Si esta citado, debe comparecer, de no acudir al juicio, el Juez podría celebrarlo o suspenderlo, segun considere. Si se trata de una falta contra el orden público, el art. 634 prevé una pena de multa de 10 a 70 días, la cuota diaria dependerá de la acusación y del Juez. Si es una persona sin medios económicos podría pedirse la mínima 2-3 euros al día.
Citado para un juicio de faltas por desorden público unos policias han denunciado por unos hechos que no son como ellos dicen. Ya impusieron una denuncia que ya se pagó y quisiera preguntaros, si el denunciado está obligado a ir a juicio o si puede ir otro en su lugar y otra pregunta es a cuanto puede ascender la condena en el peor de los casos. Gracias