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Desperfectos del techo y encofrado a la vista y no se ha convocado aún junta

2 Comentarios
 
Desperfectos del techo y encofrado a la vista y no se ha convocado aún junta
06/06/2017 09:57
Buenos días,
Les expongo mi caso: hace unos meses empezó a desprenderse cemento del techo de una terraza cerrada de mi inmueble, hasta tal punto que ha dejado los hierros del encofrado a la vista. Como el inmueble tiene 30 años, pensamos que era deterioro común, llamamos a un albañil, al verlo, diagnosticó que era un problema de humedad es a través de la fachada, que ha penetrado el hormigon, oxidado el hierro del encofrado y por ello se está poco a poco desprendiendo... Llamamos entonces a un arquitecto conocido, nos dijo exactamente lo mismo (incluso dijo que con el tiempo, ladrillos de la fachada podrían desprenderse a la calle, con el riesgo que conlleva). Hablamos con la comunidad, que enviaron al perito del seguro a ver si cubre la reparación; el seguro no lo cubre, y el perito nos dijo que eran filtraciones a través de la fachad, y que lo que habría que hacer es impermeabilizar la fachada y luego reparar el desperfecto.
La presidencia se está haciendo la remolona y aún no ha convocado la junta para hacer saber esto a los vecinos, quisiera saber si tienen obligación de repararlo, al ser un daño en la fachada que afecta la habitabilidad de la vivienda, y en caso de que así sea, bajo qué condiciones y si nos convendría tener algún informe oficial.
Gracias de antemano por su soporte
06/06/2017 14:50
Murcianaconduda
Murcianica: mi consejo es que envie un burofax a la presidenta indicando que segun lo expuesto en el art. 10.1 de la LPH Y el art. 396 del C.C. si en el plazo de XX dias no se efectua una junta estraordinaria PARA APROBAR PRESUPUESTO se lo pongo con mayusculas , porque es lo que hay que aprobar, no su reparacion, que es obligatoria (art. 10.1). Emprendera las oportunas acciones judiciales.
07/06/2017 21:25
amadeo2002
Ciertamente, no pensaba emprender acciones legales antes de comunicarlo a la comunidad de vecinos, pues hemos vivido en normal convicencia toda la vida, pero llevamos mas de 2 meses desde que lo comunicamos y no tienen la mas mínima intención de convocar la junta ni le dan importancia...
Gracias por su consejo, y me queda claro que existe en el citado articulo de la ley de P.H. La obligatoriedad de arreglarlo.
Un cordial saludo,
Desperfectos del techo y encofrado a la vista y no se ha convocado aún junta | PorticoLegal
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Desperfectos del techo y encofrado a la vista y no se ha convocado aún junta

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Desperfectos del techo y encofrado a la vista y no se ha convocado aún junta
06/06/2017 09:57
Buenos días,
Les expongo mi caso: hace unos meses empezó a desprenderse cemento del techo de una terraza cerrada de mi inmueble, hasta tal punto que ha dejado los hierros del encofrado a la vista. Como el inmueble tiene 30 años, pensamos que era deterioro común, llamamos a un albañil, al verlo, diagnosticó que era un problema de humedad es a través de la fachada, que ha penetrado el hormigon, oxidado el hierro del encofrado y por ello se está poco a poco desprendiendo... Llamamos entonces a un arquitecto conocido, nos dijo exactamente lo mismo (incluso dijo que con el tiempo, ladrillos de la fachada podrían desprenderse a la calle, con el riesgo que conlleva). Hablamos con la comunidad, que enviaron al perito del seguro a ver si cubre la reparación; el seguro no lo cubre, y el perito nos dijo que eran filtraciones a través de la fachad, y que lo que habría que hacer es impermeabilizar la fachada y luego reparar el desperfecto.
La presidencia se está haciendo la remolona y aún no ha convocado la junta para hacer saber esto a los vecinos, quisiera saber si tienen obligación de repararlo, al ser un daño en la fachada que afecta la habitabilidad de la vivienda, y en caso de que así sea, bajo qué condiciones y si nos convendría tener algún informe oficial.
Gracias de antemano por su soporte
06/06/2017 14:50
Murcianaconduda
Murcianica: mi consejo es que envie un burofax a la presidenta indicando que segun lo expuesto en el art. 10.1 de la LPH Y el art. 396 del C.C. si en el plazo de XX dias no se efectua una junta estraordinaria PARA APROBAR PRESUPUESTO se lo pongo con mayusculas , porque es lo que hay que aprobar, no su reparacion, que es obligatoria (art. 10.1). Emprendera las oportunas acciones judiciales.
07/06/2017 21:25
amadeo2002
Ciertamente, no pensaba emprender acciones legales antes de comunicarlo a la comunidad de vecinos, pues hemos vivido en normal convicencia toda la vida, pero llevamos mas de 2 meses desde que lo comunicamos y no tienen la mas mínima intención de convocar la junta ni le dan importancia...
Gracias por su consejo, y me queda claro que existe en el citado articulo de la ley de P.H. La obligatoriedad de arreglarlo.
Un cordial saludo,