Os lanzo un resumen del despido de una persona a ver que os parece y qué consejos podeis darme.
Ayer le dejaron en el puesto de trabajo de los trabajadores de otra empresa a la que fue a dejar un paquete enviado, una carta de despido donde le ponen que le despiden por motivos disciplinarios por indisciplina y desobediencia. Se la entregaron dos empleados de esa empresa a la que fuE a dejar el paquete. Trabaja en una empresa de reparto de paquetería. No firmó dicha carta de despido aún cuando hay gente que saben que si la ha recibido. En dicha carta pone que la fecha de efectos del despido es de 21 de Marzo. Sin embargo ayer, a las 2 horas aproximadamente de recoger dicha carta le llama el empresario y le dice que hoy no valla más a trabajar ya.
Por tanto, realmente creo que debo entender la fecha del despido desde el momento en que el empresario le comunica verbalmente al trabajador el despido ¿no creeis? pienso que puede ser una estrategia de la empresa de intentar alegar en su día que dejó de ir voluntariamente a su trabajo el trabajador pues la fecha de efectos del despido es de 21 de Marzo.
Alguno de sus compañeros de trabajo saben que lo despidió el empresario telefónicamente.
¿Cuando empiezan a contar el plazo de los 20 días para poner la demanda de conciliación?
¿qué estrategia seguiríais?
¿es importante el hecho de que en esa carta me pusieran que la fecha de efectos de mi despido es de 21 de Marzo?
Si me podeis echar una mano os lo agradecería. Un abrazo.
Si la carta de despido pone el 21, ha de presentrse en su puesto de trabajo hasta el dia 21. si el empresariono lo quiere allí, ha de darle otra carta con otra fecha o decirle ante testigos, que su despido es desde ese momento y no desde la fecha que pone la carta.
El plazo de 20 dias empieza a contar desde el dia siguiente al de la fecha en que es efectivo el despido.
Yo no jugaria a los dados, sobretodo con respecto a los plazos de caducidad, ya que en todo caso, los 20 dias contarán desde el dia siguiente a la fecha de efectos que se mencione en la carta de despido, en el presente caso, la empresa solo puede acreditar que le entregó una carta, pero si no la leyó en alto nadie puede acreditar que efectivamente contuviera el despido, por tanto, lo mas sencillo es que se presente en su puesto de trabajo el dia 21, logicamente la empresa le mandara a casa, por lo que entonces, debes mandar un burofax notificando que te han impedido la entrada y que entiendes que es un despido, acto seguido deberas presentar la demanda por despido improcedente.
Un saludo.
Hay apreciaciones que descalifican a quien las emite. Y lo peor del todo, es que encima, solo hacen falta dos intervenciones o que pasen cuatro días para definirse ante los demás.
Las dudas interpretativas pueden solventarse con una interpretación lógica de las situaciones. Si la carta es del 21 y te dicen que ha de ir hasta el 21 quiere decir, que el 21 obviamente, se incluye.
Y eso de que la preposición "hasta" no indica el inclusive, depende, si por ejemplo te dicen "estoy hasta los guevos de tí" ¿tú que crees? ¿Se inclusiven los guevos o te están diciendo que están hasta el pito sin incluir a los guevos?
Así es "querido Iñaki", y así parece que lo ha entendido también quien tiene las tijeras, ante la actitud del preguntante.
Se puede alabar y también preferir una contestación de alguien; lo que nunca se debe hacer, es "criticar" a quien con honestamente contesta llamándole maleducada.
Pues a mi tambén me parece enmuchas ocasiones maleducada,se puede discrepar e incluso detectar una burrada del tamaño del Bernabeu pero aún asi no hay que descalificar como ella lo hace.Ella tambien es un autentico personaje y no por su talante sino por su altivez.Sentiria mucho que me censuraran el mensaje pero eso no haria mas que corroborar lo que muchos pensamos ya , que en este foro hay dos tablas de medir.