Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

desheredar a un hijo?

5 Comentarios
 
Desheredar a un hijo?
22/11/2005 11:06
A raiz de la boda de mi hermano, su mujer siempre ha estado poniendo cizaña en nuestra familia (su madre no se habla con la mitad de la suya, cosa que se ve que es de familia), por lo que se ha llegado a un extremo que mi hermano discutio con mi padre y llego a amenazarlo. Mi madre quiere desheredar a mi hermano, eso es posible?? el ha renegado de sus padres, por lo que mi madre opina que si para el no existen no deberia de recibir nada.
22/11/2005 11:22
El codigo Civil estable de forma restrictiva las causas de deheredacion . Los tribunales suelen interpretarlas asi mismo de modo todavia mas restrictivo.
La carga de PROBAR la causa de desheredacion es de quien deshereda no del desheredado.
Asi mismo si a traves de donaciones etc pretende conseguirse el mismo efecto que la desheredacion, seran anuladas si el desheredado acude a la justicia.
Tus padres pueden sin problema alguno dejarle la legitima extricta. A ver, si solo sois dos hermanos el solo tiene derecho a la mitad del tercio de legitima, al ser dos hermanos el heredaria la sexta parte nada mas
22/11/2005 12:48
Gracias ferro. Si no he entendido mal, los hijos tenemos derecho a 1/3 de los bienes de los padres, en este caso somos 3 hermanos, por lo que nos dividiriamos ese tercio entre los tres. Y los otros 2/3 como se dividen?
22/11/2005 13:15
En síntesis:

- Un 11% para el hermano "malo"

- Un 55% para los hermanos "buenos"

- Lo que queda, como quieran tus padres.

herencia
perfil dp
23/11/2005 00:06
Siempre que hablemos de régimen de derecho civil común, porque hay CCAA con derechos forales propios con regulaciones diferentes.
Todo dependerá de la vecindad civil.
23/11/2005 11:27
Como una simple idea. Una opcion podria ser vender la nuda propiedad a los otros dos hermanos, reservandose tus padres el usufructo.
He oido que, si esta venta se produce cinco años antes del fallecimiento de tus padres (y se registra en el Registro de la Propiedad), el otro hermano no podra iniciar ninguna accion, al fallecimiento de ellos.
No obstante, estan por medio los aspectos morales. Nunca se sabe si en algun momento tu hermano va a recapacitar sobre su actitud.