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despido baja

3 Comentarios
 
Despido baja
14/07/2004 13:30
Hola a todos, llevo 6 meses de baja laboral por depresión y ansiedad. Puse el caso en manos de un abogado sindicalista y me dijo que era un caso muy claro para denunciar por acoso psicologico. Tanto el abogado como la psicologa me recomendaron esperar a septiembre más o menos, para que yo estuviera mejor y buscar otro empleo. Hoy me ha llegado una carta de despido, la cuestión es que mi abogado esta de vacaciones y no vuelve hasta el lunes.
¿que hago?
¿voy al paro?
Yo no estoy de acuerdo con la cantidad que me ponen como indemnización.
Esperando una respuesta me despido, UN SALUDO A TODOS.
REBECA
14/07/2004 15:53
Que carta de despido te han enviado? Cuales son las causas que alegan? Te reconocen la improcedencia en la misma carta? Ya que hablas de que en la misma te han puesto una cantidad en concepto de indemnizacion supongo que te reconoceran en la propia carta la improcedencia del despido y te ofreceran una indemnizacion de 45 días por año de servicio. Deberías explicarme un poco que pone en la carta.
14/07/2004 18:51
Alegan motivos de organización de la empresa, proceden a la extinción del contrato. La indemnización de 45 años me la ofrecen. Pero mi abogado había estipulado que había que pedirles por daños y perjuicios. Además de todo lo que me deben de horas extras, que yo calculo más o menos que rondan los 2.000 Euros.
Pero como él esta ahora de vacaciones esto me ha pillado por sorpresa.
14/07/2004 20:34
Hola: no serán 45 años....!qué alegría hija ¡....
tranquilízate, si tu abogado vuelve el lunes no tendrás problema.
El despido supongo -por lo que dices- se trata del establecido en el Estatuto de los Trabajadores (Art. 52 C)causas objetivas, y además -con objeto de evitar los Salarios de Tramitación- ponen a tu disposición los 45 días por año de servicio.
Debes mirar con atención la fecha de comunicación, y, a partir de esa fecha tiene tu abogado 20 días -conforme al art. 59.3 del E.T.- para ejercitar la acción ante el Órgano Público de Mediación. Los días deben ser hábiles.
Siéntate el lunes con él.
Salvo mejor opinión. Suerte
despido baja | PorticoLegal
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Despido baja
14/07/2004 13:30
Hola a todos, llevo 6 meses de baja laboral por depresión y ansiedad. Puse el caso en manos de un abogado sindicalista y me dijo que era un caso muy claro para denunciar por acoso psicologico. Tanto el abogado como la psicologa me recomendaron esperar a septiembre más o menos, para que yo estuviera mejor y buscar otro empleo. Hoy me ha llegado una carta de despido, la cuestión es que mi abogado esta de vacaciones y no vuelve hasta el lunes.
¿que hago?
¿voy al paro?
Yo no estoy de acuerdo con la cantidad que me ponen como indemnización.
Esperando una respuesta me despido, UN SALUDO A TODOS.
REBECA
14/07/2004 15:53
Que carta de despido te han enviado? Cuales son las causas que alegan? Te reconocen la improcedencia en la misma carta? Ya que hablas de que en la misma te han puesto una cantidad en concepto de indemnizacion supongo que te reconoceran en la propia carta la improcedencia del despido y te ofreceran una indemnizacion de 45 días por año de servicio. Deberías explicarme un poco que pone en la carta.
14/07/2004 18:51
Alegan motivos de organización de la empresa, proceden a la extinción del contrato. La indemnización de 45 años me la ofrecen. Pero mi abogado había estipulado que había que pedirles por daños y perjuicios. Además de todo lo que me deben de horas extras, que yo calculo más o menos que rondan los 2.000 Euros.
Pero como él esta ahora de vacaciones esto me ha pillado por sorpresa.
14/07/2004 20:34
Hola: no serán 45 años....!qué alegría hija ¡....
tranquilízate, si tu abogado vuelve el lunes no tendrás problema.
El despido supongo -por lo que dices- se trata del establecido en el Estatuto de los Trabajadores (Art. 52 C)causas objetivas, y además -con objeto de evitar los Salarios de Tramitación- ponen a tu disposición los 45 días por año de servicio.
Debes mirar con atención la fecha de comunicación, y, a partir de esa fecha tiene tu abogado 20 días -conforme al art. 59.3 del E.T.- para ejercitar la acción ante el Órgano Público de Mediación. Los días deben ser hábiles.
Siéntate el lunes con él.
Salvo mejor opinión. Suerte