smac
16/04/2012 23:53
En Febrero (29-02-2012) tuve un acto de conciliación contra mi empresa en el SMAC.

Ahora en la nómina de Marzo me descuentan un día por este hecho(ponen inasistencia) con fecha 01-03-2012.

¿Me pueden descontar el día de trabajo por perder 4 horas para ir al Smac?

¿ No tengo oblgación de asistir?

¿Me lo pueden pone en la Nómina de marzo con día 01-03-2012?

Muchas Gracias
17/04/2012 23:31
no pueden descontarte, consultalo con tu abogado.
18/04/2012 15:07
OK gracias.
¿Puedo firmar la nómina como no conforme para después denunciar?.
Muchas gracias.
18/04/2012 16:33
La firma de la nómina no implica su conformidad, puedes reclamar aunque no firmes como no conforme.
18/04/2012 16:33
pero... ¿faltaste todo el día por el hecho de tener el acto de conciliación?
18/04/2012 16:35
nando, por lo que dice weekend, no asistió a la mañana, pero a la tarde fue a trabajar
18/04/2012 22:53
Efectivamente falté media jornada.
¿Me pueden poner la inasistencia en la Nómina de marzo con día 01-03-2012?
Se supone que me han descontado el dia de la huelga también, pero no viene reflejado en la nónima.¿eso es normal?
18/04/2012 23:28
Disculpad, el consultante lo dejaba claro ya en su intervención inicial, se ausentó 4 horas.

A ver, el que sea un permiso retribuido, incluso aunque se trate de un acto de conciliación en el que la parte contraria es tu propia empresa, es algo indiscutible. Ahora bien, el permiso lo será por el tiempo INDISPENSABLE.
¿Y qué puede considerarse como indispensable?
Eso habrá que determinarse en función de las circunastancias del caso (distancia del centro de trabajo al organismo de conciliaciones, facilidades de transporte, desarrollo del acto de conciliación, etc.
Pero vaya, el propio acto de conciliaciónm y si no hay retrasos respecto a la hora señalada, normalmente dura unos minutos. A mi me toca ir de vez en cuando a conciliaciones , tengo unos 10 km (20 minutos en coche) desde el centro de trabajo, y normalmente no me lleva más de una hora desde que salgo hasta que regreso al centro de trabajo.
Pero vaya..., como digo, habrá que conocer las circunstancias del caso y analizar si esas 4 horas pueden consideraerse como tiempo "indispensable".

En cualquier caso, e incluso si puede conisderarse ese tiempo como excesivo, lo que no podrá hacerse es descontar las 4 horas, "ese tiempo indispensable" (el que sea, pero tiene que existir) deberá ser retribuido.
Si, para colmo, le han descontado todo el día, eso si que ya es claramente irregular (entiendo que al menos trabajaste media jornada, ¿no?).
En fin, habla con los responsables de RRHH o de nóminas y que te lo aclaren. Como digo, pueden haber dudas o debate sobre lo que puede entenderse como "tiempo indispensable", pero es a todas luces irregular que te descuenten todo el dia.

Saludos