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desheredar de facto

8 Comentarios
 
Desheredar de facto
27/09/2013 13:21
Hola. Mi duda es la siguiente. ¿Puede un padre desheredar de facto a un hijo? Me explico. Si un padre tiene dos hijos y p.ej. 2 pisos y 100'000 € en el banco, puede este padre donar en vida TODO a un hijo? Pongamos que lo dona en el año 2010, y cuando el padre fallece en 2013, no tiene ya nada, aparte una pequeña cuenta en el banco que se repartirá al 50% entre los dos hijos. ¿Esto es legal? Gracias por vuestra ayuda
27/09/2013 13:54
Si la donación lesiona la legitima de ese hijo, deviene inoficiosa. Eso si, hay que entablar un procedimiento judicial para ello. Un saludo.
27/09/2013 14:16
Es que mi madre jura y perjura que ella conoce un caso asi, que el padre donó practicamente todos sus bienes en vida a un hijo y al fallecer el padre, practicamente no tenía nada para sus herederos. Y según ella, los otros dos hijos fueron a juicio pero sin éxito. He intentado buscar información, pero es todo muy confuso. Y si p.ej. en vez de donarlo a un hijo, el padre se lo dona a un tercero. Uy que lio, a ver si sé explicarlo: si este padre (por los motivos que sean) tiene mala relación con sus hijos y decide donar todo (o hacer ventas falsas) a un amigo muy querido ¿Cuando fallezca el padre, aunque hayan pasado años, los herederos legítimos pueden reclamar eso?
27/09/2013 14:17
Es que digo yo, una persona en vida podrá hacer con su capital lo que le dé la gana ¿no? Obviamente, una vez fallecido, la herencia que tenga se tendrá que repartir según la ley, pero en vida ¿No puedo hacer yo con mi capital lo que quiera? Vamos, que yo, poco tendría para repatir...pero es una curiosidad que tengo
27/09/2013 15:48
Hola, aparte de lo que digan los abogados, ya te digo yo lo que me pasó a mi.
Mi padre puso todos sus bienes a nombre de una persona y yo me quedé sin un duro. Despues de 10 años de pleitos, me dijeron exactamente eso : que lo hecho en vida era aunto de mi padre nada mas.
28/09/2013 10:44
Sustituto, nunca el caso que te cuentan es igual al tuyo aunque se parezcan. Un solo elemento diferenciador conlleva una serie de pruebas que pueden provocar un fallo distinto. Para que la donación se considere que perjudica las legítimas de los restantes no sólo hay que acreditar la existencia de la donación sino que con ella, el donante quedó perjudicado económicamente y que dejó a los restantes herederos sin nada. Eso es lo correcto, cosa distinta es cómo se haya planteado el caso para que sea viable y por supuesto, los conocimientos del juez que lo juzgue. Un saludo.
28/09/2013 21:28
Que complicado es todo. A ver, la duda no la tengo yo, sino un conocido. Es todo tan complicado, que le he aconsejado ir a un abogado y aclarar todo. Pero ahora ya me ha picado la curiosidad, a ver si esta otra pregunta es más fácil de contestar: si un padre quiere desheredar a sus hijos, puede vender TODO lo que tenga (pisos, terrenos etc.) a una tercera persona? Entiendo que, en el momento de su fallecimiento, el dinero que tenga en la cuenta (si no se lo gastó todo...) será para el hijo, pero solo ese dinero que pueda quedar. Vamos, que después de vender sus inmuebles, puede también ir por ahí regalando su dinero. ¿o no? Gracias
29/09/2013 08:59
Puede vender sus bienes pues será muy difícil reintegrarlos de nuevo y puede donar (regalar) el dinero. Pero si se puede acreditar que la donación la recibió tal o cual persona y que perjudicó la legítima, igualmente, puede ser declarada inoficiosa. Un saludo.
29/09/2013 20:52
Nuria, con eso quieres decir que una persona NO puede disponer libremente de su capital? Digo yo que será muy dificil demostrar que hubo mala intención, porque ahora mismo, cualquier persona puede hacer con su dinero lo que quiera, gastárselo en un casino, viajando etc. Es que me parece muy fuerte que si yo tengo un piso vacio, no tenga derecho a venderlo a quien me de la gana y después, si quiero, tirar el dinero a la basura (un suponer...)