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desempleados sin derecho a paro

8 Comentarios
 
Desempleados sin derecho a paro
15/04/2012 12:36
Tengo una amiga de 50 años que ha empezado a cobrar la ayuda para desempleados sin derecho a paro pero le han dicho que es valida solo para 6 meses y que no es renovable. Eso me ha extrañado un poco, porque entonces ¿no es renovable? ¿puede tener acceso a alguna otra ayuda?? Gracias por anticipado. Un saludo
15/04/2012 17:07
Como se llama esa ayuda?
15/04/2012 22:54
No se si tiene un nombre especifico pero era el subsidio especial para mayores de 45 años
15/04/2012 22:57
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/pdf/Triptico_subsi_Desem_ago.pdf

Mira aquí.
15/04/2012 22:58
OK. Muchas gracias y un saludo
15/04/2012 22:59
Aquí tambien.
http://www.sepe.es/indicePreguntas/lasVeinte.do?indice=1&idioma=es&tipo=2&idSubtema=-1&palabra=&busqueda=ambas
15/04/2012 23:01
Y aquí.

http://consejoslaboralyseguridadsocial.blogspot.com.es/search/label/PREGUNTAS-RESPUESTAS
15/04/2012 23:03
Muchas gracias por la informacion. Saludos
16/04/2012 07:24
Hay diferentes subsidios para distintas situaciones.
Si se trata del subsidio especial para mayores de 45 años, quiere decir que la persona agotó una prestación contributiva de 720 días de derecho. Como la palabras lo dice, se trata de un subsidio ESPECIAL. En este caso, una vez finalizado este subsidio especial, se podría tener derecho posteriormente al subsidio por agotamiento de la prestación para mayores de 45 años, ya sea con responsabilidades familiares o sin ellas. No se trata de una prórroga o renovación, sino que son dos subsidios diferentes.
En el caso de que no sea el subsidio especial y sea el SUBSIDIO POR COTIZACIONES INSUFICIENTES, subsidio que se da cuando no ha generado derecho a prestación contributiva. Una vez finalizado el subsidio, podría tener derecho a la Renta Activa de Inserción (11 meses) o tal vez al PREPARA (una subvención de 6 meses). Tampoco se trata de una prórroga o renovación. Se puede tener derecho al primero pero no a los otros.
Oficina virtual 901 11 99 99
www.sepe.es.
Saludos.
desempleados sin derecho a paro | PorticoLegal
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desempleados sin derecho a paro

8 Comentarios
 
Desempleados sin derecho a paro
15/04/2012 12:36
Tengo una amiga de 50 años que ha empezado a cobrar la ayuda para desempleados sin derecho a paro pero le han dicho que es valida solo para 6 meses y que no es renovable. Eso me ha extrañado un poco, porque entonces ¿no es renovable? ¿puede tener acceso a alguna otra ayuda?? Gracias por anticipado. Un saludo
15/04/2012 17:07
Como se llama esa ayuda?
15/04/2012 22:54
No se si tiene un nombre especifico pero era el subsidio especial para mayores de 45 años
15/04/2012 22:57
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/pdf/Triptico_subsi_Desem_ago.pdf

Mira aquí.
15/04/2012 22:58
OK. Muchas gracias y un saludo
15/04/2012 22:59
Aquí tambien.
http://www.sepe.es/indicePreguntas/lasVeinte.do?indice=1&idioma=es&tipo=2&idSubtema=-1&palabra=&busqueda=ambas
15/04/2012 23:01
Y aquí.

http://consejoslaboralyseguridadsocial.blogspot.com.es/search/label/PREGUNTAS-RESPUESTAS
15/04/2012 23:03
Muchas gracias por la informacion. Saludos
16/04/2012 07:24
Hay diferentes subsidios para distintas situaciones.
Si se trata del subsidio especial para mayores de 45 años, quiere decir que la persona agotó una prestación contributiva de 720 días de derecho. Como la palabras lo dice, se trata de un subsidio ESPECIAL. En este caso, una vez finalizado este subsidio especial, se podría tener derecho posteriormente al subsidio por agotamiento de la prestación para mayores de 45 años, ya sea con responsabilidades familiares o sin ellas. No se trata de una prórroga o renovación, sino que son dos subsidios diferentes.
En el caso de que no sea el subsidio especial y sea el SUBSIDIO POR COTIZACIONES INSUFICIENTES, subsidio que se da cuando no ha generado derecho a prestación contributiva. Una vez finalizado el subsidio, podría tener derecho a la Renta Activa de Inserción (11 meses) o tal vez al PREPARA (una subvención de 6 meses). Tampoco se trata de una prórroga o renovación. Se puede tener derecho al primero pero no a los otros.
Oficina virtual 901 11 99 99
www.sepe.es.
Saludos.