Se ha establecido una deducción estatal por alquiler de vivienda habitual, para la cual será preciso: 1) Contrato de arrendamiento de vivienda. 2) Base imponible (b.i. general y b.i. ahorro) no superior a 24.020 euros anuales.
Habría que ver en que comunidad autónoma se encuentra, pues algunas hay establecido deducción por este concepto, pero con requisitos no siempre coincidentes.