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Despido causas economicas

1 Comentarios
 
Despido causas economicas
12/01/2015 16:22
Mi consulta es la siguiente:
Soy autonomo, administrador de una S.L. muy pequeña,solo dos trabajadores,mi empresa es una tienda que vende al publico.
Por la situacion economica tan mala que llevo arrastrando varios años,he llegado a un punto que ya no podia mantener mas a mis dos trabajadores(2 sueldos al mes casi 1000 de Seguridad Social al mes otros impuestos,..) y me he visto obligado a despedir uno,se le ha dado la carta de despido (redactada por un profesional) y tambien se le ha comunicado que no se le podia pagar en ese momento la indemnizacion (esto en caso de juicio es comprobable,puesto que tenia y sigo teniendo mi cuenta con saldo negativo,la empresa da perdidas,....)La intencion es pagarle,pero no puedo de una vez porque no dispongo de esa cantidad.La empresa le debe tambien el sueldo del mes de Diciembre.Este trabajador a reclamado al SMAC.Me reclama lo debido mas, ahora dice que hacia las funciones de una categoria superior, a la que tenia en la nomina.En definitiva que se declare improcedente el despido.Todavia no se ha producido el acto de conciliacion.
¿Que posibilidades puedo tener?Realmente no tengo ese dinero
En caso de llegar a juicio,tendria posibilidades de que no declarase el juez el despido improcedente, si puedo probar realmente que no he podido pagar?
12/01/2015 18:16
Cuando se comunica el despido por causas objetivas, con 15 días de preaviso, se ha de poner en ese momento a disposición del trabajador la indemnización. Cuando el despido objetivo lo es por causas económicas, se exime de cumplir este requisito a la entrega de la notificación, hasta que tenga efectos la extinción.

Si llegada la fecha de efecto del despido tampoco paga la indemnización, lógicamente el trabajador denunciará, y hay 2 posibilidades:
-que se mantenga la consideración de despido objetivo, siempre y cuando se le haya pagado lo adeudado y la indemnización;
-que se declare improcedente, con lo que la indemnización ya no será de 20 días/año sino de 33 (mas los salarios de tramitación).
-que se declare nulo (readmisión inmediata y salarios dejados de percibir, como si hubiera estado trabajando ese tiempo)

Teniendo en cuenta además lo que ya se le debe al trabajador, creo que más le convendría sentarse a negociar con él la forma de pagarle y que no le denuncie.

Aunque las causas del despido objetivo sean reales, el trabajador no tiene culpa de ello, y ha consolidado unos derechos que ningún juez le va a negar.