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Despido de empleada del hogar.

4 Comentarios
 
Despido de empleada del hogar.
15/07/2019 12:25
Hola, un amiga lleva trabajando como empleada del hogar en una casa desde el año 1997 con Seguridad Social para un matrimonio con hijos. En el año 2006, falleció la señora (el marido ya había fallecido un par de años antes), e hizo un nuevo contrato con un hijo para trabajar para el en el mismo domicilio 5 días a la semana, 5 h diarias con Seguridad Social. Ahora cree que la van a despedir porque se va a casar.
Si la despiden, ¿a que tendría derecho en cuanto a indemnización?

Gracias
17/07/2019 03:05
Chetu93
Pues la indemnización del anterior contrato entiendo que ya la perdió, porque entiendo que de esto hace ya varios años.
La indemnización del nuevo contrato, en caso de despido improcedente es de 33 dias por año a partir de febrero de 2012 y anterior a esta fecha de 45 días por año.
Ahora bien, es imposible calcularlo desde aquí, pues no da los datos precisos como por ejemplo el sueldo, antigüedad, plus de transporte etc, entre otros conceptos que pueden hacer variar la indemnización
17/07/2019 08:02
Chetu93
Para empezar deberíamos conocer si al no haber liquidación anterior se produjo una subrogación al no mediar días sin CTO por lo que existiría concatenación contractual, así pues si en la nómina aparece la antigüedad del primer CTO, (al no haber habido liquidación), podría aún generar mayor beneficio.
En cuanto a lo que dice luisconrad me temo que has cometido un patinazo, verás los empleados de hogar son un régimen especial en el que la indemnización por desistimiento del empleador hasta el 01/01/12 era de 7 días de salario por año trabajado hasta un máximo de 6 mensualidades y a partir de esa fecha pasan a ser 12 días de salario por año trabajado hasta un máximo de 6 mensualidades, dicho esto vayamos con los cálculos.
smo
17/07/2019 08:16
Chetu93
Hago los cálculos con el nuevo empleador, es decir desde el 2006, (suponiendo que se inició 01/01/2006).
7 días x año trabajado hasta 01/01/2012 suponen (7 x 6= 42 días), a partir del 2012 hasta el 2019 pasan a ser 12 días (hago el cálculo hasta el próximo mes de agosto 2019) 7 x 12 (=)84 () 8 (=) 96.
96 ()42(=) 138 días de indemnización, (límite de la misma eran 180 días).
Precio día:
Salario en bruto SMI 1050 pagas prorrateadas. Jornada 1826 h/año 100% jornada a razón de 40 h/sem, como la trabajadora en cuestión hace 25 h/sem esto supone el 62,5 % de jornada.
Salario 1050/30 (=)35 €/día x 138 días indemnización (=) 4830 € esto sería para un trabajador al 100 % como es al 62,5% 3018,75 €
smo
17/07/2019 08:17
Chetu93
El signo más que debería ir entre paréntesis sigue sin aparecer
Despido de empleada del hogar. | PorticoLegal
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Despido de empleada del hogar.

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Despido de empleada del hogar.
15/07/2019 12:25
Hola, un amiga lleva trabajando como empleada del hogar en una casa desde el año 1997 con Seguridad Social para un matrimonio con hijos. En el año 2006, falleció la señora (el marido ya había fallecido un par de años antes), e hizo un nuevo contrato con un hijo para trabajar para el en el mismo domicilio 5 días a la semana, 5 h diarias con Seguridad Social. Ahora cree que la van a despedir porque se va a casar.
Si la despiden, ¿a que tendría derecho en cuanto a indemnización?

Gracias
17/07/2019 03:05
Chetu93
Pues la indemnización del anterior contrato entiendo que ya la perdió, porque entiendo que de esto hace ya varios años.
La indemnización del nuevo contrato, en caso de despido improcedente es de 33 dias por año a partir de febrero de 2012 y anterior a esta fecha de 45 días por año.
Ahora bien, es imposible calcularlo desde aquí, pues no da los datos precisos como por ejemplo el sueldo, antigüedad, plus de transporte etc, entre otros conceptos que pueden hacer variar la indemnización
17/07/2019 08:02
Chetu93
Para empezar deberíamos conocer si al no haber liquidación anterior se produjo una subrogación al no mediar días sin CTO por lo que existiría concatenación contractual, así pues si en la nómina aparece la antigüedad del primer CTO, (al no haber habido liquidación), podría aún generar mayor beneficio.
En cuanto a lo que dice luisconrad me temo que has cometido un patinazo, verás los empleados de hogar son un régimen especial en el que la indemnización por desistimiento del empleador hasta el 01/01/12 era de 7 días de salario por año trabajado hasta un máximo de 6 mensualidades y a partir de esa fecha pasan a ser 12 días de salario por año trabajado hasta un máximo de 6 mensualidades, dicho esto vayamos con los cálculos.
smo
17/07/2019 08:16
Chetu93
Hago los cálculos con el nuevo empleador, es decir desde el 2006, (suponiendo que se inició 01/01/2006).
7 días x año trabajado hasta 01/01/2012 suponen (7 x 6= 42 días), a partir del 2012 hasta el 2019 pasan a ser 12 días (hago el cálculo hasta el próximo mes de agosto 2019) 7 x 12 (=)84 () 8 (=) 96.
96 ()42(=) 138 días de indemnización, (límite de la misma eran 180 días).
Precio día:
Salario en bruto SMI 1050 pagas prorrateadas. Jornada 1826 h/año 100% jornada a razón de 40 h/sem, como la trabajadora en cuestión hace 25 h/sem esto supone el 62,5 % de jornada.
Salario 1050/30 (=)35 €/día x 138 días indemnización (=) 4830 € esto sería para un trabajador al 100 % como es al 62,5% 3018,75 €
smo
17/07/2019 08:17
Chetu93
El signo más que debería ir entre paréntesis sigue sin aparecer