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detención ilegal

1 Comentarios
 
Detención ilegal
19/09/2015 12:31
El pasado miércoles 9 de sep me llamó por teléfono la policía judicial para que me presentara al día siguiente a declarar como imputado, por una denuncia sobre mi persona en un presunto delito de estafa y amenazas (la cual en su día demostraré con documentación que es una presunta denuncia falsa), cuando me presenté me informaron de que estaba detenido, y posterior puesta en libertad, me ficharon y llamaron a un abogado de oficio para prestar declaración. Me informaron que la detención se produjo por no haberme localizado en el domicilio para entregarme la citación y por lo que el juez dicto orden de detención. En el domicilio que intentaron localizarme no vivo desde hace un año . Mi pregunta es: ¿tiene el juez derecho a dictar orden detención por no localizarme en el antiguo domicilio cuando yo desde el momento que cambié de éste, hace un año, hice todos los cambios de dirección que se exigen en documentación como son D.N.I.,permiso de conducir, empadronamiento e incluso permiso de circulación del coche y tarjeta de residente para aparcar?. Muchas gracias y espero podáis ayudarme.
23/09/2015 18:43
Dudo que el Juez dictara una orden de detención porque no es necesaria. La Policía Judicial puede detener de oficio sin necesidad de la orden de un juez, y muy rara vez un juzgado dicta orden de detención de alguien por una investigación policial. En el caso de que el juez sí haya ordenado una detención lo normal es que el detenido sea presentado en el juzgado, no que la policía le tome declaración.
Dicho esto, es indiferente que hubiera orden del juez o que la policía le haya detenido de oficio, porque para que la policía detenga a alguien basta que se den dos circunstancias: Que la policía crea que se ha cometido un delito y que la persona a la que detienen ha participado.
Sea como fuere, y contestando a su concreta pregunta: El Juez sí puede dictar orden de detención contra una persona que no haya sido localizada en el domicilio que le constara al juzgado. El posterior cambio de domicilio en DNI, permiso de conducir o carnet de la biblioteca, da igual, porque un juzgado no tiene acceso directo a esas bases de datos.