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Desistimiento de una de las partes arrendatarias

16 Comentarios
 
Desistimiento de una de las partes arrendatarias
16/06/2007 14:00
Hola Compañeros:
Se firmo un contrato de alquiler por 2 años, en el que la parte arrendataria se componia por dos personas. Una de ellas desiste del contrato comunicandolo al propietario. La otra deberia novarse en el contrato, pero se niega argumentando que aquel que ha desistido debe pagar durante todo el tiempo que dure el alquiler. Si la arrendataria que quiere mantenerse no procede a la novacion contractual, ¿el propietario podría solicitar la resolucion del contrato de alquiler por modificacion sustancial?

Y mi siguiente cuestion, se debe a que en dicho contrato hay un aval de forma solidaria e indefinida, pero dicho aval quiere retirarse del contrato pues las condiciones y circunstancias en que se basó su decision y aval han variada sustancialmente, ya que ante el desistimiento de uno de los componentes de la parte arrendataria, sólo nos queda un inquilino que no quiere novar y que ademas no tiene ingresos.

Como podemos solucionarlo? Muchas Gracias de antemano y saludos
16/06/2007 23:53
me servira de ejemplo ,pues mi caso es similiar,y veremos como acabamos ,aún dicen que alquilemos pisos , pues como la ley no se haga mejor para el arrendador lo veo negro ,hay muchos inquilinos que son unos cara duras estan un tiempo en cada casa sin pagar y si te he visto no me acuerdo ,un saludo
perfil Jan
18/06/2007 16:23
Hola Psyche. Imagino que se trata de un contrato de arrendamiento de Vivienda.

Yo veo las siguientes soluciones respecto de la primera pregunta que formulas:

1) Que el Arrendatario que quiere desistir del contrato busque un nuevo arrendatario y hacer una cesión de contrato.

2) Que la parte arrendadora acceda al desestimiento. Entonces se procederá a la Novación subjetiva del contrato,pasando éste a tener un único arrendatario. Si el arrendatario que se quiere mantener en el contrato NO quiere proceder a la NOVACIÓN lo único que puede hacer es DESISTIR también él del contrato. Si esto ocurriere la parte arrendadora podría uso de lo estipulado en el art 1.124 CC(para ambos arrendatarios)

Respecto a la segunda pregunta formulada. Habría que renegociar el Aval con el banco y adjuntar el nuevo como anexo del contrato de arrendamiento.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
18/06/2007 18:13
Claro. Es lo que he propuesto entre las partes; es decir, una novacion subjetiva a favor del arrendatario que quiere seguir manteniéndose. El problema es que es éste último, se niega a ello y en consecuencia, a pagar el importe total de Renta, argumentando que no tiene ingresos y que ademas para eso esta el fiador.
Por ello, creo que lo mas lógico sería enviarle a ésta, un burofax con certificado de contenido en el que se le concediera un plazo razonable para la novacion y de lo contrario, solicitar la resolucion judicial del contrato de arrendamiento.
Con respecto al aval , mejor dicho fiador, estamos ante un fiador personal, que al ver el cambio de circunstancias ha presentado retirada de su posicion de garante. Ademas, dicho fiador es la madre del arrendatario que desiste, con lo que podria tambien defenderse la condicion de favor del aval.
¿Que solucion propondías tu? Gracias Jan
perfil Jan
19/06/2007 18:11
Hola Psyche.Entiendo que los "problemas" que tengan los Arrendatarios entre sí NO afectan en absoluto a la parte Arrendadora. Es decir,el hecho de que ambos paguen la renta al 50% no vincula para nada a la parte Arrendadora,pues es un pacto que SOLO afecta a quienes lo celebraron.

De ahí que el arrendatario que quiere mantenerse en el contrato SOLO tenga 2 opciones:

1) Aceptar la novación y pagar él la totalidad de la renta.

2) Desistir también del contrato.

En cuanto a la retirada del Fiador personal. Habría que examinar con detenimiento el contrato para determinar el alcance de sus obligaciones como fiador( tiempo de duración, rentas adeudadas y si es fiador de UNO o de AMBOS arrendatarios).

Salvo mejor criterio. Un saludo.
19/06/2007 22:49
Opino lo mismo. Y ante la testarudez de la arrendataria que no quiere novar, nos veremos obligados a solicitar judicialmente la resolucion del contrato de arrendamiento.
El fiador lo es de "forma indefinida y solidaria", pero aún asi no considero que proceda su ejecucion por la parte de renta que la propietaria deje de percibir, ante el desistimiento de uno de sus inquilinos.
25/06/2007 23:24
Hola, me encuentro ante la misma situación. uno de los arrendatarios no quiere seguir el contrato y el otro no quiere hacer ningún documento ni asumir la condición de arrendatario único. Además el modo de pago del arrendamiento es la domiciliación bancaria en una cuenta del que no quiere seguir el contrato. ¿qué puede hacer el arrendatario que quiere desistir? ¿debe comunicar formalmente su intención al otro arrendatario y al arrendador?
Y para solicitar la resolución judicial del contrato que mencionais, ¿cómo se realizaría? y ante que órgano judicial? haría falta abogado?
Muchas gracias por la posible ayuda porque no sé bien cómo puedo salir de esta situación.
27/06/2007 20:41
Alguien ha estado en esa sitaución?
perfil Jan
28/06/2007 18:28
Hola jorgs. La respuesta para su caso es la misma que ofrecí a la Sra Psyche.

El arrendatario que quiere desistir ha de comunicárselo por escrito(burofax con acuse de recibo y certificación de contenido) al arrendador, debiendo además firmar un documento de rescisión de contrato y devolver las llaves.

El que NO quiere desistir tiene 3 opciones:

1) Convencer al que desiste para que busque a un tercero que quiera subrogarse en su posición(cesión de contrato)

2) Quedarse en el piso. Habría que modificar el contrato(novación subjetiva) y cambiar el número de cuenta(el del arrendatario que se queda).

3) Desistir del contrato. En este caso el arrendador tiene la opción que le concede el art 1.124 CC.

Si desisten ambos el contrato quedará extinguido( documento escrito privado de rescisión de contrato). No hará falta acudir a la vía judicial, salvo que el arrendador quiera hacer uso del derecho que le concede el art 1.124 Código Civil.

Si el uno DESISTE y el OTRO NO DESISTE no veo causa para resolver el contrato, salvo que el que se queda incumpla las condiciones del contrato( falta de pago de la renta, subarriendo ilegal,etc..)

Salvo mejor criterio. Un saludo.
28/06/2007 18:33
Jan comentas que "Si el uno DESISTE y el OTRO NO DESISTE no veo causa para resolver el contrato, salvo que el que se queda incumpla las condiciones del contrato( falta de pago de la renta, subarriendo ilegal,etc..) "; pero siempre y cuando el que no desista proceda a la novacion subjetiva, no?


29/06/2007 03:24
Muchas gracias Jan. Procederé a comunicarlo tal y como dices. Pero elproblema es que el que no quiere desisitir no quiere hacer nada, ni proceder a la novación, ni comunicar al arrendador su cuenta, etc. Ante esto, la falta de acuerdo entre arrendatarios, no sé si el arrendador podría ir contra el que quiere desistir.Muchas gracias
01/07/2007 23:28
Deseharía me aconsejasen por favor me queda breves .El martes he quedado con mis 2 inquilinos para que me entreguen las llaves, pues se van con 2 meses sin pagar ,pues dicen que me lo cobre de la fianza, sin avisar y gracias que yo los llamé para ver que pasaba con el alquiler,el contrato esta a nombre de los dos,y me deven 150€ de agua y basura ya que no se dieron de alta aunque en el contrato pone que se tenian que dar de alta ,¿que escrito devo de hacer para que me firmen los 2 ?,suponiendo que el piso este en buenas condiciones , me podian dar alguna idea, de lo que tengo que poner lo que quiero es que se vayan para no tener más problema muchas gracias anticipadas
perfil Jan
02/07/2007 19:05
Hola. Salvo que en el contrato se hubiese estipulado que la renta sería pagadera al 50%( Vg: 600 euros, pagaderos 300 por el Sr X dentro de los 5 días primeros de mes y 300 por el Sr Y dentro de los 5 días primeros de mes), el hecho de que el Arrendatario que quiere quedarse SE NIEGUE a firmar la NOVACIÓN SUBJETIVA NO ES, en mi opinión, CAUSA DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.

Yo haría lo siguiente:

1) Proceder a la rescisión de contrato del Arrendatario X mediante documento privado( devolución de las llaves y de la parte proporcional de la fianza).

2) Requerir mediante burofax con acuse de recibo y certificación de contenido al Arrendatario Y para que proceda a la firma de la novación del contrato .

3) Girar el correspondiente recibo de la renta por la TOTALIDAD de la misma al Y. Si no paga la renta es cuando se podrán seguir los pasos para la rescisión del contrato.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
03/07/2007 08:14
Jan, segun el Art 1137 del código civil las obligaciones no deben presumirse solidarias si no se indica, con lo que ¿consideras necesario indicar en el contrato de arrendamiento que la renta de alquiler es pagadera a mitad?
Por cierto, lo que tú harías es como yo lo he hecho.
perfil Jan
03/07/2007 12:16
Hola Psyche. En realidad no considero necesario lo que mencionas. De hecho, yo no lo he visto en ningún contrato,pero lo he mencionado por si en el supuesto planteado se había hecho así.

Lo que sí suelo establecer cuando hay más de un arrendatario(en contratos de Vivienda) es establecer que lo son en calidad de SOLIDARIOS.

Un saludo.
03/07/2007 13:11
Si se especifica que lo son en calidad de solidarios, asi conseguimos que si uno desiste y deja de pagar el otro automaticamente asuma el cumplimiento total de la obligacion no?
05/07/2007 18:26
Jan, muchas gracias por todos tus comentarios. Procederé a comunicar al arrendador la intención de desistir, y a ver qué dice.
un saludo