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Despidos en mi empresa - Es legal.... ?

3 Comentarios
 
Despidos en mi empresa - es legal.... ?
04/11/2009 15:54
Hola a todos
Trabajo en una empresa que se dedica a la construcción y dado los momentos que se están viviendo en el sector, de un tiempo para acá están despidiendo a trabajadores. Me han comentado que estan pagando 20 dias / año. Quisiera que me asesoraseis si ésto es legar; ¿ no deberian ser 45 dias / año ? Yo tengo un contrato fijo por obra ( que a los 3 años , se supone que la empresa te hace fijo de plantilla ) y a dia de hoy llevaría 2 años y 2 meses. No sé si seré una más a incorporar entre los despidos, pero necesitaría me orientarais cómo actual en tal caso. Gracias y un saludo.
04/11/2009 16:36
Dependerá de la causa por la que se despida, si tu empresa está viviendo un bajón de producción y ventas real, los 20 días estan justificados si es la causa que se aduce.
En cuanto al contrato de fijo de obra ten en cuenta que no tiene porque ser a los tres año, sino hasta que se termine la última obra en que tengas contrato, pudiendo exceder los tres años. Si la causa de tu contrato finaliza, no es un despido, sino una finalización de contrato y en ese caso te tendrían que dar una indemnización del 7% de los emolumentos que hubieras recibido. Si la causa de tu contrato no finaliza, entonces si que es un despido, y dependiendo de la causa pueden ser 20 o 45 días.

SALUDOS.
04/11/2009 16:43
Hola Vegas
En realidad la empresa ha sido vendida hace poco y absorbida al 100% por otro grupo empresarial, aunque tan sólo cambian la razón social y no el NIF. En cuanto a la obra en la que estoy actualmente, termina dentro de 1 mes y entiendo que, si me despiden, no sería un despido como tal , sino una finalización de contrato no? .... tal y como me aclaras anteriormente. Gracias
04/11/2009 16:47
Efectivamente, más que acabar la obra tienen que acabar los trabajos de tu especialidad. Poniendo por caso que fueras encofradora, cuando terminara la estructura se terminaría el contrato.
Poniendo por caso que fueras la administrativa de obra, pues aunque acabar la obra como tal tu contrato duraría mientras estuviera justificado un volumen de trabajo administrativo hasta cerrarla.
En todo caso serían finalizaciones de contrato.
SALUDOS.