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Despedida después de maternidad

5 Comentarios
 
Despedida después de maternidad
27/10/2004 17:51
Me acaban de despedir justo al reincorporarme al trabajo después de disfrutar el periodo de maternidad. El motivo es fin de obra, pero la obra no existía. ¿Es despido nulo o improcedente?
27/10/2004 17:59
hola Viky, si la obra no existía, tu contrato está hecho en fraude de ley, con lo cual debes demandar para que es Juez estime el despido improcedente, no obstante, puesto que el despido se ha producido justo después de la maternidad, se puede intentar que el juez lo declare nulo (con lo cual en la demanda por despido se pediría que se declarase nulo o subsidiariamente improcedente), ten en cuenta que el plazo para reclamar son 20 días.
Saludos
27/10/2004 18:02
Hola.

Estoy totalmente de acuerdo con Iciar. Dbes presentar una demanda por despido (primero papeleta de conciliacion) y tal despido si el contrato está en fraude lde ley on toda probabilidad se declare nulo.

Saludos y suerte.
27/10/2004 18:12
Muchas gracias por la rapidez en contestar.
Creo que la empresa ha esperado a mi reincorporación para despedirme y evitar que sea declarado nulo. Pero mi sensación es que soy despedida por haber sido madre y no quieren problemas de lactancia y demás.
Vosotras pensais que la protección que se da a la mujer embaraza se mantendría en mi caso?? Espero que lo declaren nulo xq me siento como la mier....
Muchas gracias otra vez
28/10/2004 11:03
Vicky.

Tienen razón en todo lo que te han dicho. Efectivamente lo primero es solicitar papeleta de conciliación, incidiendo en que se ha realizado un contrato temporal en fraude de ley, y por supuesto solicitando la nulidad del despido.

Discrepo contigo en que pienses que al despedirte tras la reincorporación el despido no será declarado nulo: Es más, la relación causa efecto es tan obvia que al conciliador no le queda más remedio que declarar la nulidad del despido.

Obviamente la empresa puede llevar el tema a juicio, pero con una decisión favorable a tus intereses en conciliación, les pone el juicio bastante cuesta arriba.

Ten en cuenta que pueden decidir readmitirte , en cuyo caso deben abonarte la totalidad de salarios hasta la fecha.

Prepárate por si te readmiten, te reincorporas y te hacen la vida imposible...En ese caso no dudes en ponerte en baja médica por depresión...etc...Y en todo caso que ellos te vuelvan a despedir (improcedentemente por supuesto).

Y por último, por favor, dime si junto al despido, te han informado acerca de la consignación judicial o no de la indemnización por despido.

Te lo digo porque si no han consignado judicialmente la indemnización lo tienen todavía peor.

¡¡¡MUCHO ÁNIMO!!!
28/10/2004 11:20
Hola:

De acuerdo con lo expuesto con Iciar y Ninfa, pero la intervención última puede llevar a confusión. En conciliación no puede exitir ninguna decisión ni favorable ni desfavorable. En dicho acto puede existir acuerdo o desacuerdo, pero nada más. El conciliador no tiene competencia para declarar el despido nulo. Esto corresponde a los jueces. Por otra parte la empresa no puede unilateralmente readmitir al trabajador una vez despedido.

Saludos,