Nazkar32, por favor, si no sabes no hables... 2 intervenciones y dos errores, y a vueltas con la indemnización de 33 días por año. Esta indemnización es cuando el contrato es de fomento de la contratación indefinida, y el despido es objetivo y se declara o reconoce improcedente.
con la nueva ley tengo entendido que ya no hay despidos nulos (la empresa no esta obligada a readmitir al trabajador despedido incorrectamente) seria despido improcedente, 33 dias por año trabajado con un maximo de 24 mensualidades
Depende... Si el despido se realiza una vez finalizada la maternidad siempre que no hayan transcurrido más de 9 meses desde el nacimiento, o durante la suspensión por riesgo durante la lactancia natural, el despido será NULO. Si bien, si las causas del despido no están relacionadas con tu estado... se te podría despedir. Eso sí, siempre que se declare procedente, y para ello, lo debe determinar un juez.
Me pueden despedir despues de la baja maternal o durante la lactancia??? y si pudiesen, la indemnizacion seria igual que en otro despido improcedente???