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Despido improcedente

6 Comentarios
 
Despido improcedente
13/09/2005 23:10
Hola a todos,
me dirijo a ustedes ante mi ignorancia sobre temas legales y con un juicio perdido con un trabajador hace no mucho tiempo.

La cuesti�n es que tengo una peluquer�a, llevo 3 a�os llevandola y no estoy muy ducho en temas de empresa, entonces, acabo de contratar hace un mes a una chica para trabajar como ayudanta de peluquer�a. Resulta que esta chica es muy problem�tica, incumple constantemente horarios y no hace ni un minuto m�s de trabajo de lo que pone en su contrato. 40h semanales. Falta al trabajo porque se pone enferma su suegra (la chica tiene 18 a�os), se le pone malo el perro, estamos en fiestas y resulta que el lunes se pone mala y va al medico durante todo el d�a.

Hay que comentar, que adem�s, es una fumadora empedernida y necesita salir aproximadamente 10 veces al d�a a la calle a fumar, haya trabajo o no, pese a que se le ha recomendado que no lo haga y menos cuando hay clientela que tiene que atender. Aparte de esto, siempre suele llegar su novio a la puerta de la peluqueria a molestar como una hora antes de salir, o si sale el sabado a las 14h de trabajar, su padre anda tocando el claxon a eso de las 12:30 (no entiendo muy buen esta actitud)

El problema ha venido hoy, cuando ante esta situaci�n, decido hacer una hoja de control de horario, la cual, en un principio se ha negado a firmar y posteriormente ha firmado, pero en un sitio que no deb�a. Se le ha comentado que su actitud no es buena, y los problemas que existen con su trabajo. Ella se ha enfadado y se ha ido sin mas.

A la tarde ha llamado su madre (muy entendida de temas legales) diciendo que est� mala, que le iban a dar la baja y que no sabia cuando volver�a a trabajar. Me imagino que ser� una baja por depresion que dan estos m�dicos incompetentes sin ning�n motivo y puede alargarse unos 15 d�as aprox.

Bueno, la cuesti�n es que su contrato cumple en DICIEMBRE, pero claro, yo no estoy por la labor de crear m�s mal ambiente que el que ya ha creado en la peluquer�a, pues hay otra persona, muy buena por cierto, y puede repercutir. Entonces, he pensado que podr�a despedirla con un despido improcedente, pagandole sus 45 d�as por a�o trabajado y restandole los 15 d�as de vacaciones que ya ha disfrutado, pues no me interesa en absoluto tenerla en mi empresa.

Ahora, mi pregunta es...

�Si yo hago un despido improcedente y le pago lo que le tengo que pagar, hay opci�n a que me lleve a juicio? He tenido una experiencia anterior, con un despido pactado, con todo firmado y me metieron en juicios y no quiero que vuelva a pasar.

�Tiene que llegar a algun acuerdo conmigo aunque el despido sea improcedente y yo le pague lo que le corresponde?

�En caso de que me lleve a juicio, que esperemos que no, cuanto se podr�a alargar, teniendo en cuenta que su contrato vence en DICIEMBRE (contrato temporal 6 meses)?

�Puedo despedirla estando de baja (esas bajas que he comentado antes, que son de risa, que habria que pillar a los m�dicos que las dan)?

Necesitar�a una respuesta lo antes posible, pues me imagino que en esta semana tendre que mover algunas fichas.
14/09/2005 07:45
Despídela sin más consignando en el juzgado la cantidad que le corresponde. No te compliques.
Te convendría que dicho despido te lo formalice algún técnico de cara a realizar bien el cálculo y evitar tener que dar alguna vuelta por el juzgado.
14/09/2005 08:21
Esa es la intención, pero me gustaría saber si estando de baja la puedo despedir y además si yo le pago lo que le corresponde no hay opción a que me denuncie no?

Ah se me olvidaba... Ella se puede negar a firmar el despido aunque sea improcedente?

Lo del despido no me preocupa porque me lo hace la gestoria y no creo que metan la pata, despues de la cagada que tuvo la otra cambié y de momento van bien.

La intención es despedirla con improcedente, pagar lo que le corresponde y olvidarme. Aún así me fastidia porque se que es lo que está buscando para cobrar su paro y tal... pero bueno...
14/09/2005 08:43
Yo me iria a un abogado laboralista o graduado social, para consignar en el juzgado y redactar una simple carta de comunicación al trabajador. Lo de estar de baja es irrelevante, pues en cierto modo esa no es la causa del despido, aunque ese es otro tema, que en principio es irrelevante. Por tanto debes llamar a la secretaría del juzgado, decir que quieres efectuar una consigna o depósito para un despido, efectuar el ingreso a continuación y a la par poner un burofax al trabajador en dónde se debe expresar que está despedido, que la empresa reconoce la improcedencia del mismo, que tiene a su disposición la liquidación de lo adeudado ( finiquito) -para lo que necesitas la firma del recibí de dicha cantidad- y que en breve recibirá comunicación del juzgado en dónde se recogerá y expresará que tiene una cantidad consignada.
Con esto, creo que lo tendrías todo, pero te recomiendo que lo hagas bajo la supervisión de abogado pues tampoco te va a cobrar mucho por la transacción.
14/09/2005 08:54
Bueno, nosotros tenemos nuestra gestoría, pero antes de comentar nada, pues prefiero intentar informarme para ir más o menos con las ideas claras. Esto lo hago ante el miedo de que me hagan las cosas mal como en la ocasión anterior.

Por cierto, si el despido es improcedente es obligatorio exponer las causas del mismo? Yo entiendo que si es improcedente dará un poco igual las causas no? porque nunca serán justificadas....

Muchas gracias a todos los que contestais.
14/09/2005 08:59
Hola de nuevo, respecto a este tema, acaba de llamarme la madre de la chica, ni siquiera me llama ella, para volver a decirme que sigue mala y que ya nos dirán cuando vuelve.

Me gustaría saber, aunque se que se puede hacer, que le puedo descontar del sueldo por esos días de baja. Ya que ella va a malas, pues por lo menos vamos a intentar no hacer el tonto.

Gracias de nuevo
14/09/2005 10:30
Mira.
Este enlace yo le utilizo para ver todos los temas de indemnizaciones, finiquitos..etc. Te sirve para contrastar lo que te calculen:
Haz click en la parte que pone supuestos prácticos:
http://www.weblaboral.net/
Despido improcedente | PorticoLegal
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Despido improcedente
13/09/2005 23:10
Hola a todos,
me dirijo a ustedes ante mi ignorancia sobre temas legales y con un juicio perdido con un trabajador hace no mucho tiempo.

La cuesti�n es que tengo una peluquer�a, llevo 3 a�os llevandola y no estoy muy ducho en temas de empresa, entonces, acabo de contratar hace un mes a una chica para trabajar como ayudanta de peluquer�a. Resulta que esta chica es muy problem�tica, incumple constantemente horarios y no hace ni un minuto m�s de trabajo de lo que pone en su contrato. 40h semanales. Falta al trabajo porque se pone enferma su suegra (la chica tiene 18 a�os), se le pone malo el perro, estamos en fiestas y resulta que el lunes se pone mala y va al medico durante todo el d�a.

Hay que comentar, que adem�s, es una fumadora empedernida y necesita salir aproximadamente 10 veces al d�a a la calle a fumar, haya trabajo o no, pese a que se le ha recomendado que no lo haga y menos cuando hay clientela que tiene que atender. Aparte de esto, siempre suele llegar su novio a la puerta de la peluqueria a molestar como una hora antes de salir, o si sale el sabado a las 14h de trabajar, su padre anda tocando el claxon a eso de las 12:30 (no entiendo muy buen esta actitud)

El problema ha venido hoy, cuando ante esta situaci�n, decido hacer una hoja de control de horario, la cual, en un principio se ha negado a firmar y posteriormente ha firmado, pero en un sitio que no deb�a. Se le ha comentado que su actitud no es buena, y los problemas que existen con su trabajo. Ella se ha enfadado y se ha ido sin mas.

A la tarde ha llamado su madre (muy entendida de temas legales) diciendo que est� mala, que le iban a dar la baja y que no sabia cuando volver�a a trabajar. Me imagino que ser� una baja por depresion que dan estos m�dicos incompetentes sin ning�n motivo y puede alargarse unos 15 d�as aprox.

Bueno, la cuesti�n es que su contrato cumple en DICIEMBRE, pero claro, yo no estoy por la labor de crear m�s mal ambiente que el que ya ha creado en la peluquer�a, pues hay otra persona, muy buena por cierto, y puede repercutir. Entonces, he pensado que podr�a despedirla con un despido improcedente, pagandole sus 45 d�as por a�o trabajado y restandole los 15 d�as de vacaciones que ya ha disfrutado, pues no me interesa en absoluto tenerla en mi empresa.

Ahora, mi pregunta es...

�Si yo hago un despido improcedente y le pago lo que le tengo que pagar, hay opci�n a que me lleve a juicio? He tenido una experiencia anterior, con un despido pactado, con todo firmado y me metieron en juicios y no quiero que vuelva a pasar.

�Tiene que llegar a algun acuerdo conmigo aunque el despido sea improcedente y yo le pague lo que le corresponde?

�En caso de que me lleve a juicio, que esperemos que no, cuanto se podr�a alargar, teniendo en cuenta que su contrato vence en DICIEMBRE (contrato temporal 6 meses)?

�Puedo despedirla estando de baja (esas bajas que he comentado antes, que son de risa, que habria que pillar a los m�dicos que las dan)?

Necesitar�a una respuesta lo antes posible, pues me imagino que en esta semana tendre que mover algunas fichas.
14/09/2005 07:45
Despídela sin más consignando en el juzgado la cantidad que le corresponde. No te compliques.
Te convendría que dicho despido te lo formalice algún técnico de cara a realizar bien el cálculo y evitar tener que dar alguna vuelta por el juzgado.
14/09/2005 08:21
Esa es la intención, pero me gustaría saber si estando de baja la puedo despedir y además si yo le pago lo que le corresponde no hay opción a que me denuncie no?

Ah se me olvidaba... Ella se puede negar a firmar el despido aunque sea improcedente?

Lo del despido no me preocupa porque me lo hace la gestoria y no creo que metan la pata, despues de la cagada que tuvo la otra cambié y de momento van bien.

La intención es despedirla con improcedente, pagar lo que le corresponde y olvidarme. Aún así me fastidia porque se que es lo que está buscando para cobrar su paro y tal... pero bueno...
14/09/2005 08:43
Yo me iria a un abogado laboralista o graduado social, para consignar en el juzgado y redactar una simple carta de comunicación al trabajador. Lo de estar de baja es irrelevante, pues en cierto modo esa no es la causa del despido, aunque ese es otro tema, que en principio es irrelevante. Por tanto debes llamar a la secretaría del juzgado, decir que quieres efectuar una consigna o depósito para un despido, efectuar el ingreso a continuación y a la par poner un burofax al trabajador en dónde se debe expresar que está despedido, que la empresa reconoce la improcedencia del mismo, que tiene a su disposición la liquidación de lo adeudado ( finiquito) -para lo que necesitas la firma del recibí de dicha cantidad- y que en breve recibirá comunicación del juzgado en dónde se recogerá y expresará que tiene una cantidad consignada.
Con esto, creo que lo tendrías todo, pero te recomiendo que lo hagas bajo la supervisión de abogado pues tampoco te va a cobrar mucho por la transacción.
14/09/2005 08:54
Bueno, nosotros tenemos nuestra gestoría, pero antes de comentar nada, pues prefiero intentar informarme para ir más o menos con las ideas claras. Esto lo hago ante el miedo de que me hagan las cosas mal como en la ocasión anterior.

Por cierto, si el despido es improcedente es obligatorio exponer las causas del mismo? Yo entiendo que si es improcedente dará un poco igual las causas no? porque nunca serán justificadas....

Muchas gracias a todos los que contestais.
14/09/2005 08:59
Hola de nuevo, respecto a este tema, acaba de llamarme la madre de la chica, ni siquiera me llama ella, para volver a decirme que sigue mala y que ya nos dirán cuando vuelve.

Me gustaría saber, aunque se que se puede hacer, que le puedo descontar del sueldo por esos días de baja. Ya que ella va a malas, pues por lo menos vamos a intentar no hacer el tonto.

Gracias de nuevo
14/09/2005 10:30
Mira.
Este enlace yo le utilizo para ver todos los temas de indemnizaciones, finiquitos..etc. Te sirve para contrastar lo que te calculen:
Haz click en la parte que pone supuestos prácticos:
http://www.weblaboral.net/