En mi empresa han despedido a una trabajadora con reducción de jornada. En realidad la empresa lleva despidiendo a gente hace un año, pero ahora le ha tocado a una con reducción de jornada, al cerrar su centro de trabajo.
En el supuesto que dicho despido se declarase NULO, la reincorporación, debería ser en el único centro que la empresa tiene abierto, es decir en distinta ciudad.
¿Existiría la posibilidad de que optase por la improcedencia, por parte de la trabajadora?