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¿Despido improcedente?

3 Comentarios
 
¿despido improcedente?
10/05/2005 16:34
Buenas a todos y muchas gracias por vuestros mensajes, sirven de mucha ayuda, pero ahora quiero preguntar por un caso más concreto.
Tras 17 años trabajando para una empresa, como autónomo, y sólo los cuatro últimos con un contrato privado de colaboración entre las partes, este mes de abril me han puesto literalmente en la calle.
A pesar de la existencia de un contrato renovado anualmente, el último, ¡todavía en vigor!, el pasado 1 de enero hasta el 31 de diciembre próximo, el pasado 1 de abril me dijeron que ya no me encargarían más trabajos...
Y así me he quedado.
Creo sinceramente que merezco algo más, durante los últimos 17 años he trabajado para esta empresa sin ningun tipo de queja por su parte, ni formal ni "extraoficial", y ahora de buenas a primeras me dicen que ya no les hago falta y han contratado a otro para mis trabajos.
¿Creen ustedes que tengo derecho a una indemnización por todos estos años trabajados?. La remuneración se hacía en base al trabajo realizado, siendo de media durante estos 17 años de más/menos 300.000 pesetas. ¿Puedo reclamar una indemnización? ¿Qué cantidad podría ser? ¿el contrato privado, firmado el 1 de enero y en vigor hasta el 31 de diciembre de 2005, obliga a algo a esa empresa? ¿Cómo cubro la cuota de la SS hasta mi jubilación dentro de dos años y medio?
No sé qué hacer, ni a quien acudir...
Muchas gracias por su ayuda
11/05/2005 10:55
Es que al no trabajar por cuenta ajena, te han dejado literalmente en la estacada. Lo único léete bien el contrato de servicio que tienes y que aún no ha expirado, y ello para ver si se pacta algún tipo de indemnización en el caso de que alguna de las partes incumpla. Poco más puedes hacer.
11/05/2005 11:27
No tengo muchos datos sobre tu actividad, pero a modo de precaución, creo que deberíamos ir un poco "mas allá".

¿Era realmente mercantil la relación que te únía a esa empresa?. Es bastante habitual encontrarnos con casos en los que las relaciones laborales se ven encubiertas por lo que algunos llaman "falsos autónomos", esto es, trabajadores que pese a trabajar en régimen de dependencia y ajenidad para una empresa, ven encuadrada su relación en un régimen de seguridad social distinto al general.

Es sabido que los contratos no siempre son lo que las partes dicen, sino que son lo que son, con independencia de la calificación que estas le den. Por lo tanto, quizás deberías analizar si tu relación era realmente por cuenta propia.

Es realmente complicado determinar en determinados casos si existe relación laboral o no, y en su caso, será la via jurisdiccional la encargada de "recalificar" la situación, no obstante, a través de algunas simples preguntas, puedes tener sospechas de que así podría ser:

1. ¿trabajas en las dependencias de la empresa contratante?

2. ¿tienes definido un horario por dicha empresa?

3. ¿Te dan indicaciones o instrucciones sobre como debes llevar a cabo tu trabajo?

4. Tienes tu los riesgos de las operaciones que realizas, es decir, las posibles perdidas económicas o de materiales de tu trabajo corren por tu cuenta?

5. Trabajas en exclusividad para esa empresa? si es que si, ¿podrías trabajar para otras?

6. Si haces trabajos para clientes de esa empresa, ¿corres tu con el riesgo por impago de estos?.

No se me ocurren muchas mas, pero supongo que sabrás por donde va la cosa mas o menos.
11/05/2005 17:33
Hola.

Suscribo el relato de afimco.

Saludos.