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designacion de presidente y/o secretario

3 Comentarios
 
Designacion de presidente y/o secretario
26/06/2004 10:30
Soy propietario de una vivienda la cual no utilizo salvo en vacaciones o esporádicamente una o dos veeces más al año.
Debido a mi profeción me es imposible desplazarme a dicho lugar, salvo lo dicho anteriuormente.
Dicho inmueble consta de 19 viviendas y tiene trece años de antigüedad, desde esa fecha siempre se ha nombrado el presidente y sercretario entre los vecinos que residen en él, además estoy al corriente de todos los pagos de la comunidad y cuando se han adoptado acuerdos en la junta para arealizar reformas, intalación de puerta de entrada. etc., siempre he aceptado los acuerdos pagando religiosamente.
Ahora ame dicen que tengo que ser el presidente de la comunidad de propietarios, a lo cual no me niego pero sí que manifiesto que me es imposible poder compatibilizar dicho cargo con mi trabajo que es en otra provincia diferente, además me dicen que si no quiero ser presidente tengo que abonar 150 € ¿Es posible y legal esta medida? ¿puedo renunciar al cargo de presidente o puedo pedirle a un vecino que acepte el cargo por mi?
26/06/2004 10:36
El ser presidente es obligatorio, salvo que una vez nombrado reclames judicialmente y alegas todo lo que expones y el juez entienda que no puedes cumplir esa obligación.
Pero lo que no pueden obligarte es a que pagues dinero por no serlo.
Lo que me imagino es que ese dinero será para poner una administrador, pero en cualquier caso serías el presidente.
Saludos.
26/06/2004 10:53
gracias anton por tu respuesta, creo que está claro, pero los 150 € no es para poner un Administador, es una especie de "multa" por no poder ser Presiente o Secretario.
Para exponer al Juez esta circunstancia lo puedo hacer de oficio o solo caso de ser demandado por la comunidad, puedo exponer a la comunidad por escrito las cinrcunstancia que concurren en mi persona para ser exonerado del cargo ?
26/06/2004 13:36
No creo que la excusa de no poder desplazarte te sirva para "librarte" de ser presidente (a menos que el juez estime lo contrario). Lo que no es en absoluto legal es esa "multa" que te quieren poner, no la pagues ni por asomo.
Yo creo que deberas ser presidente.El cargo debes aceptarlo y luego, si no estas conforme debes reclamar judicialmente, lo que significará abogado,procurador...etc y solo tienes que pensar el dinero que eso va a suponer (y si pierdes, que es lo mas probable, seguramente te tocará correr con los gastos de abogado de la comunidad).
Yo que tu me lo pensaria muy mucho.
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26/06/2004 10:30
Soy propietario de una vivienda la cual no utilizo salvo en vacaciones o esporádicamente una o dos veeces más al año.
Debido a mi profeción me es imposible desplazarme a dicho lugar, salvo lo dicho anteriuormente.
Dicho inmueble consta de 19 viviendas y tiene trece años de antigüedad, desde esa fecha siempre se ha nombrado el presidente y sercretario entre los vecinos que residen en él, además estoy al corriente de todos los pagos de la comunidad y cuando se han adoptado acuerdos en la junta para arealizar reformas, intalación de puerta de entrada. etc., siempre he aceptado los acuerdos pagando religiosamente.
Ahora ame dicen que tengo que ser el presidente de la comunidad de propietarios, a lo cual no me niego pero sí que manifiesto que me es imposible poder compatibilizar dicho cargo con mi trabajo que es en otra provincia diferente, además me dicen que si no quiero ser presidente tengo que abonar 150 € ¿Es posible y legal esta medida? ¿puedo renunciar al cargo de presidente o puedo pedirle a un vecino que acepte el cargo por mi?
26/06/2004 10:36
El ser presidente es obligatorio, salvo que una vez nombrado reclames judicialmente y alegas todo lo que expones y el juez entienda que no puedes cumplir esa obligación.
Pero lo que no pueden obligarte es a que pagues dinero por no serlo.
Lo que me imagino es que ese dinero será para poner una administrador, pero en cualquier caso serías el presidente.
Saludos.
26/06/2004 10:53
gracias anton por tu respuesta, creo que está claro, pero los 150 € no es para poner un Administador, es una especie de "multa" por no poder ser Presiente o Secretario.
Para exponer al Juez esta circunstancia lo puedo hacer de oficio o solo caso de ser demandado por la comunidad, puedo exponer a la comunidad por escrito las cinrcunstancia que concurren en mi persona para ser exonerado del cargo ?
26/06/2004 13:36
No creo que la excusa de no poder desplazarte te sirva para "librarte" de ser presidente (a menos que el juez estime lo contrario). Lo que no es en absoluto legal es esa "multa" que te quieren poner, no la pagues ni por asomo.
Yo creo que deberas ser presidente.El cargo debes aceptarlo y luego, si no estas conforme debes reclamar judicialmente, lo que significará abogado,procurador...etc y solo tienes que pensar el dinero que eso va a suponer (y si pierdes, que es lo mas probable, seguramente te tocará correr con los gastos de abogado de la comunidad).
Yo que tu me lo pensaria muy mucho.