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Despido-Reclamacion Cantidad

6 Comentarios
 
Despido-reclamacion cantidad
23/05/2010 12:01
Se puede acumular demanda de despido con reclamacion de salarios debidos de medio año?.
24/05/2010 11:01
Buenas, pues te comento mi caso, a mi me han despedido por causas objetivas economicas etc y lo que he hecho es reclamar el despido en la acta de conciliación, no me han pagado indemnización. Al no haver aveniencia en el acta de conciliación he interpuesto demanda en el juzgado de lo social reclamando despido y cantidades.
De todas formas pregunta en el departamento de trabajo de tu ciudad o provincia si es posible realizar una demanda incluyendo 2 cosas o es mejor hacer 2 en paralelo. Pero claro quizás sea mejor q interpongas demanda contra el despido ya que en el caso que sea objetivo puedes pedir la improcedencia, y si te la admintieran la indemnización será muy superior. Aconsejo que te cojas un abogado laboral o acudas algun sindicato para informarte mejor sobre los trámites, ya que seguro estaras en buenas manos, ellos tienen mucha experiencia en todo esto y te ayudaran a conseguir el máximo de lo que te pertoque, Un saludo.
24/05/2010 12:21
Hola:
No es posible acumular acciones de despido y de cantidades.
Tendrás que interponer un procedimiento especial de despido (20 días hábiles de plazo de caducidad) y un procedimiento ordinario de reclamación de cantidades (plazo de prescripción de 1 año), pero, como te digo, la Ley de Procedimiento Laboral no permite su acumulación.

Un saludo

naveaj@terra.es
24/05/2010 13:48
El compañero Javier N, esta totalmente en lo cierto; mirate el art.27 Lpl.

Un saludo
24/05/2010 20:07
¿con la nueva ley de la Oficina Judicial tampoco se puede?, no lo veo tan claro, el nuevo art. 27lpl es muy confuso.
24/05/2010 20:28
Hola:
En mi opinión y salvo mejor criterio, el artº. 27.4 de la Ley de Procedimiento Laboral en su redacción que entró en vigor el 4 de mayo de 2010 lo deja claro.

¿Cuál es la confusión que consideras?

Un saludo
25/05/2010 19:59
una vez leido detenidamente, entendido; muchas gracias.
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23/05/2010 12:01
Se puede acumular demanda de despido con reclamacion de salarios debidos de medio año?.
24/05/2010 11:01
Buenas, pues te comento mi caso, a mi me han despedido por causas objetivas economicas etc y lo que he hecho es reclamar el despido en la acta de conciliación, no me han pagado indemnización. Al no haver aveniencia en el acta de conciliación he interpuesto demanda en el juzgado de lo social reclamando despido y cantidades.
De todas formas pregunta en el departamento de trabajo de tu ciudad o provincia si es posible realizar una demanda incluyendo 2 cosas o es mejor hacer 2 en paralelo. Pero claro quizás sea mejor q interpongas demanda contra el despido ya que en el caso que sea objetivo puedes pedir la improcedencia, y si te la admintieran la indemnización será muy superior. Aconsejo que te cojas un abogado laboral o acudas algun sindicato para informarte mejor sobre los trámites, ya que seguro estaras en buenas manos, ellos tienen mucha experiencia en todo esto y te ayudaran a conseguir el máximo de lo que te pertoque, Un saludo.
24/05/2010 12:21
Hola:
No es posible acumular acciones de despido y de cantidades.
Tendrás que interponer un procedimiento especial de despido (20 días hábiles de plazo de caducidad) y un procedimiento ordinario de reclamación de cantidades (plazo de prescripción de 1 año), pero, como te digo, la Ley de Procedimiento Laboral no permite su acumulación.

Un saludo

naveaj@terra.es
24/05/2010 13:48
El compañero Javier N, esta totalmente en lo cierto; mirate el art.27 Lpl.

Un saludo
24/05/2010 20:07
¿con la nueva ley de la Oficina Judicial tampoco se puede?, no lo veo tan claro, el nuevo art. 27lpl es muy confuso.
24/05/2010 20:28
Hola:
En mi opinión y salvo mejor criterio, el artº. 27.4 de la Ley de Procedimiento Laboral en su redacción que entró en vigor el 4 de mayo de 2010 lo deja claro.

¿Cuál es la confusión que consideras?

Un saludo
25/05/2010 19:59
una vez leido detenidamente, entendido; muchas gracias.