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Desempleo y baja

1 Comentarios
 
Desempleo y baja
01/04/2005 15:06
Hola buenas tardes.
Ante todo felicitarles por el buen trabajo que hacen, nunca he participado pero de vez en cuando he consultado su foro y me ha parecido de mucha utilidad.
Les agradecería que me ayudaran en el siguiente asunto:
Mi esposa está a punto de dar a luz, actualmente está cobrando desempleo y nos han dicho en la oficina del inem que cuando tenga al bebé, tiene que coger la baja por maternidad.
Esto que supondría?
Quiero decir:
Cobraría el 60% de desempleo como si de una baja laboral se tratara?
Se pararían momentáneamente los meses de paro es decir, se sumarian los tres meses al total de tiempo que debe cobrar? o se consumiría igualmente?
Es obligatorio coger la baja o no?
Sería lo mismo por una enfermedad que por la baja por maternidad?
Muchas gracias por su tiempo y sus respuestas
03/04/2005 19:45
Hola, cuando la persona trabajadora se encuentra cobrando el paro y pasa a la situación de maternidad, el subsidio correspondiente le será abonado, por delegación de la entidad gestora, por el INEM. Por lo que se deberá presentar el parte de maternidad en la Oficina de Empleo correspondiente, pasando a cobrar el 100% de la base reguladora.

Ahora bien, iniciado el descanso maternal (comenzando así a cobrar el 100% de la base reguladora durante las 16 semanas del descanso maternal) no por ello se ampliará el periodo del paro. Luego tras finalizar el descanso maternal continuará la prestación del paro, hasta que lo agote. Si una vez iniciado el descanso maternal, se le agotase el paro, continuará percibiendo la prestación maternal hasta el agotamiento de las 16 semanas.
Desempleo y baja | PorticoLegal
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Desempleo y baja
01/04/2005 15:06
Hola buenas tardes.
Ante todo felicitarles por el buen trabajo que hacen, nunca he participado pero de vez en cuando he consultado su foro y me ha parecido de mucha utilidad.
Les agradecería que me ayudaran en el siguiente asunto:
Mi esposa está a punto de dar a luz, actualmente está cobrando desempleo y nos han dicho en la oficina del inem que cuando tenga al bebé, tiene que coger la baja por maternidad.
Esto que supondría?
Quiero decir:
Cobraría el 60% de desempleo como si de una baja laboral se tratara?
Se pararían momentáneamente los meses de paro es decir, se sumarian los tres meses al total de tiempo que debe cobrar? o se consumiría igualmente?
Es obligatorio coger la baja o no?
Sería lo mismo por una enfermedad que por la baja por maternidad?
Muchas gracias por su tiempo y sus respuestas
03/04/2005 19:45
Hola, cuando la persona trabajadora se encuentra cobrando el paro y pasa a la situación de maternidad, el subsidio correspondiente le será abonado, por delegación de la entidad gestora, por el INEM. Por lo que se deberá presentar el parte de maternidad en la Oficina de Empleo correspondiente, pasando a cobrar el 100% de la base reguladora.

Ahora bien, iniciado el descanso maternal (comenzando así a cobrar el 100% de la base reguladora durante las 16 semanas del descanso maternal) no por ello se ampliará el periodo del paro. Luego tras finalizar el descanso maternal continuará la prestación del paro, hasta que lo agote. Si una vez iniciado el descanso maternal, se le agotase el paro, continuará percibiendo la prestación maternal hasta el agotamiento de las 16 semanas.