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despido improcedente

9 Comentarios
 
Despido improcedente
27/06/2010 13:10
Tengo dos pregutnas que realizar:
a. Si en el acto de conciliación la empresa ofrece volver al trabajador y este se niega. Perdería el paro?
b. en caso de que llegaran a juicio y el despido quedara nulo, ¿Podría el trabajador negarse a ser readmitido en la empresa, ya que el ambiente en la misma es horrible? ¿Perdería el paro?
Muchas gracias
27/06/2010 20:29
En ambos casos, sí, perdería derecho a percibir la prestación.

Hay que decir que la opción de la readmisión es de la empresa, no del trabajador.

Por cierto, si el despido es nulo, no hay opción, el trabajador debe volver y la empresa está obligada a readmitirlo.
27/06/2010 21:31
En caso que el trabajador fuera representante sindical? Cambiaría la situación? Es decir representante dentro de los tres que tendria su empresa. Muchas gracias.
27/06/2010 22:31
Ese hecho no cambiaría las respuestas que ya te he dado.
28/06/2010 08:46
Tengo que discrepar de la respuesta que da activo en el caso a). Es reiterada jurisprudencia del TS que una vez despedido el trabajador, no está obligado a aceptar la readmisión ofrecida en el acto de conciliación. Pues entiende el TS (erróneamente, desde mi punto de vista) que una vez iniciada la relación jurídico - procesal con la papeleta de conciliación, el trabajador, en virtud del prinicipio de tutela judicial efectiva, tiene que terminar por sentencia. Y lo que es más importante, entiende el TS, que el cumplimiento de los contratos no se puede dejar al arbitrio de una de las partes. Es decir, si la relación laboral está extinguida por la decisión unilateral de la empresa, esta no se puede reponer por otra decisión unilateral de la empresa.
Entiendo que erróneamente, porque, en el caso del despido improcedente, la opción de readmisión es de la empresa, por lo que no alcanzo a comprender que una vez reconocida la improcedencia en el acto de conciliación, no pueda "adelantar" esa opción.
En este sentido, me gustaría, que si algún compañero ha tenido un caso similar, me aclarase qué pasa en los casos en los que es el propio trabajador el que, en la propia papeleta de conciliación, solicita la readmisión, y la empresa se aviene a dicha solicitud, y el trabajador rechaza la readmisión. Entiendo que en este caso no "se deja el cumplimiento del contrato al arbitrio de una de las partes". Es importante porque tengo próximamente un juicio en este sentido.
28/06/2010 09:32
Tienes razón, pacog. Una vez celebrada la conciliación sin acuerdo (el trabajador es libre de aceptar o no la readmisión, estamos hablando de conciliar, no de una decisión arbitral o judicial, de ahí mi error), el trabajador podría proseguir con la demanda en el juzgado.

Pero eso sí, la opción de readmisión, el ET solo parece otorgarla al empresario tras sentencia judicial a tenor de la redacción del art. 56. No creo que sea tan erróneo el criterio del TS.

Por último y más importante para el consultante, algo que también se me había olvidado: art.56.4. Si el despedido fuera un representante legal de los trabajadores o un delegado sindical, la opción de readmisión corresponderá siempre a éste. De no efectuar la opción, se entenderá que lo hace por la readmisión. Cuando la opción, expresa o presunta, sea en favor de la readmisión, ésta será obligada. Por lo que entiendo que en esa situación, sí tendría derecho a la prestación por desempleo si, y solo sí, el despido fuese declarado finalmente improcedente y rechazara la readmisión. No así en el caso de despido nulo.

28/06/2010 10:17
O sea que si al final el juicio es nulo, y el trabajador es representante de los trabajadores, este tiene capacidad de decidir si vuelve o no?
Otra pregunta, puede el trabajador, coger otro trabajo mientras está todo el proceso? Muchas gracias.
28/06/2010 10:28
Bassess, creo que no has leído completo el último párrafo. Solo me refiero al caso de despido improcedente, negando esa posibilidad al despido nulo.

Respondiendo a tu segunda pregunta: Sí, en tanto su relación laboral anterior está extinguida. Ahora bien, en caso de que al trabajador se le tengan que abonar salarios de tramitación, la empresa que le despidió puede descontarle lo percibido en el empleo conseguido con posterioridad.
28/06/2010 12:37
pacog: Yo hace poco tuve un caso así, donde el trabajador pedía la readmisión o en su caso la improcedencia del despido. Consultada la asesoría laboral me dijeron que en este caso el trabajador debe aceptarla si la empresa se aviene a ella.
Te lo digo porque en nuestro caso el trabajador no quería, y tuvo que convencerle el abogado. El pedir la readmisión o en su defecto la declaración de improcedencia parece que es como un formulismo a la hora de redactar la papeleta de conciliación, porque en este caso nosotros le ofrecimos readmitirle antes del juicio y no quiso, y después en el acto de conciliación tampoco quería.
Me enviaron las sentencias en que se basaban, a ver si las encuentro.
SALUDOS.
28/06/2010 13:16
Te estaría eternamente agradecido, Vegas, porque he estado buscando sentencias y no he encontrado. Veo lógico, que si el trabajador soicita la readmisión, y la empresa se aviene, que el trabajador esté obligado a volver. Quizá por eso no encuentro...