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despido

1 Comentarios
 
21/05/2012 16:55
En principio, únicamente tendría que acreditar las pérdidas como persona jurídica. Pero como me temo que vd. habrá hecho trabajos indistintamente para las dos empresas, habrá confusión de plantillas, etc, etc., tendrá que acreditar la situación económica negativa en ambas empresas.
Despido
21/05/2012 15:31
Hola mi jefe como arquitecto el personalmente me tiene contratado desde el año 93.
El a su vez tiene una empresa (un estudio de arquitectura) con su sociedad pero yo no estoy en ella el me paga a nombre suyo no de la empresa. (Eso si trabajo en su estudio)
Me despide por perdidas en la empresa con 20 días.
Pero mi pregunta es esta yo no estoy en la sociedad de su empresa a mi me paga el como individuo.
Me puede despedir con los 20 días o tendría que ser con los 45 días.
Un saludo y gracias
despido | PorticoLegal
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21/05/2012 16:55
En principio, únicamente tendría que acreditar las pérdidas como persona jurídica. Pero como me temo que vd. habrá hecho trabajos indistintamente para las dos empresas, habrá confusión de plantillas, etc, etc., tendrá que acreditar la situación económica negativa en ambas empresas.
Despido
21/05/2012 15:31
Hola mi jefe como arquitecto el personalmente me tiene contratado desde el año 93.
El a su vez tiene una empresa (un estudio de arquitectura) con su sociedad pero yo no estoy en ella el me paga a nombre suyo no de la empresa. (Eso si trabajo en su estudio)
Me despide por perdidas en la empresa con 20 días.
Pero mi pregunta es esta yo no estoy en la sociedad de su empresa a mi me paga el como individuo.
Me puede despedir con los 20 días o tendría que ser con los 45 días.
Un saludo y gracias